Sucesiones
Enviado por aurof • 4 de Noviembre de 2013 • 4.034 Palabras (17 Páginas) • 340 Visitas
I N T R O D U C C I Ó N .
EN NUESTRA EXPERIENCIA DEL PRESENTE OBTUVIMOS LA GRATA SATISFACCIÓN DE CONOCERNOS COMO CIUDADANOS, YA QUE COMPROBAMOS LA GRAN IMPORTANCIA QUE TIENE PREVENIR LAS NECESIDADES PROPIAS Y LA DE NUESTROS SUCESORES A TRAVÉS DE HACER UN APARTADO ECONÓMICO, LLÁMESE MUEBLE Ó INMUEBLE, QUE TENGA UN VALOR QUE GENERE CONSTANTEMENTE UN PORCENTAJE QUE PREVENGA LAS NECESIDADES INDIVIDUALES Y GENERALES DE LA FAMILIA (FUTURO).
EN EL PRESENTE TAMBIÉN DAMOS A CONOCER LOS ARTÍCULOS TIPIFICADOS EN EL CÓDIGO CIVIL QUE DAN LUGAR A LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ENCIERRA EL TEMA “LA HERENCIA”. LOS CUALES LOS INVITAMOS A LEER PARA ESTAR ENTERADOS DE LOS QUE DEBEMOS DE SABER EN UN MOMENTO DADO DE NUESTRA EXISTENCIA.
LAS ENCUESTAS REALIZADAS NOS CAUSARON UNA GRAN DECEPCIÓN, YA QUE SE PUDO COMPROBAR QUE EL 89% DE LOS INDIVIDUOS NO TIENE CONOCIMIENTO EN CUANTO A LO QUE ES UNA HERENCIA, NO SABEN COMO SE DEBE DISTRIBUIR, QUE ARTÍCULOS LOS AMPARA, COMO DEBE DEFENDER SU HERENCIA; CUALESQUIERA QUE SEA, POSITIVA Ó NEGATIVA.
COMO ESTUDIANTES DE DERECHO, NOS COMPROMETEMOS A RESGUARDAR AL INDIVIDUO EN SUS DERECHOS EN GENERAL (CON LA RAZÓN DE SERVIR Y HACER VALER SUS OBLIGACIONES Y DERECHOS).
C A P I T U L O I
1.1.- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.-
LA HERENCIA, COMO PARTE FUNDAMENTAL DE LAS NECESIDADES DE LOS EMANCIPADOS EN EL FUTURO.
Basándose en LA INVESTIGACIÓN QUE REALIZAMOS, LLEGAMOS A LA FORMULACIÓN DE ESTE HECHO:
COMO HECHO, EL HOMBRE POR NECESIDAD, TIENE LA OBLIGACIÓN DE COOPERAR A TRAVÉS DE SU TRABAJO, PARA SATISFACER SUS NECESIDADES. POR TAL SITUACIÓN LA LEY LO AMPARA PERO AL MISMO TIEMPO LO DESAMPARA SI DICHO SUJETO NO CUENTA CON LOS RECURSOS FUNDAMENTALES COMO SON: LA EDAD, LA PREPARACIÓN, LA CAPACIDAD, LA RESPONSABILIDAD, ETC.
ESTOS Y OTROS ELEMENTOS MÁS QUE EL SER DEBEN DE CUMPLIR ESTÁN SIENDO PISOTEADOS POR LA GRAN URBE SOCIAL QUE EN LA ACTUALIDAD ES TAN CORRUPTA QUE NO NOS PERMITE ACRECENTAR NUESTROS BIENES EN GENERAL. LOS CUALES VENDRÁN A SER LA HERENCIA DE LOS EMANCIPADOS, ES POR ELLO; QUE EXIGIMOS RESPETO A LA INTEGRIDAD PERSONAL, HACIENDO HINCAPIÉ Y DANDO SEGUIMIENTO A LO TIPIFICADO EN LOS CÓDIGOS CIVILES, CONSIDERAMOS QUE YA ES TIEMPO QUE CADA PERSONA PIENSE EN LAS NECESIDADES DE SUS SUCESORES, DEJANDO A FUTURO UNA COMODIDAD QUE TENGA QUE CUMPLIR Y SATISFACER LAS NECESIDADES DEL HEREDADO LLAMADOS MENORES DE EDAD. ESTO ES LEGADA POR EL TESTADOR A LOS ARTÍCULOS 1215, 1217, 1219 Y 1220.
1.2.- HIPÓTESIS.-
(SUPOSICIÓN)
PREVER LA SEGURIDAD ECONÓMICA FUTURA DE LOS SERES QUERIDOS QUE DARÁ COMO RESULTADO VIVIR CON TRANQUILIDAD LOS TIEMPOS FUTUROS.
LA HERENCIA MUCHAS VECES NOS CONLLEVA A LA TRANQUILIDAD INDIVIDUAL Y FAMILIAR.
FIJAR BIEN LAS METAS DARÁN COMO RESULTADO, UNA ECONOMÍA SOLVENTE Y DISTRIBUIR ESOS RECURSOS DE MANERA CONCIENZUDA, PERMITIRÁN QUE SE ACRECIENTEN LOS BIENES Y SE TENDRÁN ASEGURADOS LOS TIEMPOS DIFÍCILES DE LOS HEREDADOS EN UN FUTURO EN QUE EL TITULAR NO ESTE PRESENTE.
1.3.-OBJETIVO (GENERAL Y PARTICULAR).
