MEDIOS IMPUGNATORIOS
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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE
CHIMBOTE
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS
POLITICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
Nombre del curso: DERECHO PROCESAL CIVIL I: Proceso de Conocimiento.
Título de la investigación: Medios impugnatorios.
Docente tutor: Dr. Diógenes Jiménez Domínguez.
Estudiante:
1. Saavedra matos Berenisse nicol.
2. Klissman Valverde Martínez
3. Carlos Pretel Lopez
4. Torres Rivera José
CHIMBOTE-PERU
2014
MEDIOS IMPUGNATORIOS
El artículo 355° del Código Procesal Civil define los medios impugnatorios como aquellos que sirven para que las partes o los terceros legitimados soliciten que se anule o revoque, total o parcialmente, un acto procesal presuntamente afectado por vicio o error
Artículo 356° del Código Procesal Civil, los medios impugnatorios se clasifican en remedios y recursos Los medios impugnatorios surgen con la finalidad de evitar que el vicio o error por parte del órgano jurisdicente pueda ocasionar una resolución no ajustada a derecho.
Art. 357 Requisitos de admisibilidad de los medios impugnatorios. Art.358.Incumplimiento de los Requisitos, Art.359 incumplimiento de los requisitos, ART.360. Prohibición de doble recurso, ART.361. Renuncia a recurrir. El gravamen como aspecto objetivo que fundamenta a los medios impugnatorios El Código Procesal Civil actual hace alusión de modo explícito tan solo dos (2) veces a la Reposición,:
El 362 que refiere que el recurso de reposición procede contra los decretos a fin de que el Juez los revoque;
El 363 hace referencia al plazo para interponerlo el cual es de tres días prescindiendo de la vía en que se gestione; existe además una referencia aludiendo la formalidad de las resoluciones, sobre la que más adelante desarrollaremos, en el 122 inciso 7).
Artículo 368. Efectos. El recurso de apelación se concede:
1. Con efecto suspensivo por lo que la eficacia de la resolución recurrida queda suspendida hasta la notificación de la que ordena se cumpla lo dispuesto por el superior.
Artículo 369. Apelación diferida. Además de los casos en que este Código lo disponga, de oficio o a pedido de parte, el Juez puede ordenar que se reserve el trámite de una apelación sin efecto suspensivo, a fin que sea resuelta por el superior conjuntamente con la sentencia u otra resolución que el Juez señale. La decisión motivada del Juez es inimpugnable.
La falta de apelación de la sentencia o de la resolución señalada por el Juez determina la ineficacia de la apelación diferida.
Artículo 380.- Nulidad o revocación de una resolución apelada sin efecto suspensivo.- La nulidad o revocación de una resolución apelada sin efecto suspensivo, determina la ineficacia de todo lo actuado sobre la base de su vigencia, debiendo el Juez de la demanda precisar las actuaciones que quedan sin efecto, atendiendo a lo resuelto por el superior.
Artículo 197. Valoración de la prueba. Todos los medios probatorios son valorados por el Juez en forma conjunta, utilizando su apreciación razonada. Sin embargo en la resolución sólo serán expresadas las valoraciones esenciales y determinantes que sustentan su decisión.
Artículo 374. Medios probatorios en la apelación de sentencias. Sólo en los procesos de conocimiento y abreviados las partes o terceros legitimados pueden ofrecer medios probatorios en el escrito de formulación de la apelación o en el de absolución de agravios, y únicamente en los siguientes casos:
Es útil y conveniente reiterar la definición de los decretos dada en el artículo 121 C.P.C en los siguientes términos: "Mediante los decretos se impulsa el desarrollo del proceso, disponiendo actos procesales de simple trámite" La reposición y su inimpugnabilidad es regulada (y permitida) de modo implícito en instancia constitucional, conforme lo dispone el inciso 5 del artículo 139 de la Constitución Política del Perú, que refiere: "Son principios y derechos de la función jurisdiccional: (.) 5. La motivación escrita de las resoluciones judiciales en todas las instancias, excepto los decreto de mero[9]tramite, con mención expresa de la ley aplicable y de los fundamentos de hecho en que sustenta".,
Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta (Art. 178 C.P.C)
“Hasta dentro de seis meses de ejecutada o de haber adquirido la calidad de cosa juzgada, si no fuera ejecutable puede demandarse la nulidad de una sentencia o la del acuerdo de las partes homologado por el Juez que pone fin al proceso, alegando que el proceso que se origina ha sido seguido con fraude, o colusión, afectando el derecho a un debido proceso, cometido por una, o ambas partes, o por el Juez por éste y aquellas los recursos de apelación son utilizados por alguien que alega haber sido lesionado por una sentencia, por ante la jurisdicción inmediatamente superior, que procura reformar, revocar o anular la decisión impugnada. Existen condiciones las cuales debemos cumplir antes de interponer un recurso de apelación, y estas son de fondo y forma, luego de cumplir estas condiciones se produce un efecto ya sea suspensivo o devolutivo. Cuando un juez o corte de segundo grado apoderado de la apelación de sentencias rendidas en primer grado, que se le permite estatuir sobre la apelación y el fondo del proceso, por medio de una sola y misma sentencia a esto le llamamos “Avocación”.
Modelo de recurso de apelación contra una sentencia
EXPEDIENTE : 04532-2011
ESPECIALISTA : TITO GERARDO
ESCRITO : 01-2013
SUMILLA : Recurso de Apelación.
SEÑOR JUEZ DEL QUINTO JUZGADO ESPECIALIZADO DE TRABAJO
JOSÉ MARÍA PACORI CARI abogado patrocinador de (...) en el proceso contencioso administrativo que sigue en contra del Gobierno Regional de Arequipa; a Ud., respetuosamente, digo:
A.- Petitorio.
Interpongo recurso de apelación en contra de la SENTENCIA 192-2013 que declara infundada mi demanda para que el Superior en Grado reforme la sentencia declarando fundada la demanda o, en su caso, la declare nula.
B.- Fundamentación del recurso.
I.- Indicación del error y sustento de la pretensión
Se incurre en error en la sentencia impugnada por cuanto no se ha tenido en cuenta lo siguiente:
1. A fojas 4 obra el OFICIO 213-2009-GRA/GRTC-OA-UP de 03-07-2009 por el que se indica el inicio de prácticas del demandante en la UNIDAD DE TESORERÍA,
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