Introducción Al Derecho
FercitaLara23 de Septiembre de 2013
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Aplicar el conocimiento adquiridos sobre las personas como sujetos del derecho y el contenido del objeto del derecho. Identificarlos aspectos fundamentales del derecho de dominio como institución privada y los aspectos básicos de los contratos y de las obligaciones en la aplicación legal para la solución de problemas.
Bloque 1
Encuentre los temas que dicen relación a la persona como sujeto del derecho; a la clasificación de las personas; al principio y fin de la existencia de las personas, la nacionalidad, el domicilio; así como al parentesco de las personas; temas que ameritan un estudio y análisis detenido, a fin de que pueda extraer de ellos aquellos conceptos que considere importantes y de utilidad; esto le facilitará para que realice la actividades de aprendizaje que a continuación se describe:
ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE No.1
• Analice lo que son las personas naturales, su principioy fin, luego
Determine qué es una persona jurídicay cómo se clasifican?
DESARROLLO
El artículo 20 del Código Civil define “Art. 20.- Las palabras hombre, persona, niño, adulto, adolescente, anciano y otras semejantes, que en su sentido general se aplican a individuos de la especie humana, sin distinción de sexo, se entenderán comprender a ambos sexos en las disposiciones de las leyes, a menos que, por la naturaleza de la disposición o el contexto, se limiten manifiestamente a uno solo”, ahora bien, persona natural, de acuerdo al mismo Código Civil, en su artículo 41, la define como “Art. 41.- Son personas todos los individuos de la especie humana, cualesquiera que sean su edad, sexo o condición. Divísense en ecuatorianos y extranjeros.”, delo que concluimos que personas somos los seres humanos.
Las personas naturales tenemos el principio como tales desde nuestro nacimiento, “Art. 60.- El nacimiento de una persona fija el principio de su existencia legal, desde que es separada completamente de su madre.” y termina nuestra existencia como sujetos a derechos y obligaciones, (salvo ciertas excepciones) con la muerte o deceso.
Referente a las personas jurídicas, se definen en el artículo 564 del Código Civil Actual
“Art. 564.- Se llama persona jurídica una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente.
Las personas jurídicas son de dos especies: corporaciones, y fundaciones de beneficencia pública.
Hay personas jurídicas que participan de uno y otro carácter.”
Respecto de la clasificación de las personas jurídicas, está recogida en el mismo artículo en corporaciones y fundaciones de beneficencia pública.
• Según nuestra Constitución política a quienes, cuándo se considera que una persona es ecuatoriana por nacimiento.
DESARROLLO
Se considera ecuatoriano por nacimiento a los contemplados en el artículo 7 de la Constitución de la República, y estos son:
“Art. 7.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por nacimiento:
1. Las personas nacidas en el Ecuador.
2. Las personas nacidas en el extranjero de madre o padre nacidos en el Ecuador; y sus descendientes hasta el tercer grado de consanguinidad.
3. Las personas pertenecientes a comunidades, pueblos o nacionalidades reconocidos por el Ecuador con presencia en las zonas de frontera.”
• Quienes son ecuatorianos por naturalización y qué requisitos deben cumplir.
DESARROLLO
De la misma forma, se detalla en la misma constitución en su artículo 8 quienes son ecuatorianos por naturalización, de la siguiente manera.
“Art. 8.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por naturalización las siguientes personas:
1. Las que obtengan la carta de naturalización.
2. Las extranjeras menores de edad adoptadas por una ecuatoriana o ecuatoriano, que conservarán la nacionalidad ecuatoriana mientras no expresen voluntad contraria.
3. Las nacidas en el exterior de madre o padre ecuatorianos por naturalización, mientras aquéllas sean menores de edad; conservarán la nacionalidad ecuatoriana si no expresan voluntad contraria.
4. Las que contraigan matrimonio o mantengan unión de hecho con una ecuatoriana o un ecuatoriano, de acuerdo con la ley.
5. Las que obtengan la nacionalidad ecuatoriana por haber prestado servicios relevantes al país con su talento o esfuerzo individual.
Quienes adquieran la nacionalidad ecuatoriana no estarán obligados a renunciar a su nacionalidad de origen.
