La Paternidad y La Filicion
Enviado por Susan Campos • 4 de Noviembre de 2015 • Informe • 6.177 Palabras (25 Páginas) • 203 Visitas
INDICE
Introduccion 2
Objetivo General 3
Objetivos Específico 3
La Paternidad y La Filicion 4
La inscripcion de la afiliacion 5
Personas que no pueden ser Reconocidas 8
Impugnacion del reconocimiento voluntario.personas que puedan hacerla. 8
Reconosimiento Juridical. 9
Impugnación del Reconocimiento Judicial 13
Impugnación de la Paternidad 15
La impugnacion de la Paternidad Mediante Excepcion. 19
Impugnacion de la Maternidad 20
Personas que pueden impugnar la maternidad y tiempo en que deben hacerla 20
Sanción por haber participado en el fraude del falso parto en la Suplantación. 21
Paternidad Incierta 21
Paternidad Dudosa 21
Hijo Postumo 22
Conclusiones 23
INTRODUCCION
En el presente daremos a conocer verdaderos puntos de reflexión en el marco jurídico en los cuales debemos enfocarnos como estudiantes del derecho, En un tema muy importante como La Paternidad Y la Filiación, es indudablemente la importancia de discernir e interpretar en general lo que es este tema, donde señalaremos algunos ítems característicos de la paternidad, los cuales serán desglosados y analizados con detalle más adelante. Nos enfocamos en la paternidad y la filiación por su importancia,
OBJETIVO GENERAL
Dar a conocer de modo completo y ordenado los procesos de la paternidad y filiación, sus características y establecer las relaciones que existen entre ellos, para una mejor comprensión de todo lo que se enmarca en el derecho de la familia.
OBJETIVOS ESPECÍFICO
Establecer la importancia y clasificación de la paternidad y la filiación.
Dar a conocer las personas que pueden ejercer el reconocimiento
Informar sobre los tipos de reconocimientos que establece la ley
Explicar amplia y claramente los tipos de impugnación
LA PATERNIDAD Y LA FILICION
Paternidad es la calidad de padre que una persona tiene con respecto a otra, que es un hijo que una persona tiene con respecto a otra, que es su padre o madre. Jurídicamente la filiación es el vínculo existente entre los progenitores y su hijo, pero ese vínculo puede constituirse no solo por la procreación sino también por la adopción. El código civil clasifica la filiación en legitima, legitimada y natural o ilegitima pero ya las constituciones de 1957 1965 y 1982 abolieron esas clasificaciones y el código de la familia incorporo y desarrollo esa declaración en la ley secundaria al decir en el Articulo 99 Todos los hijos son iguales ante la ley teniendo ellos los mismos derechos y deberes. No se reconocen calificaciones sobre la naturaleza de la afiliación. En ningún registro o documento referente a la filiación se consignara declaración alguna diferenciando los nacimientos ni señalando el estado civil de los padres
EFECTOS DE LA FILIACION
Son muchos, los principales son:
La filiación es una de las fuentes de la nacionalidad son hondureños por nacimiento los hijos de padre o de madre hondureños que nazcan en el extranjero.
Es causa del parentesco y por consiguiente del ingreso del hijo en la familia de sus padres.
Da origen a derechos y obligaciones familiares que son objeto de regulación especial por el código civil y el de familia
Produce derechos sucesorios en la ejecución intestada.
Produce derecho a alimento,
Da derecho al nombre; el hijo tiene derecho a llevar el apellido de sus padres (artículo 43 y 45 LRNP )
LA INSCRIPCION DE LA AFILIACION
La filiación de los hijos constara en el libro de inscripción de nacimiento del respectivo registro civil. La inscripción del nacimiento del hijo efectuada por uno solo de los padres surtirá efectos legales con respecto a ambos, si existiere matrimonio civil o unión de hecho reconocida legalmente.
En las inscripciones de nacimiento que no se practiquen por declaraciones de los padres, las personas que conforme a la ley las realicen deberán consignar el nombre de aquellos, sin que esto sea prueba de la filiación (Artículo 102 y 105 CF)
PRESUNCIONES SOBRE LAPATERNIDAD
En el matrimonio se presume que son hijos de las personas unidas en matrimonio los nacidos durante la vida matrimonial y los nacidos dentro de los 300 días siguientes a la fecha de la extinción del vínculo matrimonial, si la madre no hubiere contraído nuevas nupcias.
En la unión de hecho inscrita en el registro civil se presume que son hijos del varón con quien la madre estuvo unida, los nacidos después de 180 días de la fecha fijada como principio de la unión de hecho y los nacidos dentro de los 300 días siguientes al día en que la unión seso. Todas estas presunciones admiten prueba en contrario ( Articulo 55 1 y 107 C:F.)
PRESUNCIONES SOBRE LA PATERNIDAD FUERA DEL MATRIMONIO O UNIÓN DE HECHO
Se presume la paternidad:
Cuando pueda inferirse de la declaración del padre formulada es escrito indubitado.
En los casos de sentencia condenatoria por violación estupro o rapto cuando la fecha del hecho punible concuerde con la época de la concepción.
Cuando haya habido posesión del estado de hijo demostrado por el trato personal y social asía la madre durante el embarazo y el parto y comprobado por hechos fidedignos (Articulo 108)
En estos tres casos es necesario que haya una sentencia firme en el juicio correspondiente en que el juez declare la existencia de la paternidad.
RECONOCIMIENTO DE LA PATERNIDAD CONCEPTO Y CLASES
Cuando el hijo es nacido fuera del matrimonio o de la unión de hecho reconocida por autoridad competente, para establecer legítimamente su filiación es necesario el reconocimiento de sus padres. Se llama reconocimiento al acto por el cual el padre o la madre de un hijo, o ambos, conjunta o separadamente y de manera voluntaria o forzosa manifiestan en la forma prescrita por la ley que una persona es hijo o hija suya. De manera que hay de dos clases de reconocimiento: El voluntario y El Obtenido por declaración judicial.
RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO
El reconocimiento voluntario es el acto por el cual el padre o la madre o ambos a la vez admiten como propios los hijos nacidos fuera del matrimonio.
CARACTERES DEL RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO
Es un acto jurídico personal: es un acto jurídico porque produce
...