El Proceso Del Neohumanismo
Enviado por gabiotamd • 17 de Noviembre de 2012 • 1.365 Palabras (6 Páginas) • 553 Visitas
Lectura: "El Artículo 3o Constitucional" (L. Álvarez Barret y M. Limón Rojas)
a).- Las características de la educación pública en México.
El gobierno de Gómez Farías lleva a cabo varias acciones: se establece la Dirección General de Instrucción Pública, se dispone, la creación de establecimientos públicos destinados a la educación en el D.F., y se suprime la Universidad Pontifica. Se dicta la ley que establece la libertad de enseñanza.
Gómez Farías y Mora no alcanzan a consolidar su obra. Su actuación provocó en el sector conservador del país, una reacción propicia al retorno de Santa Anna. Será unos años después de la Revolución de Ayutla, al concluir el aventurerismo peculiar de tan notable personaje, que surgirían las condiciones para que el país sea testigo de uno de los actos de mayor relevancia y lucidez política que ha tenido México a lo largo de su historia: El congreso Constituyente de 1856-1857. Esta fue la primera gran experiencia parlamentaria que vivió la nación.
Tal fue el contexto en que se produjo la Constitución de 1857. El articulo relativo a la materia educativa quedaría comprendido como parte de un conjunto de preceptos denominados “derechos del hombre” dentro del espíritu propio del liberalismo clásico. Su texto sancionaría en términos muy escuetos el derecho del individuo a la enseñanza libre, sin prever todavía el derecho del Estado a regular la actividad de los particulares.
b).- Los aspectos del Artículo 3° Constitucional que han prevalecido hasta la actualidad.
“Art. 3º. La enseñanza es libre. La ley determinará qué profesiones necesitan titulo para su ejercicio y con qué requisitos se deben expedir”.
De acuerdo con los antecedentes ideológicos en que este texto se funda y en atención a los debates en los que se inspira, es posible atribuir a la expresión liberal del siguiente significado:
1º. El derecho universal de los mexicanos a recibir educación. El hombre como tal tenía el derecho a ser educado.
2º. El derecho a concurrir en la función de educar.
3º. El derecho a la libertad ideológica y científica en el terreno de la educación.
La constitución de 1857 representa el primer intento para sentar las bases de una verdadera separación entre el Estado y la Iglesia. Si se deseaba una nación independiente y una autentica separación entre la Iglesia y el Estado, era necesario actuar con firmeza, por lo que el Estado se vería obligado a definir su intervención en la vida social, exaltando el laicismo frente a otros valores liberales.
c).- Define el concepto de laicismo y sus diferentes interpretaciones.
El proyecto presentado por el primer jefe, sugería para el nuevo contenido del artículo 3º, lo siguiente:
“Habrá plena libertad de enseñanza; pero será laica la que se de en los establecimientos oficiales de educación, y gratuita la enseñanza primaria, superior y elemental que se imparta en los mismos establecimientos”
En la sesión del 2 de diciembre de 1976 los miembros de la Comisión puntos constitucionales dieron lectura a un dictamen en que expresaba categóricamente su desacuerdo con el proyecto. Al tiempo que discrepaba del texto que le había sido propuesto, la Comisión sometía a consideración del Congreso su propia propuesta.
El texto aprobado se encontraba redactado como:
“La enseñanza es libre pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, los mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares”
“Ninguna corporación religiosa, ni ministro del algún culto, podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial”
“Las escuelas primarias sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial”
“En los establecimientos oficiales se impartirá gratuitamente la enseñanza primaria”
El debate sobre el artículo tercero había sido de gran importancia para el Congreso Constituyente. Se tuvo clara conciencia de que legislar en materia de educación exigía tener en cuenta ideales pero también realidades y no dejar de considerar el mundo de la familia, el trabajo y la comunidad.
Son los artículos 3º, 27º, y 123º los que dan cuerpo doctrinario autentico y singular a nuestro documento fundamental. La Constitución de 1917 resulta un documento orientado hacia la creación de un
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