Junta De Notables
Enviado por rvs2306 • 6 de Octubre de 2013 • 2.148 Palabras (9 Páginas) • 342 Visitas
Gobernabilidad Democrática se entiende como la capacidad de una sociedad de definir y establecer políticas y resolver sus conflictos de manera pacífica dentro de un orden jurídico vigente. Esta es una condición necesaria de un Estado de Derecho junto con la independencia de los poderes y un sistema legal que garantice el goce de las libertades y derechos –civiles, sociales, políticos y culturales– de las personas. Para ello se requiere de instituciones basadas en los principios de equidad, libertad, participación en la toma de decisiones, rendición de cuentas y, promoviendo la inclusión de los sectores más vulnerables.
La Gobernabilidad Democrática de nuestro país presenta diferentes problemas tales como:
•Cambio significativo en el modelo de partidos políticos a partir del 2002. De un bipartidismo a un sistema inestable o en transición hacia un tripartidismo (quizá, hasta 5).
•Cambio del sistema constitucional a partir de 1990: impacto de la Sala Constitucional y desarrollo institucional debilitan al Ejecutivo (desmantelamiento de la llamada presidencia “imperial”), pero el legislativo es incapaz de asumir las tareas y responsabilidades que le asigna el nuevo esquema.
• Se agudiza la discrepancia entre el papel constitucional de los poderes y el papel que les asigna la sociedad. Los votantes esperan del Ejecutivo y de los Diputados, lo que legalmente no les corresponde o lo que no tienen la capacidad práctica de dar (por limitaciones constitucionales, internacionales, legales, financieras).
• Cambio en entorno internacional. Globalización impone reglas nuevas en manejo de asuntos de la jurisdicción interna (derechos humanos y laborales, medio ambiente, propiedad intelectual, sistema financiero, jurisdicciones arbitrales, reglas de comercio, restricciones a los monopolios, exigencia de apertura y competencia, etc.).
• Aumentan poderes de veto. Se otorga a los órganos constitucionales o legales, a los medios de comunicación, a los grupos de presión y a los gremios, poderes de veto (fácticos e incluso jurídicos).
• Aumento del poder mediático. Medio de comunicación pone la agenda. Una cosa es la libertad y otra el poder de la prensa.
• La Asamblea Legislativa difícilmente puede tomar decisiones por las mayorías previstas constitucionalmente.
• Se dificulta o entraba la Administración y se incentiva la inactividad pública (por temor a sanciones, a expedientes intimidatorios) y se desincentiva la toma de decisiones (necesarios para una buena Administración).
• Existe un margen limitado de acción administrativa en la acción pública, aunque dentro del actual marco jurídico, se podría avanzar significativamente en algunas políticas públicas.
• Más difíciles serán las acciones que requieran reforma legal. En Costa Rica, buena parte de las políticas públicas no pasan tanto por el Poder Ejecutivo sino por el Legislativo y por ello es esencial modificar su modelo institucional de manera que pueda legítimamente actuar (tomar decisiones por las mayorías constitucionales en un plazo razonable), sin violentar los derechos de las minorías ni los derechos fundamentales. Ello podría hacerse en apariencia por vía de Reforma al Reglamento Legislativo, pero el problema de fondo es más profundo y requiere, a mi modo de ver, pasar a un modelo mucho más parlamentario y menos presidencialista, no solo porque se aumenta la responsabilidad política legislativa (la culpa de la inacción se le imputaría al legislativo y no tanto al Ejecutivo) y del Ejecutivo (frente al parlamento), sino porque tales sistemas permiten tomar decisiones políticas esenciales en plazos razonables, se dificulta el caudillismo populista y se logran gobiernos ser más viables, efectivos y responsables democráticamente.
Debido a todas estas situaciones que se presentan surgen las Juntas notables, con el fin de encontrar una solución ante la problemática nacional que vive la Republica dentro de los poderes del estado costarricense, permitiendo así encontrar una posible solución.
De la propuesta realizada por la junta de notables me llama particularmente la atención tres propuestas:
Relaciones Poder Ejecutivo – Poder Legislativo
El Poder Legislativo es considerado el primer poder de la Republica, razón por la cual diversas fuerzas políticas recurren para formarlo, el Poder Ejecutivo decide cuestiones fundamentales día a día en forma explícita sin estar atado a discusiones que actúan dentro de su jurisdicción, el poder ejecutivo es el poder prepotente dentro de los poderes del estado.
Las relaciones fluidas entre estos dos poderes son esenciales para el funcionamiento del sistema democrático. Para lograrlo, se requiere una mejor distribución de sus potestades y responsabilidades políticas. En todo caso, se requiere mantener un equilibrio cuidadoso en lo que atañe a las atribuciones de cada uno de los poderes.
En materia de procedimientos legislativos, no es posible dar prioridad al trámite de determinados proyectos escogidos por las fracciones, incluidas las minoritarias y que los lleve hasta su aprobación o rechazo en plazos razonables.
El Poder Ejecutivo no cuenta con la posibilidad de que la Asamblea Legislativa conozca con prioridad proyectos de su máximo interés y los lleve hasta su aprobación o rechazo en plazos razonables.
El Poder Ejecutivo está marginado de participar en referendos de carácter legislativo, no político electorales, lo que lo sitúa al margen de decisiones de gran trascendencia nacional, incluso respecto de proyectos de ley que ha propuesto a la Asamblea Legislativa.
Seguridad jurídica y tramitomanía administrativos
La seguridad jurídica es la certeza que debe tener el gobernado de que sus personas familias y posiciones o sus derechos están respetados por la autoridad, y si esta debe producir una afectación en ellos debe ajustarse a los procedimientos que la ley le obliga.
El Estado tiene la obligación de crear un ámbito general de seguridad jurídica brindado confianza a la ciudadanía en cuanto a la observancia y el respeto de la aplicación de normas válidas y vigentes.
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