RESUMEN OBLIGACIONES SEGÚN EL FIN PERSEGUIDO.
Enviado por DikzaGB • 24 de Marzo de 2014 • 486 Palabras (2 Páginas) • 482 Visitas
RESUMEN OBLIGACIONES SEGÚN EL FIN PERSEGUIDO.
* Medio
* Resultado.
OBLIGACIONES DE MEDIO. (Son caracterizadas porque el deudor no se compromete a obtener un determinado resultado, no garantiza ese resultado, la prestación está constituida por hechos o actividades del deudor que pueden producir o no determinado resultado).
Ejemplo: el médico y los abogados lo único que le tienen que garantizar a sus clientes es que van a realizar todo lo que esté en sus manos para lograr un fin, que lo beneficie a él como su cliente pero no le puede decir yo te garantizo que voy a ganar, porque nadie puede garantizar que va a ganar.
OBLIGACIONES DE RESULTADO. (Son aquellas en las cuales la prestación a que se obliga el deudor es un efecto específico, preciso y concreto de su actividad; la prestación es un fin en sí mismo, pues el deudor se compromete a obtener un determinado resultado).
Ejemplo: si yo mando a arreglar los frenos de mi carro, el señor mecánico no me puede arreglar el tren delantero, a pesar de que el tren delantero es una actividad que vale muchísimo más cara que los frenos entonces para que se cumpla la conducta el carro tiene que frenar, si el carro no frena eso trae como consecuencia el incumplimiento, el fin en sí es el resultado exigido.
3.- Según el carácter coactivo, las obligaciones se clasifica en
Jurídicas y
• Naturales:
JURÍDICAS: Se entiende las obligaciones dotadas de poder coactivo, es decir, aquellas por las cuales el acreedor tiene la facultad de obligar al deudor ante los órganos jurisdiccionales a cumplir.
NATURALES: Se denominan así por que no son de obligatorio cumplimiento para el deudor, quien es libre o no de ejecutarlas; el acreedor no puede pedir el cumplimiento forzoso al deudor mediante los órganos jurisdiccionales.
4.- Según las modalidades, las obligaciones pueden ser:
* Puras y simples,
* A término y
* A condición.
PURA Y SIMPLE: Es aquella que no está sometida a ningún tipo de pluralidad. (Son aquellas cuyo cumplimiento no depende de la ocurrencia o de ningún acontecimiento o modalidad. Deben cumplirse de inmediato).
A TERMINO: Es el acontecimiento futuro y cierto. Cuando yo digo “te hago un contrato de arrendamiento contado a partir del día 30-03-2006 al 30-03-2007, porque los lapsos se cuentan por día”.
CONDICIÓN (OBLIGACIONES CONDICIONALES): Es un acontecimiento futuro e incierto que significa incierto, que puede cumplirse o no, ejemplo le vendo mi carro, marca tal, modelo tal, de tal año, en tanto Bs. Siempre y cuando el 30 del mes que viene me traigan una camioneta que mandé a encargar de los EEUU, es decir, la camioneta tiene hasta el 20 de le mes que viene par allegar puede ser que llegue o no, esa es una condición, por eso condición al igual que término es una modalidad que se diferencia en que el término
...