Invalidez Testamentos
Enviado por david197 • 23 de Noviembre de 2011 • 2.240 Palabras (9 Páginas) • 1.101 Visitas
INVALIDEZ DEL TESTAMENTO
Las causas de invalidez de un testamento son:
1. Testamentum injustum: El no hecho conforme a derecho, adolece de requisitos de fondo, de forma o hay
incapacidad en el testador o instituido non jure factum.
2. Testamentum irritum: Siendo inicialmente válido, el testador sufre una diminutio capitis.
3. Testamentum Ruptum: Cuando se otorga un testamento nuevo o cuando sobreviene un heres sui varón.
4. Testamentum inutile: Cuando el testador ha cometido preterición de un heres sui.
5. Testamentum desertum: Los herederos premueren respecto al testador.
6. Testamentum destitutum; Los herederos no quieren o no pueden aceptar la herencia
TAREA DEL 15 DE OCTUBRE.
DEL ARRENDAMIENTO FORMACION Y ELEMENTOS ESCENCIALES, DEL ARRENDAMIENTO DE
SERVICIOS.
OBLLIGACIONES DEL ARRENDATARIO EN EL DERECHO ROMANO OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO EN EL CÓDIGO CIVIL VIGENTE EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA
Debe de pagar el precio convenido (merces) por el tiempo que dure el arrendamiento. A satisfacer la renta en la forma y tiempo convenidos
Debe restituir la cosa arrendada al finalizar el arrendamiento. A responder de los perjuicios que la cosa arrendada sufra por su culpa o negligencia, la de sus familiares, sirvientes o subarrendatarios
Es responsable del deterioro por dolo o culpa suya en la utilización del bien arrendado. A servirse de la cosa solamente para el uso convenido conforme a la naturaleza y destino de
ella.
TAREA DEL 22 DE OCTUBRE.
LA SOCIEDAD, FORMACION Y ELEMENTOS ESCENCIALES, EFECTOS Y DISOLUCION, DEL MANDATO, EFECTO Y OBLIGACIONES.
ELEMENTOS ESCENCIALES DEL MANDATO ELEMENTOS QUE CAUSAN NULIDAD EN EL MANDATO.
Debe existir el consentimiento de ambas partes. Si no hay consentimiento de ambas partes, no se da el acuerdo de voluntades, para poder crear el acuerdo de voluntades.
Debe ser gratuito.- El mandatario presta un servicio al mandante que le deposita su confianza. En caso de que fuera oneroso, estaríamos frente a un arrendamiento de servicios o contrato innominado.
Debe tener por objeto un acto licito. En caso de que el objeto del mandato sea ilícito, ese acuerdo de voluntades es nulo.
TAREA DEL 29 DE OCTUBRE.
LAS OBLIGACIONES “QUASI EX CONTRACTU, EX DELITO, DEL FORTUM, AUASI EX DELICTO”
Quasi ex contractu quería decir que obligaciones nacidas como de un contrato, es decir de un hecho voluntario, que sin reunir los elementos constitutivos del contrato se asemejaba a este en sus efectos, por cuanto hacía surgir una obligación a cargo del agente
• OBLIGACIONES NACIDAS QUASI EX CONTRACTU
Gestión de negocios, supone la administración y cuidado de un patrimonio ajeno sin haber recibido mandato expreso para ello. La obligación que nace de este acuerdo −el cuidado y la gestión− se perfecciona cuando se inicia su desempeño, no pudiendo hacerlo antes al no mediar acuerdo previo.
Una vez que se inicia la gestión a favor del dominus −ya que el objeto de la gestión ha de ser el beneficio del mismo− esta ha de cuncluirse, aun cuando el dominus hubiera muerto. Queda también obligado el gestor a actuar con la diligencia de un buen paterfamilias en sus propios asuntos. Respondiendo por culpa o dolo, responsabilidad que se atenúa en caso de actuar en circunstancias que no permiten dilación o tratarse de los herederos del gestor.
El dominus no tiene obligación de remunerar al administrador por el desempeño de sus funciones, estando sólo obligado a hacer frente a los gastos que la gestión hubiera supuesto al gestor y a cumplir con las obligaciones que para la consecución del fin se hubieran contraído.
Enriquecimiento injusto, es la obligación de restituir lo obtenido sin causa alguna. Las obligaciones nacidas de él se asemejan con las nacidas del mutuo.
En un primer momento este tipo de enriquecimiento no era perseguido, siendo en la época de Justiniano cuando se modifica la esencia de la condictio y se amplía su campo.
Los tipos de condictio son.
Condictio indebiti, se concede para recuperar lo que se pagó pensando que se debía. Posteriormente se amplía a todo tipo de obligaciones que se pensaba por error que se tenían
Condictio ob causam datorum, sirve para pedir lo que se dio el atención a una futura y lícita causa que no se cumplió.
Condictio ob turpen causam, para pedir la restitución de lo que se dio a un tercero para que este
realice una acción inmoral o contra derecho.
Condictio ob injusta causam, para recuperar lo que se dio a otro con objeto de una causa injusta
anterior.
Condictio sine causa, para aquellos casos en los que el que se enriquece injustamente no ha cometido la acción.
Comunidad incidencial, es toda aquella comunidad de bienes que se ha creado sin la intervención de la voluntad de los que la integran, ya sea por negocio ínter vivos o mortis causa. La acción para solventar los problemas de este tipo de comunidades es la actio communi dividundo.
TAREA DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE.
TEMA.- LA ADQUISICION PER UNIVERSITATEM, GENERALIDADES DE LA SUCESION TESTAMENTARIA REGLAS, DE LA FORMA DE LOS TESTAMENTOS, DE LA CAPACIDAD DE TESTAR.
Antecedentes Históricos en Roma
La voz muerte viene del latín, mor, tis, y consiste en la cesación o término de la vida, o como decían los romanos: cuerpo muerte: cadáver. La muerte regulada por el derecho, se puede decir que es aquella que sin vida se considera como si no existiese para el ejercicio o la ordenación de ciertos derechos.
El derecho en Roma, regulaba la muerte de un civis que gozaba de sus tres estados: libertad, ciudadanía y jefe de familia. En cuanto a la muerte de un civis romano, sus relaciones jurídicas, de las que era titular, unas se extinguían (ser padre, esposo, tutor, cónsul, etc.), pero otras subsistían (su patrimonio en la forma expuesta y se transmite a sus sucesores). Surge así la necesidad de traspasar un patrimonio por causa de muerte Mortis causa.
Los ciudadanos romanos que podían tener un heredero, eran el civis que gozara de los tres status y la mujer romana libre y sui iuris. La muerte de un esclavo, de un peregrino o de un filius familias no daban lugar a una sucesión mortis caus.
La palabra sucessio tiene en el tecnicismo actual, y tenía
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