Libros Contables
Enviado por MONICAICA • 1 de Noviembre de 2014 • 2.360 Palabras (10 Páginas) • 299 Visitas
LIBROS CONTABLES
Los libros contables son los libros que deben llevar obligatoriamente los comerciantes y en los cuáles se registran en forma sintética las operaciones mercantiles que realizan durante un lapso de tiempo determinado.
Libros principales :
Llamados también mayores, y de acuerdo con las disposiciones legales, los comerciantes deben llevar los siguientes libros:
Libro de Inventarios y Balances
Al iniciar la actividad comercial, la empresa debe elaborar un inventario y un balance general que le permitan conocer de manera clara y completa la situación de su patrimonio, en este libro deben registrarse todos estos rubros, de acuerdo con las normas legales.
Legalidad contable:
Los libros de contabilidad deben conservarse por lo menos diez años, contados desde el cierre de aquellos o la fecha del último asiento o comprobante.
La información que debe contener este libro es:
La cantidad de artículos inventariados al inicio del periodo contable.(Generalmente son los inventarios y los activos fijos).
El nombre y código de las cuentas y las subcuentas que conforman los rubros anteriormente descritos.
El valor que corresponde al valor unitario de cada artículo.
El valor parcial de las operaciones.
El valor total correspondiente a cada cuenta.
Régimen Especial a la Renta
Los sujetos a éste régimen deben llevar Registro de Compras y Registro de Ventas e Ingresos. Además, deberán llevar un Libro de Planillas de Sueldos o Salarios, si contratan personal en relación de dependencia y un Libro de Retenciones señalado en el inciso e) del Artículo 34°- Decreto Legislativo 774, cuando contratan los servicios de trabajadores independientes con contratos de locación de servicios normados por la legislación civil.
Régimen Generalp
* A partir del ejercicio 2004 los libros contables que deben llevar los contribuyentes de este régimen son los siguientes:
- Registro de compras
- Registro de ventas e ingresos
- Libro de inventarios y balances
Adicionalmente, llevará los siguientes libros cuando corresponda:
- Registro de operaciones en consignación
- Libro de planillas
- Libro de retenciones (incisos e) y f) del artículo 34 de la Ley del Impuesto a la Renta)
- Registro de huéspedes* Los sujetos a éste régimen deben llevar libros y registros contables las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas, según lo detallado en el siguiente cuadro:
Además, deberán llevar un Libro de Planillas de Sueldos o Salarios, si contratan personal en relación de dependencia y un Libro de Retenciones señalado en el inciso e) del Artículo 34°- Decreto Legislativo 774, cuando contratan los servicios de trabajadores independientes con contratos de locación de servicios normados por la legislación civil.
Libro de inventarios y balances
El libro de inventarios y balances no es nuestro tradicional libro sino uno de diseño tributario. El contenido de este se encuentra regulado por la Resolución de Superintendencia Nº 071-2004/SUNAT (publicada el 26/03/2004), la cual estableció que este libro debe estar conformado por los siguientes anexos:
a) Anexo 1: "Balance de comprobación anual".
b) Anexo 2: "Detalle anual de saldos de las cuentas contables".
c) Anexo 3: "Control mensual de la Cuenta 10 - Caja y bancos".
d) Anexo 4: "Control anual de las cuentas 20 - Mercaderías y 21 - Productos terminados".
e) Anexo 5: "Control mensual de los bienes del activo fijo propios".
f) Anexo 6: "Control mensual de los bienes del activo fijo de terceros".
Estos anexos deben, a su vez, estar estructurados tal como se aprecia en los siguientes cuadros:
Según lo indica la norma, el anexo anterior debe ser elaborado de manera anual, pero, como puede deducirse de su contenido, tener esta información de movimiento anual hace obligatorio llevar tanto un libro diario como un libro mayor para poder anotar esos datos. El siguiente cuadro requiere información sobre composición de saldos de las siguientes cuentas (ver anexo 2):
Cuenta 12: Clientes.
Cuenta 16: Cuentas por cobrar diversas.
Cuenta 40: Tributos por pagar (desagregado a nivel de subcuentas).
Cuenta 42: Proveedores.
Cuenta 46: Cuentas por pagar diversas.
Cuenta 50: Capital social.
El tercer anexo pide información detallada mensual de la cuenta 10 Caja y bancos.
Este anexo debe contener el detalle, al último día calendario de cada mes, de la cuenta mencionada (ver anexo 3).
El cuarto anexo pide información de dos cuentas de existencias, la de mercaderías y la de productos terminados, el control de estas es anual y se efectuará al 31 de diciembre de cada año, debiendo contener la siguiente información:
El anexo 5 pide como información el movimiento mensual del activo fijo, este anexo debe contener el detalle, al último día calendario de cada mes, de los bienes del activo fijo que sean propiedad del contribuyente e incluirá la siguiente información mínima:
El anexo se muestra en dos partes por razones de espacio, pero debe elaborarse de corrido.
Finalmente, el anexo 6 solicita información de bienes que son activos fijos pero que pertenecen a terceros. La información solicitada es la siguiente:
En conclusión, luego de efectuar un repaso a las obligaciones contables de un contribuyente del régimen general llegamos a la conclusión que, en lo que se refiere al manejo de los libros contables, resulta más conveniente encontrarse en el régimen general del Impuesto a la Renta, pues para contar con la información que demandan estos anexos se deben contar con una contabilidad completa que procese las operaciones diarias del negocio.
Libro de ingresos y gastos
a) Para los que generan Rentas de Segunda Categoría
El Libro de Ingresos y Gastos deberá incluir mensualmente la siguiente información:
• Fecha de cobro, ingreso o puesta a disposición.
• Fecha de emisión del comprobante de pago.
• Inciso aplicable del artículo 24° de la Ley del Impuesto a la Renta.
• Número de serie del comprobante de pago emitido.
• Número del comprobante de pago emitido.
• Tipo de documento de identidad del sujeto que paga o pone a disposición la renta de segunda categoría (según ).
• Número del documento de identidad del sujeto que paga o pone a disposición la renta de segunda categoría.
• Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del sujeto
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