La nacionalidad ecuatoriana adquirida por naturalización se perderá por renuncia expresa.”
Los requisitos y procedimiento general se encuentran establecidos en los mismos numerales dela Carta magna.
• Exprese dos diferencias existentes entre el parentesco natural o por consanguinidad y el parentesco legal o por afinidad.
DESARROLLO
Las diferencias se establecen en que, el parentesco natural se determina por lazos sanguíneos, de ascendencia y descendencia o colaterales, pero prima siempre ese nexo sanguíneo, y el de afinidad por efectos de haber celebrado el contrato solemne del matrimonio, con la familia del o la cónyuge.
• Señale cuál es el grado, tipo y clase de parentesco existente legalmente entre las siguientes personas:
Entre hermanos: Segundo Grado de consanguinidad
Entre primos: Cuarto grado de consanguinidad
Entre cuñados. Segundo grado de afinidad
Entre padre e hijo. Primer grado de Consanguinidad
• En cada caso realice un gráfico demostrativo de su respuesta.
Bloque 2
Lea y comprenda los temas relativos a los bienes.
En esta actividad se trata sobre los objetos del Derecho, recuerde el primero fue sobre las personas, ahora tratamos sobre los objetos sobre los cuales se norma o se emite leyes, que establezcan la relación entre la persona y los objetos, en especial ponga énfasis en el temadel dominio, que es el derecho real que vincula el poder de una persona sobre los bienes,para poder disponer de ellos conforme a ley y sana costumbre.
ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE No. 2
En forma detallada conteste las siguientes preguntas:
• A través de un cuadro comparativo exprese la definición y un ejemplo de bienes:
Definidos y clasificados en el artículo 583 del Código Civil. “Art. 583.- Los bienes consisten en cosas corporales o incorporales.”
Corporales Incorporales
Definición
Corporales son las que tienen un ser real y pueden ser percibidas por los sentidos,
Definición
Incorporales las que consisten en meros derechos,
Ejemplo; como una casa, un libro.
Ejemplo: como los créditos, y las servidumbres activas.
• A través de un cuadro comparativo, exprese la definición y un ejemplo de bienes:
“Art. 593.- Las cosas muebles se dividen en fungibles y no fungibles.
A las primeras pertenecen aquellas de que no puede hacerse el uso conveniente a su naturaleza sin que se destruyan.
Las especies monetarias, en cuanto perecen para el que las emplea como tales, son cosas fungibles.”
Fungibles No Fungible
Definición;
Los bienes que no pueden ser utilizados dos veces sin que sufran deterioro o se terminen
Definición;
Los que sin embargo de su uso d se conservan sin perder su naturaleza.
Ejemplo; el dinero para quien lo gasta, los alimentos para quien los consume.
Ejemplo: Una casa para quien la habita, un vehículo, generalmente los bienes muebles e inmuebles
• A través de un cuadro comparativo, exprese la definición y un ejemplo de bienes:
De derecho público De derecho privado
Definición
Art. 604.- Se llaman bienes nacionales aquellos cuyo dominio pertenece a la Nación toda.
Son los que pueden ser adquiridos por personas naturales o jurídicas o los que forman patrimonio de los particulares
Ejemplo mar territorial, calles, plazas
Un auto, una casa, un terreno particular.
• Explique qué es el dominio o propiedad y cuáles son las limitaciones que restringen el derecho de propiedad.
El dominio de acuerdo al artículo 595 del Código Civil es un derecho real “Art. 595.- Derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin respecto a determinada persona. Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbres activas, el de prenda y el de hipoteca. De estos derechos nacen las acciones reales.” Y se define en el artículo 599 del mismo Código Civil, “Art. 599.- El dominio, que se llama también propiedad, es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella, conforme a las disposiciones de las leyes y respetando el derecho ajeno, sea individual o social.” Es decir es la propiedad en sí.
Respecto de las limitaciones que restringen el derecho de propiedad, o dominio podemos enunciar a las que surgen del respeto al derecho ajeno y a las enunciadas en el artículo 747 del Código Civil. “Art. 747.- El dominio puede ser limitado: 1. Por haber de pasar a otra persona, en
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