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DERECHO CIVIL


Enviado por   •  11 de Junio de 2014  •  1.348 Palabras (6 Páginas)  •  208 Visitas

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Resumen Derecho Civil y Comercial

Unidad 1. El derecho

Concepto de derecho. Caracteres. Fuente.

El derecho es un conjunto de normas de conducta humana obligatorias y conformes a la justicia. La convivencia de los hombres en sociedad exige la vigencia de normas a las cuales deben ajustar su conducta, de los contrario reinaría el caos y la vida común sería imposible.

El derecho tiene determinadas características como lo son, la bilateralidad, es decir, que un sujeto distinto al afectado está facultado para exigir el cumplimiento de la norma. El derecho es imperativo, que impone un deber de conducta (ejemplo: pagar un impuesto). También es atributivo, que faculta a una persona distinta del obligado para exigir el cumplimiento de este imperativo.

Un principio muy importante del derecho es la seguridad jurídica, se basa en la certeza del derecho, tanto en el ámbito de su publicidad como en su aplicación, y que significa la seguridad de que se conoce, o puede conocerse, lo previsto como prohibido, ordenado o permitido por el poder público.

La seguridad jurídica es, en el fondo, la garantía dada al individuo por el Estado de modo que su persona, sus bienes y sus derechos no serán violentados o que, si esto último llegara a producirse, le serán asegurados por la sociedad, la protección y reparación de los mismos.

Las fuentes del derecho son:

• Ley: fuente primera y fundamental del derecho. Desde el punto de vista material, ley es toda regla social obligatoria, emanada de autoridad competente. Y desde el punto de vista formal, se llama ley a toda disposición sancionada por el poder legislativo. Las leyes también pueden ser rígidas (es precisa y concreta; al aplicarlas, el juez no hace sino comprobar la existencia de los presupuestos y condiciones legales e impone la única consecuencia posible, claramente fijada en la ley) o pétreas (son elásticas, se limitan a enunciar un concepto general; el juez, al aplicar la ley, tiene cierto campo de acción, dentro del cual se puede mover libremente).

• Costumbre: es una norma positiva no escrita, de carácter general, emanada del mismo pueblo, a través de una larga y constante práctica que le ha hecho tomar conciencia de obligatoriedad. Según el Código Civil la costumbre se clasifica de la siguiente manera:

Costumbre según la ley; la misma ley utiliza la costumbre, disponiendo que hay que atenerse a esta.

Costumbre al margen de la ley: la ley nada dice, son situaciones no regladas legalmente.

Costumbre contra la ley: deja sin efecto lo que dice la ley.

Para que exista costumbre deben reunirse dos elementos, el material (consiste en una serie de actos repetidos de manera constante y uniforme) y el psicológico (consiste en la convicción común de que se trata de una práctica obligatoria)

• Jurisprudencia: producto de la labor de los jueces, es el conjunto de sentencias de los tribunales que van interpretando y aplicando a los casos concretos.

• Doctrina: producto de la labor de los juristas (estudiosos del derecho). Se encuentra en libros jurídicos, tratados, manuales, comentarios a leyes y sentencias.

Derecho subjetivo y deber jurídico.

Derecho subjetivo: facultad de hacer o exigir algo que la ley reconoce a nuestro favor, como por ejemplo el derecho a votar, donar, comprar, vender, etc.

Deber jurídico: es la obligación establecida en la norma jurídica. Es decir a lo que te obliga la ley.

Ambos, derecho subjetivo y deber jurídico, son correlativos. No hay deber sin derecho ni derecho sin deber (si yo tengo el derecho a algo es porque otro sujeto tiene el deber de dármelo)

Diferencias y similitudes entre derecho y moral.

Derecho Moral

• Es una norma de conducta Humana

• Valora la conducta desde el punto de vista relativo, en cuanto al alcance que tenga para los demás.

• El campo sobre el cual actúa es el de la convivencia social.

• Es heterónomo, es decir, impuesto al individuo por el Estado, con total independencia de la que íntimamente piense aquel.

• Es obligatoria, los individuos no pueden negarse a cumplirlo, y ante el incumplimiento el Estado aplica una sanción.

• Ante la violación, el Estado aplica una sanción.

• Los deberes impuestos por el derecho (obligaciones jurídicas) se imponen en beneficio de la persona que está colocada frente al obligado a cumplirlos.

• Es una norma de conducta humana

• Valora la conducta

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