Economia Aplicada
Enviado por johannaurena • 9 de Febrero de 2013 • 4.140 Palabras (17 Páginas) • 623 Visitas
TABLA DE CONTENIDO
El concepto económico del dinero.
Diferentes formas que adoptó el dinero.
Sistema financiero dominicano.
El Banco Central y los bancos comerciales
Creación primaria de dinero.
La base monetaria.
Estadísticas monetarias y financieras de R.D.
El sistema de encaje legal del Banco Central Dominicano.
El mercado de dinero.
Demanda y oferta de dinero.
Los factores que determinan la demanda y oferta del dinero.
El equilibrio monetario.
El concepto económico del dinero.
Es todo medio de intercambio común y generalmente aceptado por una sociedad que es usado para el pago de bienes (mercancías), servicios, y de cualquier tipo de obligaciones (deudas). Actualmente, el tipo de dinero que manejamos en el día a día es dinero fiduciario.
El dinero, representado en monedas y billetes, no tiene valor en sí mismo, pues su valor radica en las cosas que se puedan comprar con él; es decir, su valor radica en lo que se puede hacer con él.
Diferentes formas que adoptó el dinero.
Así como en la historia el dinero adoptó diversas formas, actualmente podemos hablar de tres clases de dinero.
1. El dinero mercancía se puede emplear como medio de cambio y como mercancía ordinaria que se consume y comúnmente se comercia. En ambos campos el dinero alcanza el mismo valor. Si la mercancía es el oro, éste vale lo mismo como dinero que como materia prima que se demanda para la elaboración de orfebrería, piezas dentales y otros usos industriales.
2. El dinero signo está representado por los billetes y las monedas metálicas fraccionarias, su valor como dinero es muy superior al valor del material del que está hecho. Asimismo, alcanza denominaciones muy elevadas que nada tienen que ver con el valor del papel en el que los billetes están impresos. Es decir, un billete de $500 vale más como dinero que un trozo de papel de buena calidad de 6.6 X 15.5 centímetros. Lo mismo ocurre con la moneda metálica cuyo valor es más elevado que el del material con el que se elabora o sea, oro, plata, cobre, níquel o latón.
3. La tercera forma que tiene el dinero es el pagaré. El dinero pagaré es aquel medio de cambio basado en la deuda de una institución generalmente de crédito. Los depósitos bancarios a la vista, transferibles por medio de cheques, son dinero pagaré. El público en general está dispuesto a aceptar los cheques como pago. En este caso, quien firma el cheque transfiere la deuda al banco que es el que pagará el dinero a quien recibe el cheque.
Sistema financiero dominicano.
El Sistema Financiero y Monetario de la República Dominicana ha tenido varias inestabilidades económicas, si así podría decirse, por ejemplo es curioso saber, que el billete dólar norteamericano circuló con carácter exclusivo hasta la reforma bancaria y monetaria de 1947, en la primera etapa de vigencia del sistema monetario dicha moneda circuló juntamente con el "peso oro dominicano". Posteriormente, al ponerse en vigencia la segunda etapa, los billetes norteamericanos fueron retirados de circulación. Sin Embargo, los primeros indicios de regulación bancaria en República Dominicana aparecen con el surgimiento del Banco Nacional de Santo Domingo, S. A. en el año 1869.
En 1909 el Estado Dominicano promulga la primera Ley General de Bancos, donde se establecen regulaciones específicas para Bancos Hipotecarios, Emisores y Refaccionarios y surgen instituciones de crédito con las características de bancos comerciales, bajo la supervisión y control de la Secretaría de Estado de Hacienda y Comercio, denominada hoy Secretaría de Estado de Finanzas, la cual disponía de interventores nombrados por el Poder Ejecutivo en cada banco para ejercer su control. Este sistema de supervisión, se estima, era bien simple considerando lo limitado de las operaciones comerciales de esa época, cuya función principal consistía en la autorización de nuevas oficinas.
En el año 1947 se produce en el país una verdadera transformación del sistema financiero; se crea la Unidad Monetaria Dominicana, el Banco Central y la Superintendencia de Bancos, esta última bajo la Ley No. 1530 del 9 de octubre del 1947. Dicha Ley fue modificada y sustituida por la Ley General de Bancos No. 708, del 14 de abril del 1965 (aunque la Ley No.708 se mantiene vigente, ha sido modificada en algunos de sus artículos por la Junta Monetaria para adecuarla a las necesidades y requerimientos de estos tiempos)
El 3 de febrero del 1967, mediante decreto del poder ejecutivo se dictó el Reglamento N°934 "Reglamento Interior de la Superintendencia de Bancos", en cuyo contenido se establecieron las funciones del Superintendente de Bancos y la Organización General de la Superintendencia de Bancos, así como la Estructura Organizativa formal.
La Administración Monetaria y financiera está compuesta por la Junta Monetaria, el Banco Central y la Superintendencia de Bancos, siendo La Junta Monetaria el órgano superior del Banco Central, está a su vez, dirige la política monetaria, crediticia y cambiaria de la Nación. Están entre sus funciones: establecer el encaje legal aplicable a los bancos comerciales y demás entidades del sistema bancario nacional; fijar las tasas máximas de interés descuentos y comisiones que podrán cobrar o reconocer los bancos sobre las distintas clases de operaciones activas y pasivas de las entidades del sistema; autorizar la emisión de títulos de valores; autorizar la concesión de facilidades crediticias del Banco Central a los bancos comerciales, a las sociedades financieras de empresas que promueven el desarrollo económico y al Banco Agrícola; autorizar la formalización de obligaciones en moneda extranjera por parte de las entidades públicas y privadas; aprueba el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos de dicha institución; autoriza la apertura de nuevos bancos comerciales, sociedades financieras y de préstamos de menor cuantía en el territorio nacional; autoriza la impresión de billetes y la acuñación de monedas divisionarias, autoriza la incineración de billetes del Banco Central, dicta el Reglamento del Banco Central y sus modificaciones.
El Banco Central es una entidad pública con personalidad jurídica propia, esta está exento de impuestos, tasa o contribuciones ya sean nacionales o municipales. Tiene por función ejecutar las políticas monetarias, cambiaria y financiera, de acuerdo con el programa monetario aprobado por la Junta Monetaria y mediante el uso de instrumentos establecidos. Corresponde a este la supervisión y liquidación final de los sistemas de pagos, así como del mercado
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