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Personalidad Jurídica


Enviado por   •  18 de Febrero de 2014  •  1.501 Palabras (7 Páginas)  •  252 Visitas

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LA PERSONALIDAD DEL ESTADO.

EL ESTADO: Es la organización jurídica de una sociedad bajo un régimen jurídico que se ejerce en determinado territorio.

Es una persona jurídica de derecho público, con una sola personalidad, regulada en su estructura por la Constitución y leyes administrativas secundarias.

PERSONALIDAD JURÍDICA DEL ESTADO: Es la investidura jurídica, la imputación de derechos derivados de una institución con fines específicos frente a una sociedad.

ELEMENTOS DEL ESTADO: Población (elemento material),

territorio y poder (elemento formal).

TEORIAS DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA DEL ESTADO:

La teoría de la doble personalidad y la teoría de la doble voluntad en una sola personalidad. Los que niegan que el estado tenga una personalidad y los que afirman que tiene una personalidad. Nuestra legislación acepta la teoría de una personalidad con voluntad doble.

VENTAJAS DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA DEL ESTADO:

- Resuelve el problema de la continuidad y perpetuidad estatal.

- Explica las relaciones patrimoniales entre la administración y los administrados.

-Configura la relación de poder a través de figuras jurídicas del obrar administrativo.

- Da lugar a la relación jurídico – administrativo.

DESVENTAJAS DE LA PERSONALIDAD DEL ESTADO:

-No las tiene por ser considerada como persona jurídica

PERSONALIDAD JURÍDICA DEL ESTADO

a) Doctrinas -SERRA ROJAS-

El problema de la personalidad del Estado, es uno de los más discutidos en la teoría del derecho público.

Las principales corrientes doctrinales, se pueden reducir a dos categorías: las que afirman y las que niegan dicha personalidad

Dentro del primer grupo existen varias tendencias: unas que suponen una doble personalidad del Estado; otras que suponen que, siendo única la personalidad, ella se manifiesta por dos voluntades, y finalmente las que sostienen que sólo existe una personalidad privada del Estado como titular de un patrimonio y no para el ejercicio del Poder Publico, pues en este aspecto el Estado no es titular de derechos sino un simple ejecutor de funciones.

La teoría de la doble personalidad del Estado sostiene la existencia de una personalidad de derecho público y otra de derecho privado: la primera como titular del derecho subjetivo de soberanía; la segunda como titular de derechos y obligaciones de carácter patrimonial.

Esta teoría, que es la admitida por la legislación y jurisprudencia mexicanas, es objetada porque ella implica una dualidad incompatible con el concepto unitario que del Estado tiene la doctrina moderna. Se afirma que la doble personalidad sería admisible sólo en el caso de que se demostrara la duplicidad de finalidades u objetivos del Estado.

La teoría de la personalidad única con doble voluntad, consiste en afirmar que, normalmente, el Estado desarrolla una actividad imponiendo sus determinaciones, en vista de que éstas emanan de una voluntad con caracteres especiales de superioridad respecto de los individuos, es decir, de una voluntad soberana; pero que en determinadas ocasiones no es necesario proceder por vía de mando, sino que el Estado puede someterse, y de hechos se somete, al principio que domina las relaciones entre particulares, o sea, al principio de la autonomía de la voluntad, principio que consiste en que ninguna persona puede por acto de su voluntad producir efectos respecto de otra si ésta no concurre manifestando su propia voluntad.

Esta teoría también ha sido objeto de varias impugnaciones, pues se sostiene que constituye una falta de lógica pensar en que una voluntad pueda tener caracteres diferentes; que en unos casos sea superior y que en otros sea igual a la de los individuos.

-MIGUEL ACOSTA ROMERO-

De lo expuesto en líneas anteriores, se puede afirmar:

-El Estado es una realidad social, a la que corresponde una realidad jurídica, que consiste en ser una persona jurídica colectiva de Derecho Público, capaz de ejercer derechos y cumplir obligaciones.

-Que esa personalidad jurídica surge en el momento en que el Estado es soberano e independiente

-Que esa personalidad jurídica es de Derecho Público y que está consagrada en la Constitución, al establecer su entidad como Estado Soberano, determinar su soberanía, sus órganos de gobierno o poderes, su territorio y la competencia de dichos órganos, así como su orden jurídico.

-Considera que esa personalidad es de Derecho Público y que es una sola y también una sola voluntad, que se expresa a través de los diferentes órganos que el sistema jurídico establece para que se emita la voluntad del Estado, en los diversos niveles de competencia que la propia Constitución ordena y que el Estado, aun aceptando una limitación a su soberanía, interna, cuando e regula por normas de Derecho Civil o algunas otras de que al mismo le corresponden, por lo que considera deben desecharse la doctrina de que el Estado tiene

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