Teoría General del Proceso - La Acción Procesal
Enviado por Gregorio Euroza • 10 de Noviembre de 2017 • Ensayo • 1.968 Palabras (8 Páginas) • 659 Visitas
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Universidad de Quintana Roo.
Facultad de Derecho.
Teoría General del proceso.
“La Acción”
Gregorio Alejandro Euroza Avila.
ÍNDICE.
Resumen en Español…………………………………………………………………..1.
Abstract…………………………………………………………………………………..1.
Palabras clave en español..…………………………………………………………...1.
Key Words……………….……………………………………………………………….1.
Concepto gramatical y doctrinario…………………………………………………..2.
Teoría Tradicional o Clásica de la Acción Procesal………………………………3.
Teoría de la Autonomía de la Acción………………………………………………..3.
Elementos de Acción según la Teoría Tradicional y la Moderna………………5.
Referencias………………………………………………………………………………6.
Bibliografía……………………………………………………………………………….6.
Resumen.
En el siguiente ensayo tiene como finalidad analizar el concepto de “Acción” partiendo desde su concepto, su origen en la antigua roma, y la evolución que tuvo conformando las teorías que desarrollaron este derecho como hoy lo conocemos. Como siguiente punto aterrizaremos con los elementos que la conforman mediante la acepción de la palabra, culminando con una breve opinión acerca de la importancia de la materia “Teoría General del Proceso.
Abstract.
The purpose of this essay is to analyze the concept of "Action" based on its concept, its origin in ancient Rome, and the evolution that formed the theories that developed this right as we know it today. As a next point we will land with the elements that make it up by means of the word, culminating with a brief opinion about the importance of the subject "General Theory of the Process.
Palabras Clave.
Acción, autonomía, subjetivo, objetivo, derecho, general, facultad, teoría, moderna, clásica, procesal, proceso, potestad, justicia, autonomía, razón, jurídica, elementos, civil, penal.
Key Words.
Action, autonomy, subjective, objective, law, general, faculty, theory, modern, classic, procedural, process, power, justice, autonomy, reason, legal, elements, civil, criminal.
Concepto gramatical y doctrinario.
Las lenguas e idiomas en el mundo son bastante diversos y cada uno tiene su propia identidad, sin embargo, los términos jurídicos en el Derecho mexicano comparten un mismo origen proveniente del derecho romano, aunque poco a poco se ha ido perfeccionando.[1]
Según Ovalle Fabela, nos dice que la Teoría General del Proceso "Es la parte general de la ciencia del Derecho procesal, que se ocupa de los conceptos, principios e instituciones que son comunes a las diversas disciplinas procesales[2]. Con lo cual podemos concluir que la Teoría general del proceso, "es la parte general de la ciencia del Derecho procesal que se ocupa del estudio de los conceptos principio e instituciones que son comunes a todo proceso jurisdiccional.
Ahora bien, este ensayo está centrado en “la acción” y es necesario entender su concepto, elementos y teorías que la conforman. Las definiciones de acción procesal como cualquier otra definición de un objeto de conocimiento, ha sido objeto de estudio por los juristas, ha ello se debe que haya un sinnúmero de definiciones, lo que no deja de producir cierto subjetivismo.
La acción es un derecho subjetivo porque el actor tiene la prerrogativa de exigir de un sujeto obligado a realizar de una conducta de hacer. En la acción procesal interesa la conducta de una persona tanto física como moral, que origina la actuación del órgano con potestad para el desempeño de la función jurisdiccional, respecto de otro sujeto que habrá de adoptar, a su vez, una Acción Naturaleza Derecho a la aplicación de justicia Autonomía Iniciativa Impulso Derecho Constitucional Derecho abstracto de obrar en Polivalente Derecho de las partes Deber del Ministerio Público conducta de aceptación total o parcial, o bien de rechazo también total o parcial, y también de pasividad. Es decir, la acción procesal, es el poder jurídico que tiene todo sujeto de derecho, consiste en la facultad de acudir ante los órganos de jurisdicción, exponiendo sus pretensiones y formulando la petición que afirma como correspondiente a su derecho vulnerado[3].
La acción se origina en los aforismos del romano: nemo iudex sine actore (no puede existir un proceso sino hay un actor) y nemo procedat iudex iure ex oficio, es la evolución máxima del derecho romano. En la actualidad, la acción tiene su fundamento en la iniciativa, que es de carácter personal y en el poder de reclamar que es de carácter abstracto.
En términos generales iniciativa, más el poder de reclamar es igual a la acción, por lo tanto decimos que la acción procesal es un poder abstracto que da paso a un derecho completo para reclamar ante un tribunal. [4]
Teoría Tradicional o Clásica de la Acción Procesal.
Muchas son las teorías que se han expuesto a explicar la naturaleza de la acción procesal, pero todas ellas pueden incluirse en dos grandes corrientes doctrinales: la de la llamada teoría tradicional o clásica de la acción, y la que se conoce con el nombre de teoría moderna o de la autonomía de la acción.
Según Savigny, existen dos acepciones de la palabra acción: la primera como un derecho que nace con la violación de un derecho, en este sentido el derecho de acción es el conferido a la parte lesionada para la reparación de la violación de sus derechos. En este punto de vista general, se reconoce que toda acción implica necesariamente dos condiciones, un derecho en sí y la violación de este. Si el derecho no existe, la violación no es posible, y si no hay violación, el derecho no puede revestir la forma especial de una acción.
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