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MARCO JURIDICO VLANO


Enviado por   •  28 de Octubre de 2012  •  6.769 Palabras (28 Páginas)  •  424 Visitas

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República Bolivariana De Venezuela

Ministerio Del Poder Popular Para La Educación Superior

Universidad Bolivariana De Venezuela- Misión Sucre

Aldea Universitaria: “GALANDA ROJAS DE CONTRERAS”

INTRODUCCIÓN

El tema de los Derecho Humanos hoy más que nunca adquiere una crucial relevancia, porque en el convergen las inquietudes humanas más crudas tal como el destino de la humanidad misma en contraste con la guerra y la construcción de un orden comunitario internacional basado en los principios de la paz y la solidaridad entre los pueblos. En la Republica Bolivariana de Venezuela, la promulgación de la Constitución del 1999, incorpora un cúmulo de principios rectores del ejercicio de los Derechos Humanos, que se establecen como derechos fundamentales en la constitución de la nueva sociedad y la patria nueva.

La constitución de la república bolivariana de Venezuela fue creada para beneficio del soberano, esto se logra haciendo valer sus derechos como ser humano, derecho a la educación, para también cumplirlas normativas que en ella se reflejan. El soberano en ejercicio de su poder como pueblo libre fue participe para dar pie ala constitución nacional por medio del voto con el fin supremo de redundar la república para establecer una sociedad democrática, protagónica y participativa. Fue aprobada en diciembre 30 de 1999. Veamos los preámbulos de las dos constituciones y veamos las diferencias. Preámbulos Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 1999 El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad.

1.- MARCO JURIDICO VENEZOLANO DE LOS DERECHOS HUMANOS

Para hablar de marco jurídico tomamos como punto de partida los cambios constitucionales de Venezuela y su revolución Bolivariana. Derechos legales, límites de derechos. Creemos que la frase Marco Jurídico, engloba dos cosas importantes como son derechos y deberes. Estamos acostumbrados a reclamar derechos y a no cumplir a cabalidad nuestros deberes como ciudadanos venezolanos que vivimos en la mejor democracia del mundo. Ordenamiento Jurídico, sería la frase más cercana para aproximarnos al concepto Marco jurídico, tomando como ejemplo la constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Pero lo podemos definir formalmente como; el conjunto de disposiciones, leyes, reglamentos y acuerdos a los que debe apegarse una dependencia o entidad en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas.

Nuestro sistema de Justicia está regulado por códigos y leyes escritas, predominantemente influenciadas por la tradición del derecho de la Europa continental. Las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) están reguladas a nivel de ley general en el Código Civil y en varios Acuerdos Gubernativos y Ministeriales que reglamentan lo relativo a su forma de constitución e inscripción. En algunos casos, sobre todo en las comunidades indígenas, el derecho consuetudinario y la ley común rigen a dichas comunidades. Cuando las autoridades se oponen a respetar lo legislado en las leyes ordinarias vigentes, generalmente por ignorancia de quien las aplica, puede ser citada la jurisprudencia, para lograr dictámenes de acuerdo con la ley. Las leyes en general y las que se refieren a la SC (Sociedad Civil) son teóricamente accesibles a todo el mundo y fáciles de entender. Sin embargo, para las personas con bajos o nulos ingresos económicos o limitada educación. En general, a la hora de constituir una persona jurídica, el Estado está en la obligación de asistirle jurídicamente y sin ningún costo dando cumplimiento así a lo establecido en el Art. 26 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La Constitución de la República confiere a las OC, prácticamente todos los derechos de que gozan las personas individuales, entre ellos: petición, libre acceso a tribunales y dependencias del Estado, libre acceso a la información y a los archivos y registros estatales, derecho de reunión, asociación y manifestación, libertad de expresión en un Marco Legal.

1.1- DERECHO SUPRANACIONALES

El que está por encima del ámbito de los gobiernos e instituciones nacionales y que actúa con independencia de ellos.

1.2- DERECHO NACIONAL.

El derecho interno o nacional no es más que aquel conjunto de reglamentaciones de derecho positivo que se encuentran vigentes en un determinado estado. Derecho positivo que tiene fuentes y sanciones que le son propias a ese estado y que constituyen normas que regirán las relaciones de los particulares dentro de ese estado sin que intervenga ningún elemento extraño o exterior a ese estado.

1.3- EVOLUCION CONSTITUCIONAL

Venezuela desde su independencia en 1811 ha tenido formalmente 25 constituciones, si incluimos nuestra Acta de Independencia de 5 de Julio de 1811 y la Constitución de la Gran Colombia de 1821; el Acta de Independencia normalmente no se la clasificaría como una Constitución, sin embargo en puridad de teoría

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