El Pagare
Enviado por kaory • 18 de Septiembre de 2012 • 5.442 Palabras (22 Páginas) • 488 Visitas
Contenido
1. ANTECEDENTE DEL PAGARE 2
1.1-CONCEPTO 3
2. IMPORTANCIA DE LOS EFECTOS POR COBRAR 3
3. CARACTERISTICAS 4
1.- Literalidad: 4
2.- Incorporación 4
3.- Autonomía 4
4.- Abstracción. 4
5.- Circulación o traslación. 5
4. CLASES DE PAGARÉ 5
5. PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PAGARE 5
6. BASE LEGAL 6
7. REQUISITOS DEL PAGARE: 7
7.1 QUÉ REQUISITOS FORMALES QUE DEBE CONTENER UN PAGARÉ 9
8. PROTESTO 10
1. Falta de aceptación: 10
2. por falta de fecha de aceptación: 11
3. Por falta de pago: 11
1. LA ACCIÓN CAMBIARIA 13
2. PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE LA LETRA DE CAMBIO Y EL PAGARÉ 15
PAGARE
1. ANTECEDENTE DEL PAGARE
El pagaré nace en la Edad Media, antes que la letra de cambio, comenzando a utilizarse en las ciudades del norte de Italia para evitar el riesgo de llevar efectivo en largos desplazamientos por caminos plagados de bandoleros. Así, se entregaba el dinero en efectivo a un banquero y éste firmaba un documento prometiendo devolverlo en otro lugar a quien se lo había entregado o a quien éste designase.
El pagaré se regula por primera vez en el Código de Comercio de 1829, pasando luego a ser regulado por el Código de Comercio de 1885, en cuya regulación únicamente se reconocía fuerza ejecutiva a la letra de cambio, pero no al pagaré. De esta forma, el pagaré cayó en desuso a favor de la letra de cambio, que pasó a convertirse en el documento de crédito por antonomasia, ya que, por su fuerza ejecutiva, gozaba de importantes ventajas frente al pagaré a la hora de reclamarlo en caso de impago.
La Ley Cambiaria y del Cheque de 16 de julio de 1985, actualmente en vigor y norma básica reguladora del pagaré, equiparó letra de cambio y pagaré en casi todos los aspectos, incluido el referente a la fuerza ejecutiva. Ello supuso una revitalización del pagaré que, poco a poco, ha ido ganando terreno a la letra de cambio en su uso como efecto de comercio hasta convertirse actualmente en el documento de crédito predominante en el tráfico mercantil por su simplicidad, menor coste y mejor adaptación a las ventajas derivadas de avances informáticos.
El pagaré aparece como una forma exclusiva del contrato de cambio que se contiene en el cambial y como medio de eludir la prohibición de estipular, que la Iglesia repudiaba. Como originalmente el título de cambio era expresión del contrato de cambio trayectoria y el derecho canónico prohíbe del pacto de intereses, se ideo la emisión de un título análogo al cambiario en el cual la obligación de pagar los intereses se ocultara bajo la apariencia de una deuda comercial o un préstamo, sin que, de otro lado, tuviese que emitirse el título para pagar en una plaza diferente a la orden de tercera persona.
1.1-CONCEPTO
.
2. IMPORTANCIA DE LOS EFECTOS POR COBRAR
Los efectos a cobrar (letras de cambio y pagarés), tienen un valor entendido y por lo tanto representan una garantía efectiva para recuperar el valor de los mismos. Ya que el Código de Comercio establece la normativa que debe realizarse en los recursos o acciones contra los endosantes, el librador y los demás obligados en caso de falta de pago de tales efectos.
Por las razones expuestas, es que la mayoría de las empresas o instituciones bancarias los utilizan como una garantía del cobro de los bienes o servicios que venden o prestan, ya que constituyen un documento de crédito con un basamento legal claramente establecido en el Código de Comercio
3. CARACTERISTICAS
Al pagaré, los distinguen, entre otras, las siguientes características que son importantes:
1.- Literalidad:Que se refiere a que la exigencia del pago se va a limitar a lo que diga el mismo. El documento debe de pagarse en la fecha de vencimiento (o pagar los intereses moratorios en caso contrario) y la cantidad a pagar debe de ser la estipulada. Todos los demás arreglos, convenios, prórrogas o “tratos” que se celebren entre las partes, no surtirán efectos si no son incorporados al pagaré.
2.- Incorporación. Que se refiere a que los derechos y obligaciones que consigan el pagaré se encuentran incorporados, adheridos al propio documento y que para ejercerlos, hay necesidad de que el documento exista y se exhiba.
3.- Autonomía. Que significa que el pagaré al momento de pasar de una mano a otra, nacerá un nuevo derecho para el nuevo tenedor. Esto representa que, por ejemplo, Juan firma un pagaré a favor de Pedro, pero Pedro le endosa o transmite el pagaré a Rosa. La autonomía es entonces que Rosa tiene el derecho de cobrar el pagaré a Juan, aunque éste ni siquiera se hubiera enterado de que ella lo tenía y con independencia también, de “los tratos” que haya tenido con Pedro.
4.- Abstracción.Que se refiere a que el pagaré subsistirá y será exigible independientemente de la causa que lo generó. Esto es, si el pagaré se firmó con motivo de la compraventa de un artículo y por razones “XX” no se concretó esa compraventa, pero ya se había firmado el pagaré y este no es devuelto o destruido al deshacer el trato, el tenedor (acreedor) podrá cobrarlo posteriormente y al deudor le costará mucho trabajo salir bien librado de una demanda mercantil, porque te insisto, el pagaré es un documento que subsiste por sí mismo. Es el principio y fin de una obligación y no un documento accesorio o complementario a otro acto jurídico.
5.- Circulación o traslación. Que se refiere a que el pagaré es un documento que puede circular de mano en mano (como el dinero) y que el acreedor será el último tenedor (quien lo posee) y podrá exigir su pago aunque el suscriptor (deudor) no le haya firmado a él el documento. Podrá ser el caso que el deudor ni siquiera conozca al último tenedor, sin embargo tendrá la obligación de pagarle a él.
4. CLASES DE PAGARÉ
Comercial: Es un documento girado al portador o a la orden. Es el reconocimiento de un crédito a favor de una persona determinada, y la promesa de saldar dicho crédito.
Bancario: Es el que suscribe una persona natural o jurídica a favor de un Banco. En él se compromete a amortizar o pagar la deuda en un tiempo establecido; en el documento se debe especificar la persona garante, los intereses a pagar y la forma de cobro por parte del Banco. Pagaré Bancario aceptado por la persona jurídica, esto es, la empresa mercantil.
5. PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PAGARE
Las figuras jurídicas que intervienen en el pagaré son las siguientes:
Firmante o emisor del pagaré: Persona física
...