Ministerio Del Trabajo
Enviado por santina2402 • 1 de Junio de 2014 • 1.368 Palabras (6 Páginas) • 194 Visitas
Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social
HISTORIA: Al revisar la historia del Ministerio del Trabajo, encontramos que con fecha 29 de febrero de 1936 fue creada la Oficina Nacional del Trabajo por Decreto Ejecutivo del general Eleazar López Contreras, para la época era Presidente de la República. Esta Oficina Nacional del Trabajo (O.N.T), se hizo depender de la Dirección de Justicia, Beneficencia y Cultos del Ministerio de Relaciones Interiores; siendo para esa fecha ministro de Relaciones Interiores el Dr. Diógenes Escalante.
Para el 12 de marzo de 1937 por decreto Ejecutivo, tanto la O.N.T como las Inspectorías de Trabajo creadas de acuerdo a decreto de 29 de febrero de 1936, se adscribieron al Ministerio de Comunicaciones y pasa entonces éste a denominarse Ministerio del Trabajo y Comunicaciones. Su titular fue Luis G. Pietrí.
El 21 de octubre de 1945, por decreto No 04 de la junta Revolucionaria de Gobierno, presidida por Rómulo Betancourt, dispuso la separación de los servicios públicos atribuidos al Ministerio del Trabajo y Comunicaciones en dos Despachos Ejecutivos: Ministerio de Comunicaciones y Ministerio del Trabajo.
El Dr. Raúl Leoní, miembro de la Junta Revolucionaria de Gobierno, fue designado encargado del Ministerio del Trabajo y el capitán Mario Vargas, también miembro de la Junta; fue encargado del Ministerio de Comunicaciones. A partir de ese momento, ambos despachos ejercen sus funciones por separado.
ACTUALMENTE: Ha sido el gobierno bolivariano del Comandante Supremo Hugo Chávez Frías, que ahora continúa el Presidente Nicolás Maduro, el único gobierno que ha impuesto y defendido la estabilidad laboral de todos los trabajadores y trabajadoras tanto del sector público como del sector privado. Esta garantía quedo plasmada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en la Ley del Estatuto de la Función Pública, y en los decretos de inamovilidad laboral que en forma continua han protegido y protegen a los trabajadores y trabajadoras desde el año 2002.
Los trabajadores y trabajadoras del sector público o privado tienen garantizada su estabilidad laboral por las leyes, decretos e instituciones para su defensa. Nadie puede ser despedido sin una causa que lo justifique, sin un procedimiento previo que la demuestre y, en todos los casos, con pleno derecho a la defensa. El ejercicio de los derechos políticos conforme a la Constitución y dentro del marco de las leyes, no es una causal de despido. En el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, no existe ninguna denuncia por persecuciones o despidos motivados en la discriminación política.
Alertamos a los trabajadores, trabajadoras y sus organizaciones sociales, que esta campaña mediática pareciera formar parte una estrategia política destinada a crear zozobra, intranquilidad y generar confusión entre los trabajadores y trabajadoras de la Administración Pública, y pudiera estar destinada a distraer la atención sobre los gravísimos hechos de violencia fascista que se presentaron luego del llamado al desconocimiento de los resultados electorales obtenidos el 14 de abril. Hechos de violencia que tuvieron como resultado personas asesinadas, daños a instalaciones públicas vinculadas a la salud, la alimentación y la educación del pueblo, acoso a funcionarios, funcionarias públicas y sus familias, así como a nuevos urbanismos de la Gran Misión Vivienda Venezuela.
En campañas electorales ocurridas durante los últimos catorce años, ha resultado frecuente que representantes opositores denuncien presuntas “persecuciones y despidos”, y anuncien demandas y acusaciones que, finalmente, no se materializan por falta de fundamento. Frente a quienes hacen llamados al odio, la violencia, la intolerancia y la ruptura de la convivencia democrática, nos corresponde, desde las instituciones públicas, promover la cultura de la paz, el respeto a los derechos humanos y la plena vigencia del Estado democrático y social, de Derecho y de Justicia.
Misión: Tiene como función principal promocionar el diálogo social con la finalidad de promover en el marco de una economía productiva y solidaria, el empleo, el trabajo digno y la protección a los derechos humanos y sindicales de las trabajadoras y los trabajadores; el desarrollo de un sistema de seguridad social público y solidario; y la prestación de un servicio de calidad y eficiencia que permita la regulación de las relaciones laborales y sea accesible a todos los trabajadores y las trabajadoras.
Visión:
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