Introduccion Al Estudio Del Derecho
Enviado por lesliejgc • 1 de Diciembre de 2011 • 10.255 Palabras (42 Páginas) • 623 Visitas
CAPÍTULO 1 ANTECEDENTES HISTÓRICOS
1.1 DERECHO INDIANO
El Derecho indiano es aquel derecho que rigió en las Indias Occidentales durante el período de dominación de la Corona Española
Características del Derecho indiano
El derecho indiano tiene las siguientes características:
• Es un derecho evangelizador: El Papa les había entregado estas tierras a los Reyes Católicos con la condición de que debían evangelizar estos territorios.
• Es un derecho asistemático: La legislación indiana carece de unidad, son normas dispersas sin una sistemática (ajeno a la teorización). Se trató de poner un poco en orden con la famosa "Recopilación de leyes de Indias" del año 1680.
• Es un derecho casuístico: Esto es porque las normas que emanaban desde la península ibérica no incidían de forma automática en el Nuevo Mundo, ya que estas normas eran revisadas por las autoridades americanas, y si a juicio de estas aquellas resultaban injustas, se le solicitaba al Rey que las revisara.
• Es un derecho en que tiende a predominar el derecho público por sobre el derecho privado: Principalmente se refería a normas administrativas tales como la organización de los Virreinatos, Gobernaciones, Reales Audiencias, etc.
• Es un derecho que tendía a la protección del aborigen: Esto en virtud de los abusos cometidos por los conquistadores.
• Es un derecho fundamentado en el Principio de Personalidad del Derecho: Es decir, a cada individuo se le aplica el derecho indiano de acuerdo a sus circunstancias personales, a fin de dar a cada cual lo que le corresponde se distingue entre razas, estatus nobiliario, profesión u oficio, etc.
• Es un derecho que daba gran importancia a la moral: La moral tuvo especial relevancia para solucionar todo tipo de problemas. En este derecho se disponía que predomina el Derecho natural por sobre el Derecho positivo.
Fuentes del Derecho Indiano
1. El derecho municipal: Es el derecho creado en y para las Indias, este estaba compuesto por las ordenanzas de los virreyes, los autos acordados de los cabildos y reales audiencias, la costumbre en materias de derecho privado como de derecho público, la jurisprudencia de los tribunales (sobre todo la del Consejo de Indias) y la doctrina política de los publicistas indianos (ej. Juan de Solórzano Pereira)
2. El derecho indígena: La corona española lo aceptaba cuando no fuera contrario a la religión católica ni contraria a los derechos del rey.
3. El derecho castellano: Se aplicaba en lo relativo a materias de derecho privado.
Antecedentes jurídicos de España en América
El cambio de paradigma del teocentrismo al antropocentrismo (la adoración papal había decrecido notablemente tanto que el Rey de Francia se preguntó irónicamente que desde cuándo un papa podía dividir el mundo en dos potencias puso a los Reyes de España en la necesidad de buscar otros títulos que además de los títulos papales o reemplazando a los títulos papales pudieran esgrimirse frente a cualquiera legislación.
Los argumentos de España eran principalmente estos:
1. Juan Ginés de Sepúlveda siguiendo a Aristóteles planteaba en su obra "Democrates Alter" que ciertos hombres por su naturaleza debían ser gobernados y que los aborígenes americanos se encontraban en esta posición, por lo que los españoles se encontraban en el deber de sacarlos del estado de barbarie, gobernándolos.
2. Los aborígenes americanos cometían delitos de leso Derecho natural (poligamia, incesto, homosexualidad), por ello perdían la facultad de autogobernarse y, en consecuencia, los españoles podían gobernarlos, y por la comisión de estos delitos pedían que se les sometiera a esclavitud. Aquellos estaban obligados a aceptar la fe cristiana; en caso contrario se les podía someter incluso por vías de hecho.
3. Siendo Carlos I de España el Emperador del Sacro Imperio Romano Germánico, debía considerársele como sucesor de los antiguos emperadores romanos, y como el emperador romano lo era de todo el orbe, Carlos I debía ser considerado como tal.
4. Según Martín Fernández de Enciso, la divina providencia había permitido el descubrimiento de América, ergo, Dios quiso que los españoles fueran dueños de la tierra descubierta.
La importancia de la determinación de este estatuto jurídico estriba en la argumentación jurídica utilizada en el proceso de emancipación americana: esto es porque al ser apresado Fernando VII, el titular de la Corona Castellana y de las Indias, desaparece el factor de unión entre la Península y las Indias.
Estatuto jurídico de los españoles
Aquí se hace referencia a tanto los españoles venidos de la metrópoli como aquellos nacidos en América. Este grupo social tiene los siguientes derechos y obligaciones:
• Derecho al buen gobierno: garantizado por la supresión de la ley injusta.
• Derecho a alzarse frente a la autoridad tiránica.
• Derecho de petición: ya sea individual o colectivo (este último se realizaba a través de los procuradores de la ciudad).
• Derecho de preferencia en los cargos públicos, especialmente de los "peninsulares" frente a aquellos que fueren criollos.
• Obligación de fidelidad a la corona: Este deber ya provenía de San Isidoro de Sevilla, con su concepción pactista del poder. En América cuando el pueblo destituía a un Gobernador o a un Virrey, por su mal manejo, siempre lo hacía dando la explicación que lo hacía sin alzarse contra el Rey bajo la expresión: ¡¡Viva el Rey, Muera el mal gobierno!!, aparte porque el alzamiento contra el Rey constituye delito de lesa majestad, sancionado con la confiscación de bienes (por la deslealtad al Rey).
• Obligación de consejo: Implica otorgar a la corona información pertinente para que la Corona tome las determinaciones más adecuadas, obligación que rige tanto para las autoridades como para los súbditos.
• Obligación de auxilio: Esto ya existía en la Edad Media y consiste en:
o Auxilio económico: Implica el pago de impuestos. En América los colonizadores no pagan impuestos directos, quienes pagan este tipo de impuestos son los indígenas vasallos (los caciques, príncipes, etc. están exentos). Eventualmente se establecieron impuestos para los mestizos y los negros libertos. Los españoles pagaban impuestos indirectos como la Alcabala, el Almojarifazgo, el Quinto del Rey entre otros.
o Auxilio militar: obligación de tomar armas ya sea en los regimientos (a largo plazo) o milicias (temporal, cuando las circunstancias lo demandaran)
Situación de las Castas
El sistema legal de la época dividía a las
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