ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Escuela Publica


Enviado por   •  20 de Abril de 2015  •  4.409 Palabras (18 Páginas)  •  213 Visitas

Página 1 de 18

TEMA 3. LA ESCUELA PÚBLICA Y EL RECONOCIMIENTO LEGAL A LA DOCENCIA COMOI PROFESION,

¿DEBE EXIGIRSE TITULO A LOS PROFESORES DE PRIMARIA?

Justo sierra aporta elementos para debatir con relación a esta pregunta; su posición personal es que dado el insuficiente número de maestros para atender las necesidades de la escuela pública no era conveniente poner “trabas”, en este caso la exigencia del título profesional, al ejercicio de la docencia. Para el la libertad de enseñanza y de ejercicio profesional planteados en la constitución de 1857 tiene un carácter condicional, ya que tiene como límite el derecho de terceros y la moral.

En términos sociales nadie dudaba de lo que resultaba una mayor preparación pedagógica de los profesores.

Por eso insistió en la necesidad de un mayor compromiso del estado para resolver los problemas que presentaban la formación de docentes y su ejercicio profesional.

SEGUNDO CONGRESO NACIONAL DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA.

El propósito del legislador constituye en poner fuera de alcance de los poderes públicos la libertad de enseñanza, y fuera de los principios metafísicos en que se apoyaba en el criterio general del Congreso constituyente cada una de estas libertades; había tres puntos:

En 1°lugar, es necesario protestar contra la tiranía que desde los tiempos coloniales se ejercía en nombre de la religión y que en última dictadura había llegado a un extremo sangriento y doloroso.

En 2°lugar era preciso colocar las ideas nuevas bajo la égida sagrada de la ley para preparar los elementos de la futura reforma en el libro, en la tribuna, en la cátedra.

En 3° lugar era forzoso la tentativa de presión oficial, contra todo dogma político o filosófico que, prohijado por el Estado, quisiera imponerse a la manifestación libre de la idea.

El congreso constituyente enunciaba que: las profesiones son libres o no, según la ley lo permita, sólo una es enteramente libre: la profesión de maestros, porque la enseñanza es libre.

El brillante escritor de la época, Justo Sierra dictaminó lo siguiente: “la enseñanza es libre, pero la instrucción es obligatoria; todas las profesiones son libres para su ejercicio, exceptuando la profesión del maestro de escuela elemental”. Ante esto replanteo que la profesión del maestro no es enteramente libre, ya Justo Sierra hacía mención de la instrucción, la enseñanza no puede ser del todo liberal pues, como docentes respondemos a un plan de estudios que fue creado en su momento por personas especializadas o por los mismos maestros, pero, ¿en torno a qué?; a una institución que así lo pidió o sugirió, porque según esta es lo que se debe de enseñar.

Con esto trato de dar a entender que tal vez la libertad de enseñanza recae en las estrategias que uno utiliza día con día en los contenidos fomentados a los alumnos, con los medios que decidamos utilizar por que creamos que sean los realmente adecuados para favorecer el acto educativo, con los medios que decidamos utilizar por que creamos que sean los realmente adecuados para favorecer el aprendizaje.

Para ellos su reclamo era que el art. 3 y 4 se contradecían, decía más o menos “la enseñanza es libre, pero la instrucción es obligatoria, todos las profesiones son libres para su ejercicio, exceptuando la profesión del maestro de escuela elemental”. Pero el señor Pérez Verdia quiere aclarar los hechos y dice “es necesario distinguir entre enseñar una profesión y ejercerla: el artículo 3º. Se trata de la enseñanza de la profesión y el 4º. Se trata de ejercicio de las profesiones.

El señor Aguilar menciona que es imposible ver al art. 3º sin ligarlo con el art. 4º ya que dicen que el ejercicio de toda profesión tiene por limite el derecho del tercero. De la moral y los de la sociedad, claramente esta condición limita la libertad de enseñar que es el ejercicio de una profesión, la palabra profesión no puede ni debe entenderse de la misma manera que la usada en el art. 3º ya que es necesario distinguir entre enseñar una profesión y ejercerla.

¿Qué papel desempeña el estado?

El estado desempeña el papel de órganos de los intereses comunes, de órgano de la totalidad, y desde el momento que la totalidad está bajo la inspección y vigilancia del estado, desde el momento que los derechos de todos pueden tener un representante en este órgano especial que se llama estado y tiene su vida dentro de un organismo común, pero que es una vida distinta de la vida de los individuos , puesto que los individuos hacen en la sociedad el papel de los elementos que nacen y mueren en el turbión infinito de la vida.

¿Conforme al artículo 3ª de la constitución, el profesorado de instrucción primaria necesita título para su ejercicio?

El congreso cree que es de vital importancia que los profesores de instrucción primaria elemental tengan un título pedagógico, y que espera que tanto el gobierno general como los de los estados fomenten con el mayor empeño la creación de estudios normales para que puedan ponerse al frente de las escuelas publicas

TEMA 3. LA ESCUELA PÚBLICA Y EL RECONOCIMIENTO LEGAL A LA DOCENCIA COMOI PROFESION,

¿DEBE EXIGIRSE TITULO A LOS PROFESORES DE PRIMARIA?

Justo sierra aporta elementos para debatir con relación a esta pregunta; su posición personal es que dado el insuficiente número de maestros para atender las necesidades de la escuela pública no era conveniente poner “trabas”, en este caso la exigencia del título profesional, al ejercicio de la docencia. Para el la libertad de enseñanza y de ejercicio profesional planteados en la constitución de 1857 tiene un carácter condicional, ya que tiene como límite el derecho de terceros y la moral.

En términos sociales nadie dudaba de lo que resultaba una mayor preparación pedagógica de los profesores.

Por eso insistió en la necesidad de un mayor compromiso del estado para resolver los problemas que presentaban la formación de docentes y su ejercicio profesional.

SEGUNDO CONGRESO NACIONAL DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA.

El propósito del legislador constituye en poner fuera de alcance de los poderes públicos la libertad de enseñanza, y fuera de los principios metafísicos en que se apoyaba en el criterio general del Congreso constituyente cada una de estas libertades; había tres puntos:

En 1°lugar, es necesario protestar contra la tiranía que desde los tiempos coloniales

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (27 Kb)
Leer 17 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com