LA HERENCIA FUNDADA EN EL HECHO DE DAR
(POSITIVAMENTE NO NEGATIVAMENTE)
ESTA TESINA DE INVESTIGACIÓN, SE EFECTUARÁ DE MANERA DOCUMENTAL CON LA APORTACIÓN BIBLIOGRÁFICA, ENCUESTAS, REVISTAS, CÓDIGO CIVIL, PERIÓDICOS Y DEMÁS DOCUMENTOS RELEVANTES AL TEMA.
HACEMOS DE SU CONOCIMIENTO QUE DICHO TEMA ES DE SUMA IMPORTANCIA EN ESTOS TIEMPOS DIFÍCILES QUE LES ESPERAN A NUESTROS SUCESORES.
LA HERENCIA EN LAS DIFERENTES FORMAS DE POSTULADOS, PRESENTA SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES; ASÍ COMO TAMBIÉN SUS CAUSAS.
EL CÓDIGO CIVIL FUNGE COMO MEDIO DE INFORMACIÓN QUE SE ENCARGA DE TIPIFICAR EN CADA UNO DE SUS ARTÍCULOS CON SUS RESPECTIVAS FRACCIONES, LOS ACUERDOS TOMADOS POR LOS LEGISLADORES, DIPUTADOS, ETC.
1.4.- JUSTIFICACIÓN.
CON LA AYUDA DE LAS LEYES TIPIFICADAS, UN SUJETO PUEDE SER PREVENIDO DE SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES. DE ELLO SURGE LA CONCIENCIA DE CUIDAR SUS ACTOS ANTE LA SOCIEDAD.
CONCIENTIZARSE QUE DEBE VALERSE POR SÍ MISMO DE SUS NECESIDADES Y AL MISMO TIEMPO COMPROMETERSE CON EL DESTINO QUE EL CIUDADANO MISMO DETERMINE, CLARO ESTÁ; SIN AFECTAR A TERCEROS.
EL BENEFICIO SERÁ NOTORIO EN EL TRANSCURRIR DEL TIEMPO, YA QUE NO SE DEBE PENSAR SIEMPRE EN UN PRESENTE SINO EN UN FUTURO.
C A P I T U L O II
SUCESIONES.-
2.1.- SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANO.-
2.1.1.- CONCEPTO GENERAL SUCESIÓN LEGITIMA EN EL DERECHO ROMANO.-
EN EL DERECHO ROMANO SEGÚN SUS NORMAS, LOS VIVOS SUCEDEN EN LA SITUACIÓN JURÍDICA DE LOS DIFUNTOS.
TEÓRICAMENTE, SERÍA POSIBLE UN SISTEMA JURÍDICO EN EL CUAL CON LA MUERTE ACABARÁN TODOS LOS DERECHOS DEL DIFUNTO; Y, EFECTIVAMENTE, ESTA SITUACIÓN LA ENCONTRAMOS PARCIALMENTE REALIZADA: LOS DERECHOS QUE TENÍA EL DIFUNTO EN CALIDAD DE MARIDO, DE PADRE O DE TUTOR, ASÍ COMO SUS DERECHOS POLÍTICOS, SE EXTINGUEN DEFINITIVAMENTE, SIN TRASMITIRSE A OTRA PERSONA.
SIN EMBARGO, MUCHOS OTROS DERECHOS SOBREVIVEN A SUS TITULARES ORIGINALES Y SE TRASPASAN A OTROS, A SUS “SUCESORES”. PRECISAMENTE, EL HECHO DE QUE DETERMINADOS DERECHOS TIENEN ESTA CAPACIDAD DE SOBREVIVIR, LES DA SU ESPECIAL VALOR PARA EL INDIVIDUO.
LAS NORMAS SUCESORIAS ESTÁN RELACIONADAS EN FORMA ÍNTIMA CON EL DERECHO DE FAMILIA. ES PRECISAMENTE EN ESTA MATERIA SUCESORIA DONDE PODEMOS OBSERVAR IMPORTANTES CAMBIOS DEL DERECHO FAMILIAR, COMO LA TRANSICIÓN DE LA AGNATIO A LA COGNATIO. SIN EMBARGO, EL DERECHO SUCESORIO NO DEBE CONSIDERARSE COMO PARTE DEL DERECHO DE FAMILIA; NO ES INDISPENSABLE QUE LOS HEREDEROS, LEGATARIOS O FIDEICOMISARIOS SEAN PARIENTES DEL DIFUNTO.
CON UNA AMBIGÜEDAD TERMINOLÓGICA NADA RARA EN NUESTRA CIENCIA, UTILIZAMOS LA PALABRA “SUCESIÓN” EN DOS SENTIDOS DISTINTOS; EN PRIMER LUGAR, PARA DESIGNAR LA TRASMISIÓN DE UN PATRIMONIO Inter. VIVOS Ó MORTIS CAUSA; Y EN SEGUNDO LUGAR, PARA INDICAR EL PATRIMONIO MISMO QUE TRASMITE.
EL TEMA DE LAS SUCESIONES TIENE UN ESPECIAL INTERÉS EN EL DERECHO ROMANO POR LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES:
DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA SOCIOLOGÍA JURÍDICA.
DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO.
EL DERECHO ROMANO NOS OFRECÍA TRES TIPOS DE SUCESIÓN. LA “MÁS DÉBIL” ERA LA VÍA LEGÍTIMA; LA VÍA TESTAMENTARIA ERA MÁS FUERTE QUE LA LEGÍTIMA, YA QUE ÉSTA SE RETIRABA INMEDIATAMENTE CUANDO SE PRESENTABA UN TESTAMENTO; PERO LA “MÁS FUERTE” ERA LA VÍA OFICIOSA, YA QUE ESTA CORREGÍA INCLUSIVE LA
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