TEORÍA DE LA CONSTITUCIÓN
Enviado por jomachape1012 • 19 de Enero de 2014 • Síntesis • 1.994 Palabras (8 Páginas) • 285 Visitas
TEMA I: TEORÍA DE LA CONSTITUCIÓN
1.1 Teoría de la Constitución
El poder público estatal, traducido dinámicamente en las funciones legislativas, administrativas y judicial, tiene como fin alcanzar los fines establecidos en la Constitución. Toda Constitución tien dos fines:
a) Organizar políticamente al Estado, y
b) señalar sus metas en los diferentes aspectos vitales del su elemento humano, que es el pueblo o nación.
En el primer caso la Constitución es primordialmente política; y en el segundo, social.
Así, la teoría de la Constitución debe referirse a la finalidad estatal que se actualiza en multiples fines específicos que cada estado en particular persigue y que se preconizan en su correspondiente ordenamiento jurídico o derecho fundamental.
La fuente vital del Estado es el derecho fundamental primario y éste, a su vez, se produce por la interacción de fenómenos de hecho registrados en la vida misma de los pueblos y en los que fermenta y se desarrolla su poder soberano de autodeterminación que culmina en el ordenamiento constitucional, y cuya expedición proviene de una asamblea de sujetos que ostentan la representación política, no jurídica, de la nación o de los grupos nacionales mayoritarios.
La representación popular, en el acto de producción de la Constitución, no es jurídica sino política, o sea, que su confección no está sujeta a reglas de derecho anteriores,
El bien común se ostenta como la tendencia esencial del derecho y de la actividad estatal a restringir el desempeño ilimitado de la potestad libertaria del sujeto. El bien común no consiste exclusivamente en la felicidad de los individuos como miembros de la sociedad, ni sólo en la protección y fomento de los intereses y derechos del grupo humano, sino en una equilibrada armonía entre los desiderata del hombre como gobernado y de las exigencias sociales y estatales. El bien común es la justicia social.
El concepto de Constitución presenta diversas acepciones. Se habla de Constitución social y de constitución política, así como de constitución en un sentido absoluto, relativo, positivo e ideal.
Según Mario de la Cueva, La Constitución vivida o creada es la fuente formal del derecho, y en verdad la única que posee el carácter de fuente primaria colocada por encima del Estado, porque contiene la esencia del orden político y jurídico, por lo tanto, la fuente de la que van a emanar todas las normas de la conducta de los hombres y las que determinan la estructura y actividad del estado.
Resumiendo, se puede decir que existen dos tipos de constituciones:
a) constitución real, ontológica, social y deontológica.
Implica el ser y modo de ser de un pueblo, en su existencia dentro del devenir histórico, la cual, a su vez, presenta diversos aspectos reales, tales como el económico, el político y el cultural primordialmente (elemento ontológico; así como el desiderátum o tendencia para mantener, mejorar o cambiar dichos aspectos (elemento deontológico o querer ser). Esta constitución se da en la vida misma de un pueblo como condición sine quan nom de su identidad (constitución real), así como en su propia finalidad (constitución teleológica), con abstracción de toda estructura jurídica.
(Ontológica: que está relacionado con la metafísica que estudia el ser y sus cualidades conceptos ontológicos. Es la rama de la metafísica que analiza las diferentes entidades fundamentales que forman y componen el Universo. Muchos de los interrogantes pertenecientes al pensamiento filosófico se corresponden con este estudio; algunos ejemplos son la eterna búsqueda de la verdad acerca de la existencia de Dios, de las ideas (entidad de tipo mental) y de los números (entidad abstracta)).
Deontología: concepto que procede de la lengua griega. Se utiliza para nombrar a una clase de tratado o disciplina que se centra en el análisis de los deberes y de los valores regidos por la moral. Se le conoce también como ética profesional.
La teleología (del griego τέλος, fin, y -logía) se refiere al estudio de los fines o propósitos de algún objeto o algún ser, o bien literalmente, a la doctrina filosófica de las causas finales. Usos más recientes lo definen simplemente como la atribución de una finalidad u objetivo a procesos concretos. El término teleología proviene de los dos términos griegos Télos (fin, meta, propósito) y Lógos (razón, explicación). Teleología puede ser traducido como «razón de algo en función de su fin», o «la explicación que se sirve de propósitos o fines». Decir de un suceso, proceso, estructura o totalidad que es un suceso o un proceso teleológico significa dos cosas fundamentalmente: a) que no se trata de un suceso o proceso aleatorio, o que la forma actual de una totalidad o estructura no es (o ha sido) el resultado de sucesos o procesos aleatorios; b) que existe una meta, fin o propósito, inmanente o trascendente al propio suceso, que constituye su /razón, explicación o sentido. En términos de cierta tradición filosófica, esto equivaldría a decir que dicha meta o sentido son la razón de ser del suceso mismo, lo que le justifica en su ser. Como se ve, el carácter teleológico de un suceso se opone a su carácter aleatorio. Sin embargo, de ahí no podemos deducir que teleológico y necesario (en su acepción epistemológica de legaliforme), sean coincidentes. Un suceso es necesario relativamente a un cierto marco de referencia si, dadas ciertas condiciones, es lógicamente imposible que dicho suceso no tenga lugar en la estructura ontológica de dicho marco. No obstante, decir de un suceso que es teleológico relativamente a un marco de referencia, significa que existe una tendencia, propensión, etc. en tal marco a desarrollar ciertas formas o estructuras que ceteris paribus (i.e., manteniendo ciertas variables constantes) tendrán lugar, y respecto a las cuales tal suceso es una fase, etapa o momento de su desarrollo.
Constitución real fue usado en el siglo pasado por Fernando Lasalle para designar a la estructura ontológica misma de un pueblo, es decir, su ser y su modo de ser.
Óntica: Lo que tiene ser o existe. Se distingue de ontológico, que se refiere al conocimiento del ser, a su esencia o a su naturaleza.
La constitución teleológica consiste en los objetivos de la constitución real, demarcados sustantivados y condicionados por los factores reales de poder. En la constitución real se encuentran la vasta problemática de un pueblo como resultante de una multiple gama de circunstancias
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