Ley Agraria
Enviado por izra_ell • 29 de Enero de 2013 • Ensayo • 1.829 Palabras (8 Páginas) • 567 Visitas
La Ley Agraria reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ordena en su Título Octavo de los artículos 148 al 156 el funcionamiento del Registro Agrario Nacional como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de la Reforma Agraria, responsable del control de la tenencia de la tierra y la seguridad documental derivadas de la aplicación de la propia ley. En el ran deben inscribirse los documentos en que constan las operaciones originales y las modificaciones que sufra la propiedad de las tierras y los derechos legalmente constituidos sobre la propiedad ejidal y comunal.
De acuerdo con la Ley Agraria, el ran debe cumplir con los siguientes mandatos: llevar el control de la tenencia de la tierra, así como la seguridad jurídica y la documental derivadas de la aplicación de la ley mediante la inscripción de las operaciones originales y modificaciones que sufran la propiedad y los derechos sobre las tierras ejidales, comunales y de las sociedades rurales; garantizar el carácter público de la información que tiene en sus asientos y proporcionarla a quien lo solicite; coadyuvar en la impartición de justicia, mediante la expedición de constancia sobre las inscripciones que forman parte de su protocolo, las que harán prueba plena en los juicios correspondientes; prestar la asistencia técnica a los ejidos y comunidades que quieran llevar a cabo la delimitación de sus tierras, así como aquella necesaria para el fraccionamiento y enajenación de superficies que rebasen los límites establecidos para la pequeña propiedad.
Las funciones específicas y la organización interna del ran están establecidas en su reglamento interior, publicado con reformas el 27 de abril de 1993. Adicionalmente, el reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares, publicado el 6 de enero de 1993, atribuye al ran responsabilidades específicas que se derivan de la ejecución del Procede; igualmente, el Reglamento de la Ley Agraria en Materia del Ordenamiento de la Propiedad Rural del 3 de enero de 1996, le confiere responsabilidades al Registro Agrario Nacional para el ejercicio y cumplimiento de las funciones referidas.
El RAN cuenta con una estructura central responsable de los aspectos normativos, una estructura territorial integrada por 32 delegaciones en las entidades federativas del país, instancias que son responsables de la ejecución y prestación de los servicios que solicitan los promoventes. Al frente de la institución se encuentra el Director en Jefe, quien cuenta con el auxilio de unidades administrativas que a continuación detallamos: Dirección General de Certificación, Titulación e Inscripción de Sociedades; Dirección General del Registro y Asuntos Jurídicos; Dirección General del Catastro Rural; Coordinación de Asesores y Delegaciones y las Unidades de Apoyo y Administración y la Contraloría Interna.
De acuerdo con las funciones de la Ley Agraria y el Reglamento Interior, se ha elaborado un inventario de servicios, desplegado 158 servicios que el Registro Agrario Nacional tiene que proporcionar, y si bien son sólo 13 de estos servicios que se solicitan con mayor frecuencia, tenemos que contemplar el conjunto para poder dar un servicio integral.
Hemos observado que en la medida en que la aplicación de la nueva reglamentación agraria avanza, la diversidad y frecuencia de los servicios que otorga el Registro se incrementan. Entre los servicios que se otorgan con mayor frecuencia, destacan los siguientes: expedición de constancias sobre esos asientos e inscripciones que obran en el ran (solamente en el mes de noviembre este seminario, este servicio, ocupó la cuarta parte de la demanda al Registro Agrario Nacional); expedición de copias certificadas; depósito de listas de sucesión; enajenación de los derechos ejidales; transmisión por derechos de sucesión y apertura de listas de sucesión, inscripción de reglamentos internos y estatutos comunales; inscripción de las actas de elección de los órganos de representación ejidal o comunal; inscripción de actas de sociedades rurales, mercantiles y civiles; de aceptación de ejidatarios; reconocimiento de posesionarios; elaboración, reconocimiento y registro de planos generales e internos de ejidos y comunales; inscripción de resoluciones judiciales o administrativas que crean, modifican o extinguen derechos ejidales o comunales e inscripción de actas de asamblea en las que se autoriza la adopción del dominio pleno a los ejidatarios.
Esos son los 13 servicios que con mayor frecuencia se demandan al Registro Agrario Nacional.
De acuerdo con lo previsto en el Artículo 56 de la Ley Agraria, corresponde al ran otorgar seguridad y certeza jurídica en la tenencia, mediante la expedición de certificados de derechos parcelarios, de uso común, así como de títulos de propiedad de solares urbanos. El universo de atención es aproximadamente de 30 mil núcleos agrarios, alrededor de 4.5 millones de campesinos y 103 millones de hectáreas. Al mes de noviembre, el Registro Agrario Nacional había expedido cerca de 3 millones 100 mil certificados a títulos originados en el Programa de Certificación de Derechos Ejidales, que amparan el derecho de más de 1 millón 330 mil campesinos de una superficie superior a los 25 millones de hectáreas. El avance de la regularización de los núcleos agrarios, por la vía del Procede, significará para el ran un incremento en la prestación de sus servicios, con el fin de garantizar información actualizada sobre la tenencia de la tierra y los derechos agrarios que permitan así la seguridad y certeza jurídicas.
Quiero mencionarles algunos resultados para que ustedes observen a nivel nacional, cuál es el volumen: al mes de noviembre se habían inscrito 209 solicitudes de ejidos para la adopción del dominio pleno, que involucran una superficie cercana a los 75 mil quinientas hectáreas; respecto de la inscripción de figuras asociativas, incluidas las sociedades
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