Las Personas
Enviado por aledonias123 • 31 de Octubre de 2013 • 2.247 Palabras (9 Páginas) • 288 Visitas
NOMBRE DEL ALUMNO: Jocelyn Thalía González Bravo
MATERIA: Derecho Romano
TEMA: Las Personas
SUBTEMAS:
Concepto y clasificación.
Personas físicas.
Personas jurídicas.
Comienzo de la existencia, modificaciones.
la capacidad, fin de la existencia.
GRUPO: 1°ER CUATRIMESTRE TURNO: MATUTINO FECHA: 04-06-13
LAS PERSONAS
Concepto
Una persona es un ser capaz de vivir en sociedad y que tiene sensibilidad, además de contar con inteligencia y voluntad, aspectos típicos de la humanidad. Para la psicología, una persona es alguien específico (el concepto abarca los aspectos físicos y psíquicos del sujeto que lo definen en función de su condición de singular y único).
En el ámbito del derecho, una persona es todo ente que, por sus características, está habilitado para tener derechos y asumir obligaciones. Por eso se habla de distintos tipos de personas: personas físicas (como se define a los seres humanos) y personas de existencia ideal o jurídica.
Clasificación:
Personas Físicas
Las personas físicas son los seres humanos. Toda persona física tiene los derechos que la Constitución y las demás normas le otorgan. En contraposición a la persona física existe la persona jurídica.
Las personas físicas pueden realizar contratos, realizar declaraciones, comparecer en juicios, etc. Las personas físicas pueden actuar en nombre propio o en representación de otra persona física o de una persona jurídica. En definitiva, la persona física es el ser capaz de asumir derechos y obligaciones.
Cuando la persona física nace se origina automáticamente la personalidad. Así se establece en el artículo 29 del Código Civil. Este mismo texto legal señala que, a efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviera figura humana y viviere 24 horas enteramente desprendido del seno materno. Por contra, la personalidad de la persona física se extingue con la muerte.
Personas Morales
• Persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil.
Por ejemplo, en el caso de personas físicas existen varios regímenes de acuerdo con la actividad y el monto de los ingresos.
En el caso de personas morales, el régimen fiscal y las obligaciones que les corresponden son diferentes en relacion a si tienen o no fines de lucro.
Comienzo De La Exisrencia
PERSONAS FÍSICAS. COMIENZO DE LA EXISTENCIA.
1-Concepto de Persona. Persona y hombre: planteo de la cuestión.
Para las distintas concepciones del término persona, desde el punto de vista jurídico, existen dos corrientes.
Por un lado se considera que la persona es el hombre y por el hecho de serlo lo es en el mundo del derecho.
Por otro, el hombre es persona para el derecho si reúne ciertos recaudos: capacidad, ciudadanía, nacionalidad, status. En consecuencia persona es un concepto jurídico, y hombre es un concepto de la naturaleza. De allí que para el derecho no todos los hombres son necesariamente persona.
Evolución de las ideas criterios actuales.
a.) El Derecho romano: Persona es quien reúne un triple estatus: libertáis, civitatis y familiae (libre, ciudadano y sujeto sui generis), un pater familiae, no sujeto a la potestad de otro.
Los extranjeros o alieni iuris, eran menos persona y los esclavos no lo eran.
b.) Iusnaturalismo: Fue la Escuela del Derecho Natural (s.XVI-XVII) quien identificó la noción de persona con la de hombre.
c.) La persona como concepto técnico jurídico: Para el derecho romano, el concepto del derecho no desaparece de sus ordenamientos jurídicos. Durante los s. XVIII y XIX se asistió a un proceso de devaluación del concepto de persona, siendo así un instrumento jurídico, y una distinción teórica entre personas y sujetos de derecho.
Para el Positivismo, persona es un centro de imputación de normas, y existe sólo en el ordenamiento jurídico. Para Orgaz el hombre es una realidad natural y la persona es una categoría jurídica; concluyendo así que el hombre es persona en el derecho, sólo cuando es capaz de adquirir derechos y deberes, y que esa aptitud le viene del ordenamiento jurídico.
Fin de la existencia
Fin de la existencia de las personas físicas
Fin de la existencia de las personas físicas
Persona es todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones
Persona de existencia física son todas las personas que tengan rasgos de humanidad
Persona de existencia ideal es definida por exclusión, todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. Su existencia comienza cuando se firma un estatuto.
La existencia de las personas físicas comienza desde la concepción en el seno materno y con la partida de nacimiento.
El fin de la existencia de las personas físicas se produce por la muerte natura, ya sea por vejez, enfermedad, accidente o por la causa de otro, por ej: un homicidio. Pero se rechazan otros tipos de extinción regulados en viejas legislaciones como la muerte civil.
En las antiguas legislaciones, por ejemplo en el código español existía la muerte civil en los casos en que una persona cometiera determinados delitos, o que ingresara a una comunidad religiosa, haciendo votos de pobreza, castidad y obediencia, era considerada como muerta para la vida civil, y se los privaba de todos sus derechos civiles.
Tal como se presenta en el artículo 103 del CC: termina la existencia de las personas por muerte natural de ellas. La muerte civil no tendrá lugar en ningún caso, ni por pena, ni por profesión en comunidades religiosas.
Otro punto importante es la muerte de varias personas en un desastre común.
Si imaginamos que mueren varias personas en un accidente, entre los cuales una hereda a la otra. Mueren un padre y su hijo casado y no se sabe quién murió primero. Es importante porque el que muera segundo va a heredar al otro, y transmitir sus bienes a sus parientes.
Esta cuestión dio lugar a diferentes teorías
- teoría de los premonientes: el mayor muere primero.
- Teoría de los conmemorientes: mueren todos al mismo tiempo y x lo tanto no habrá transmisión de derechos entre ellas.
A la vez surgen diferentes efectos de la muerte sobre los derechos: algunos derechos se extinguen y otros se transfieren.
Derechos extramatrimoniales: (derechos de familia, patria potestad, matrimonio) se extinguen.
Derechos patrimoniales: se transmiten, salvo que sean inherentes a la persona o que su transmisión
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