ARTICULO 1-89 LEY ADUANERA
Enviado por Karlagtzc • 26 de Noviembre de 2017 • Trabajo • 852 Palabras (4 Páginas) • 301 Visitas
DERECHO ADUANERO: Es el conjunto de normas jurídicas que se regulan por un ente administrativo, las funciones del estado en relación con el comercio exterior de la entrada y salida de mercancías, el medio de transporte y las personas que intervienen.
AUTORIDAD ADUANERA: La autoridad aduanera el AGA (administración general de aduanas) y esta depende del SAT (servicio de administración tributaria).
MERCANCÍA CON PRECIO ESTIMADO:
- Textiles
- Calzado
- Automóviles usados
ADUANAS MÁS IMPORTANTES EN MÉXCIO:
- Manzanillo
- Nuevo Laredo
- Veracruz
- Ciudad de México
REQUISITOS PARA IMPORTAR:
- Estar al día con sus obligaciones fiscales (FIEL)
- Estar Inscrito en Padrón General de importadores
- Estar registrado en VUCEM
- Definir el Régimen aduanero
- Cumplir con regulaciones y restricciones no Arancelarias
- Definición de sus productos, fracciones arancelarias y catalogo
REQUISITOS PARA EXPORTAR:
- Estar al día con sus obligaciones fiscales
- Padrón de exportadores Sectorial en algunos casos (tequila)
- Cumplir con regulaciones y restricciones no arancelarias
- Estar registrado en VUCEM
RECINTOS FISCALES: es donde las autoridades aduaneras realizan almacenaje, custodia, carga y descarga y manejo de las mercancías de comercio exterior, así como el despacho aduanero (ADUANA)
RECINTOS FISCALIZADOS: Inmuebles ubicados dentro de los recintos fiscales que el SAT otorga particulares para que presten los servicios de manejo, almacenaje y custodia de las mercancías (BÓDEGAS)
DEPÓSITO ANTE LA ADUANA: Es el ingreso y permanencia obligatorios de las mercancías en los recintos fiscales o recintos fiscalizados bajo la protestad de la autoridad aduanera.
QUE SE PUEDE LE HACER A LA MERCANCÍA DENTRO DE LOS RECINTOS FISCALES: actos de conservación, examen, tomas de muestras, análisis de laboratorio, vigilancia, etiquetado, marcado y colocación de leyendas de información comercial, revisión, corrección de pedimento.
OBLIGACIONES DE LOS RECINTOS FISCALIZADOS: Recibir, custodiar y almacenar las mercancías, respetar a la autoridad aduanera, aplicar medidas de seguridad, entregar mercancías embargadas al Fisco Federal, Dar aviso a las autoridades cuando la información dada no coincida o exista una falta de pago.
CAUSARÁN ABANDONO EN FAVOR DEL FISCO FEDERAL CUANDO:
- Cuando los interesados así lo manifiesten
- Cuando no se retire durante 3 MESES en caso de ser EXPORTACIÓN
- 3 DÍAS cuando sean mercancías explosivas, inflamables, contaminantes, radioactivas o corrosivas, perecederas, de fácil descomposición y de animales vivos.
- 2 MESES en los demás casos.
- 3 MESES después del día siguiente de cuando hayan salido del puerto para equipo especial que las embarcaciones utilicen para facilitar maniobras.
DÍAS GRATUITOS EN LOS RECINTOS FISCALIZDOS: 2 Días si fue en vía aérea y 7 días si fue por vía terrestre, cada que cambien de recinto fiscalizado dentro del recinto fiscal el conteo de los días vuelve a empezar.
LEY EN DONDE SE ENCUENTRA LA TARIFA DEL TIGIE: LIGIE (Ley General de los Impuestos de importación y Exportación)
BASE GRAVABLE: valor de transacción (valor comercial) + Incrementables
TASA AD VALOREM: es el arancel al comercio exterior (un porcentaje ejem. 20%)
TASA ESPECÍFICA: por ejemplo, cuando por cada kilo de azúcar se paga un porcentaje, es un impuesto por algo específico
TASA MIXTA: cuando se juntan las dos tasas, ejemplo chocolate en polvo (chocolate y azúcar)
CUENTAS ADUANERAS DE GARANTÍA: sirven para garantizar mediante depósitos el pago de las contribuciones y cuotas compensatorias que pudieran causarse con motivo de las operaciones de comercio exterior. TIENE VIGENCIA DE 6 MESES.
RACTIFICACIÓN DE PEDIMENTOS: Los datos contenidos en el pedimento se podrán modificar mediante la rectificación de dicho pedimento. Los contribuyentes podrán rectificar los datos del pedimento el número de veces que sea necesario antes de que se active el mecanismo de selección automatizado.
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