Cheque.pagare
Enviado por angelic.aa • 27 de Julio de 2014 • 864 Palabras (4 Páginas) • 360 Visitas
Diferencias del pagaré de cuenta corriente con el cheque:
El cheque y el pagaré de cuenta corriente son dos instrumentos de apariencia muy similar, pero que encierran grandes diferencias.
• El cheque es pagadero a la presentación al pago independientemente de su fecha de emisión, y el pagaré en el vencimiento marcado, salvo que tenga vencimiento a la vista, lo que no es práctica común en la emisión de estos documentos.
• En el cheque el librado es una entidad de crédito, mientras que en el pagaré se confunden librador y librado en el firmante, siendo la entidad de crédito simplemente el domicilio de pago.
• El plazo de presentación del cheque es más dilatado que en el pagaré (El plazo de presentación al pago del pagaré es el mismo que el de la letra de cambio, es decir el día del vencimiento o los dos días hábiles siguientes, mientras que el plazo en el cheque es de 15 días contados a partir de la fecha de emisión).
• El plazo de prescripción del cheque son 6 meses, mientras que en el pagaré es de 3 años.
• El cheque puede revocarse transcurrido el plazo de presentación (15 días hábiles), mientras que el pagaré no es revocable.
• En el cheque es más infrecuente la práctica de los endosos, ya que es un medio de pago cuya vida es corta, mientras que el pagaré se presta más a ser endosado al tener fijado un vencimiento futuro y permitir el endoso movilizar la deuda cancelando mediante el mismo las que pueda haber contraído el tenedor. No obstante, los dos documentos son endosables, salvo que lleven la cláusula no a la orden.
• El cheque se puede conformar, mientras que en el pagaré no hay prevista esta diligencia.
El pagaré cambiario es un documento que, con la introducción del pagaré de cuenta corriente, ha adquirido gran popularidad desde su normalización por parte de las entidades de crédito, que impulsaron su uso en sustitución del cheque postdatado desde la promulgación de la última Ley Cambiaria y del Cheque en 1985, que lo regula (arts. 94 a 105). Los pagarés pueden estar emitidos también en otros formatos, de los que existe uno normalizado, cuyo uso cada día es menor pues poco a poco se impone el pagaré de cuenta corriente. Las entidades bancarias sólo aceptan los dos formatos normalizados que veremos más adelante para su cobro por el circuito bancario.
El pagaré, ya sea de cuenta corriente o con otro formato normalizado, es un título cambiario, pagadero a su vencimiento, y que representa de forma autónoma y abstracta una deuda.
Las características del pagaré son las siguientes:
1. La denominación de pagaré en el idioma empleado para su redacción.
2. La promesa de pagar una cantidad de dinero.
3. El vencimiento en que se pagará. Si falta el vencimiento se considerará pagadero a la vista.
4. El lugar en que se efectuará el pago, que
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