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DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS- CESARE BECCARIA


Enviado por   •  18 de Octubre de 2017  •  Resumen  •  3.514 Palabras (15 Páginas)  •  431 Visitas

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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COLOMBIA

DERECHO PENAL

PRESENTADO POR : INGRID YURELY VEGA PABON

DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS

CESARE DE BECCARIA

 


DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS

CESARE BECCARIA

CAPITULO I. ORIGEN DE LAS PENAS

Este capítulo nos muestra como los hombres, cansados de vivir en un continuo estado de guerra, crearon las leyes, buscando así mejorar la convivencia. Para que la convivencia mejorara era necesario que todos cumplieran las leyes establecidas, por tal razón se establecieron penas contra los infractores de las leyes, para evitar usurpaciones de los bienes.

CAPITULO II. DERECHO DE CASTIGAR

En este capítulo se explica que la pena sólo debe existir si se deriva de la absoluta necesidad. Mientras la seguridad y la libertad que el soberano conserve a sus súbditos, sea mayor,  más justas serán las penas. La pena era el derecho a castigar a aquel  no cumpliera con las leyes. La necesidad obligó a los hombres a ceder parte de su libertad; cada uno trataba que esa parte fuera lo más pequeña posible. Pero la suma de esas pequeñas partes de libertad formó  el DERECHO DE CASTIGAR. Todo lo demás es abuso, y no justicia.

CAPITULO III. CONSECUENCIAS

Beccaria en este capítulo explica las tres consecuencias de las penas.

La primera consecuencia es que las penas de los delitos sólo pueden ser decretadas por las leyes; y esta autoridad debe residir solamente  en el legislador. La segunda consecuencia establece que el soberano puede formar leyes generales que sean obligatorias para todos los habitantes; pero cuando alguna persona no cumpla con alguna de esas leyes, el soberano no puede juzgarlo, le correspondería ese deber a un magistrado cuyas sentencias sean inapelables.   La tercera consecuencia es que si se llegara a probar la atrocidad de las penas, sería contraria a la justicia. Porque el estado prefiere tener un hombre feliz, que tener esclavos salvajes con los cuales ya no se logra un bien en la sociedad rompiendo una cláusula del contrato que sería una igualdad de vida.

CAPITULO IV. INTERPRETACIÓN DE LAS LEYES

Beccaria explica que los jueces criminales no pueden interpretar las leyes penales, porque no son legisladores. Los jueces no recibieron las leyes como una tradición o un testamento, sino como la legítima voluntad de la sociedad viviente.              La justicia no es del todo perfecta; ya que sus intérpretes son humanos. Por ese motivo, los jueces no pueden interpretar la ley en forma perfecta, pero deben hacerlo lo mejor y más imparcialmente posible.

 CAPITULO V. OSCURIDAD DE LAS LEYES

En este capítulo se explica que es grave que las leyes estén escritas en una lengua extraña al pueblo, o que el pueblo no tenga gran entendimiento acerca de las leyes, pero esto no salva a aquel de cometer un delito alegando una falta de entendimiento de las leyes. Cuando más grande sea el número de los que entienden las leyes, menor será la cantidad de delitos cometidos.

CAPITULO VI. PROPORCIÓN ENTRE LOS DELITOS Y LAS PENAS

Este capítulo explica que debe existir una "proporción entre los delitos y las penas". Es decir que no todos los delitos dañan de igual manera a la sociedad; entonces cuanto mayor sea el delito, mayor deberá ser la pena correspondiente. Existe una escala de delitos, cuyo primer grado consiste en aquellos que destruyen la sociedad, y en un menor grado aquella injusticia cometida contra los miembros particulares de la sociedad. Por ese motivo, también debe existir una escala de penas, que deben ser proporcionales a los delitos cometidos.

CAPITULO VII. ERRORES EN LA GRADUACIÓN DE LAS PENAS

Beccaria dice que el derecho debe ser HOMBRE – HOMBRE y no HOMBRE – DIOS. Dice que la verdadera medida de los delitos es el daño hecho a la nación. Es decir, cuanto más grande daño se halla hecho a la nación, mayor será el delito, y por lo tanto, la pena.

CAPITULO VIII. DIVISIÓN DE LOS DELITOS

Hay distintos tipos de delitos:

Los más graves, son aquellos que destruyen inmediatamente a la sociedad o a quien la representa. Delitos más personales, se encontrarían los delitos que ofenden la privada seguridad de un ciudadano en la vida, en los bienes o en el honor. Obligaciones, las acciones contrarias a lo que cada uno está obligado a hacer o no hacer.

CAPITULO IX. DEL HONOR

En este capítulo se explica de una manera muy clara que hay una diferencia entre las leyes civiles y las de honor. Las leyes civiles son aquellas que defienden las cosas y bienes de cada ciudadano. Las leyes de  honor, son aquellas que defienden el honor de las personas. Un ejemplo de un delito de honor, es el racismo o discriminación a un individuo por tener otro color de piel, que son discriminaciones a nivel mundial que nunca terminaran y no son tan sancionadas a pesar del daño.

CAPITULO X. DE LOS DUELOS

Estos tuvieron su origen en la anarquía de las leyes.

Primero estaban los gladiadores, sus duelos eran para conseguir la libertad, después la nobleza tenía sus enfrentamientos por celos. El duelo si tiene pena en nuestro código, pero la guerra solo tiene muerte y el que pierde nunca logra justicia alguna por su pueblo.

CAPITULO XI. DE LA TRANQUILIDAD PÚBLICA

Este capítulo nos habla de que entre los delitos de la tercera especie se encuentran aquellos que turban la tranquilidad pública de los ciudadanos.

Tenemos las inconformidades del pueblo, las cuales se manifiestan en agrupaciones, manifestaciones, etc. Por eso se deben manejar  códigos que circulen entre las manos de todos los ciudadanos, de modo, que los ciudadanos sepan cuando son culpables, y cuando son inocentes. Ese código en nuestros tiempos lo maneja nuestra carta magna, en la cual tenemos nuestras garantías individuales que son para todos pero no todos las conocen.

CAPITULO XII. FIN DE LAS PENAS

En este capítulo, el Beccaria comenta que el fin de las penas no es deshacer un delito ya cometido, ya que eso sería imposible de lograr. La pena es una sanción impuesta por la ley a quien, por haber cometido un delito o falta, ha sido condenado en sentencia firme por el órgano jurisdiccional competente.     Entonces, el fin de las penas es lograr que el individuo que cometió un delito, no vuelva a cometerlo, y tratar que los ciudadanos no cometiesen delitos. Beccaria no busco siempre una pena justa, para él se debe de buscar una readaptación y una prevención.

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