Teoria Constitucional
Enviado por Paola4545 • 25 de Mayo de 2014 • 3.097 Palabras (13 Páginas) • 312 Visitas
FUNCIONES DEL ESTADO.
CAPITULO V.
TEORÍA DEL ESTADO
Con base en lo analizado en el capítulo anterior, de acuerdo al origen de la concepción de Estado por medio de factores sociológicos e históricos más relevantes, Vladimiro Naranjo se remite a hablar en este capítulo del Estado a nivel jurídico, planteando un punto de partida: Mediante qué operación jurídica se configura un Estado, exponiendo principales teorías sobre el fundamento jurídico del Estado, analizando sus atributos, analizando cuales son las bases jurídicas en las que se sustenta su permanencia y por último se analiza la relación entre el Estado y el derecho.
1) FUNDAMENTO JURIDICO DEL ESTADO.
Teniendo en cuenta la definición puntual que se hemos dado del Estado como “un conglomerado Social, política y jurídicamente organizado” se han generado una diversidad de teorías en cuanto a esta definición de Estado, en donde encontramos las más destacadas:
I. TEORIAS CONTRACTUALISTAS: Estas se remontan al pensamiento griego, con Protágoras (S.V. a.c) quien sostenía que “el origen del Estado fue una reunión de hombres libres, hasta ese momento”. Cabe destacar que esta corriente de teorías contractualistas con el tiempo se desarrolló más, destacando exponentes principales como Grocio, Puffendorf, Hobbes con “EL LEVIATAN”, sin embargo la de mayor influencia en la gestación de ideas liberales fue Locke y Rousseau con “LA TEORIA DEL CONTRATO POLITICO Y TEORIA DEL CONTRATO SOCIAL”.
II. TEORIA DEL CONTRATO POLITICO DE LOCKE: John Locke considerado como el padre del liberalismo, exponiendo su obra “Ensayo sobre el gobierno civil” parte de la base de la experiencia original del hombre en un “estado de naturaleza” del cual sale para formar la sociedad política mediante un convenio por el cual a cambio de su libertad como individuo, se le proporcionaba seguridad, acceso a tener propiedad privada, y derecho a elegir quien los represente y mande entre otras cosas, una vez determinado el número de hombres que constituyen una comunidad o gobierno, quedan automáticamente desde ese momento integrados, formando un cuerpo político, dentro del cual la mayoría tiene derecho a regir, cabe destacar que no habrá consenso por todos ,por ende el cuerpo político está basado en el consentimiento de la mayoría de quienes lo componen, concluyendo para Locke que la formación del Estado resulta de un acuerdo entre cuerpos políticos, reafirmando que el comienzo de la sociedad política depende del consenso delos individuos para reunirse e integrar una sociedad, una vez integrados dichos individuos, se establece la forma de gobierno que juzguen más apropiada. (la Carta Magna).
III. TEORIA DEL CONTRATO SOCIAL DE ROUSSEAU: Influenciado por Locke y Montesquieu, su teoría tuvo un gran impacto en el pensamiento Europeo y americano del S. XVIII y los movimientos liberales del S. XIX, puesto a que este autor afirmaba que “el hombre ha nacido libre, y sin embargo, en todas partes vive encadenado”, imponiendo su firme posición contra la esclavitud reflejada en su obra más destacada “Discurso sobre la desigualdad entre los hombres”, refutando a Grocio y a Hobbes de ante mano, partiendo de la base de que el hombre se encuentra en un “Estado de naturaleza” que muestra al hombre bondadoso y a la sociedad como principal razón de que el hombre se halla alejado de su estado natural, finalizando su discurso como conclusión plantea la violencia como recurso legitimo siempre y cuando se frente a la violencia déspota, reivindicando que su contrato social está basado en la reconciliación del individuo, ser natural, con la sociedad, cimentada en la educación y el derecho, siendo el contrato social un acuerdo de voluntades, donde existe un cuerpo político, denominado Estado, y asociados, denominados pueblo, como participes de la autoridad soberana y súbditos sometidos a las leyes del Estado, así, el Estado para Rousseau es la asociación política libremente fundada por los partícipes del contrato social, donde su soberanía es definida por la voluntad general de los contratantes; la suma de voluntades individuales; y la libertad primitiva es restituida por el cuerpo social.
IV. TEORIA DE LA FUNDACION Y DE LA INSTITUCION: Esta teoría principalmente expuesta por Maurice Hauriou, parte de que el Estado presenta caracteres de un organismo social estructurado, conformado y dirigido por un gobierno central para de esta manera cumplir el orden social y político, en donde los principales beneficiados serían los subordinados del Estado, constituyendo esencialmente un organismo social estructurado por medio de un contrato, caracterizado por un intercambio de consentimientos, y voluntades cruzadas y a su vez complementarias, definiendo que el contrato social y político, radica en creer que desde que aparecen elementos consensuales hay forzosamente un contrato, aclara que en realidad los organismos sociales se crean en virtud de una fundación acompañada y seguida de adhesiones por medio de la cual forman un organismo por procedimientos jurídicos, un funcionamiento que requiere una Idea rectora, poder organizado, grupo de individuos interesados en la realización dela idea, denominada “Institución”, de esta forma para Hauriou, el juramento jurídico de un estado después de estar en una fundación acompañada con adhesivos viene a dar forma a la constitución, que modifica las condiciones de vida jurídica del Estado .
2) LA PERSONALIDAD JURIDICA DEL ESTADO.
Una vez constituido el Estado, se produce de forma permanente un fenómeno en el cual el acto de ciertas personas van a comprometer de diferentes maneras la Estado mismo, definiendo que tanto el Presidente de la República como sus ministros o el agente de policía son considerados directamente personas Jurídicas. La idea del Estado como personalidad Jurídica fue expuesta originalmente por Hobbes, desarrollada por Locke, Pufendorf y Rousseau e impuesta por Jellinek, Gierke. M. Hauriou,y Dabin o Savigny; Actualmente esta idea es aceptada los tratadistas de derecho público como una “Ficción Legal necesaria” para otorgar al Estado el trato de sujeto de derechos u obligaciones para radicar en él el interés general estableciendo que la persona natural es el titular de dichas obligaciones, configurando a el hombre como fruto de su propia naturaleza poseedor de atributos exclusivos, reconociendo al Estado como ente superior de la organización social, y como personalidad jurídica.
I. MANERAS DE COMPRENDER LA PERSONALIDAD DEL ESTADO: Para los tratadistas alemanes consideran que la noción de la personalidad del Estado significa que es un ser jurídico distinto de quienes componen la Nación y el cuerpo nacional de los ciudadanos, tal cual afirma Esmein, entonces
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