Arbitraje
Enviado por • 6 de Junio de 2015 • 4.690 Palabras (19 Páginas) • 614 Visitas
CASO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE CANDELA VS. LA FEDERACIÓN DE CLONALIA
MEMORIAL DE LOS REPRESENTANTES DE LA FEDERACIÓN DE CLONALIA
Integrantes:
Sava Morellia
García Diego
Córdova Renzo
Flores Pamela
Rodríguez Rusmil
Mantilla Ruy
Vidal Franco
Suarez Nicolás
Guizar Rubi
Estrada Yohei
CONTENIDO DEL MEMORIAL
1. EXPOSICIÓN DE HECHOS
2. EXCEPCIÓN PRELIMINAR DE ADMISIBILIDAD
A. EXCEPCIÓN PRELIMINAR DE COMPETENCIA
3. CUESTIONES SUSTANTIVAS O DE FONDO
A. LA FEDERACIÓN DE CLONALIA NO ES RESPONSABLE POR LAS SUPUESTAS VULNERACIONES DE DERECHOS HUMANOS DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE CANDELA QUE TIENEN LUGAR EN LA REPÚBLICA DE MARSILI
B. LA FEDERACIÓN DE CLONALIA NO QUEBRANTÓ LOS ARTÍCULOS 8; 13; 22 Y 25 DE LA CADH AL NEGAR EL ESTATUS DE REFUGIADOS Y ORDENAR LA CONSECUENTE DEPORTACIÓN DE LOS SOLICITANTES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE CANDELA QUE TIENEN LUGAR EN LA FEDERACIÓN DE CLONALIA
4. PETITORIO
EXPOSICIÓN DE HECHOS:
1. El Estado Marsili es una república democrática, independiente y centralizada, cuya emancipación fue conquistada en 1967 vía referéndum, en donde sus habitantes declararon su independencia de la Federación Clonalia (en adelante Clonalia).
2. La República de Marsili (en adelante Marsili) se encuentra ubicada en el Océano Pacífico y está compuesta de 16 atolones y una isla principal llamado Theodore. Es un país pequeño, por lo que, según cifras oficiales, posee una superficie de 358 km2 (kilómetros cuadrados), con una población aproximada de 317.230 habitantes. Asimismo, debemos mencionar que según estándares internaciones Marsili cuenta con altos niveles de pobreza.
3. Marsili ha sufrido continuos desastres naturales, principalmente en la Comunidad Campesina de Candela (en adelante La Comunidad), la cual se encuentra ubicada en la región norte de la isla de Theodore. Estos desastres son el resultado de la gran desventaja geográfica que posee ya que, el clima de Marsili, se rige en virtud de sistema de monzones, los de verano, que se dan de Mayo a noviembre y que no traen precipitaciones y; los de invierno, que son los que afectan de mayor manera a la comunidad.
4. Marsili, debido a ser el país con la menor altura respecto del nivel del mar supone estar en una situación de grave vulnerabilidad frente a la problemática del cambio climático producida (no solo por la emisión de gases de efecto invernadero sino por todo tipo de contaminación ambiental que conlleve a la desnaturalización de la tierra), ya que al elevarse el nivel de las aguas de los mares producidas por el deshielo de los grandes glaciares la superficie va siendo sumergida. Por ello es que Marsili, al realizar diversas actividades vinculadas a las emisiones de gases de efecto invernadero antropogénicos, ha ratificado diversos tratados, con el compromiso de reducir la emisión de gases que agravan el efecto invernadero por el bien no solo de ellos sino por haber tomado consciencia de la gravedad de la situación ambiental en este momento.
5. Esta situación ha generado constantes flujos migratorios de la población de Marsili, tanto dentro como fuera del país. Actualmente 14000 personas viven en campamentos temporales a las afueras de Samantha (núcleo urbano de Theodore), a la espera de una reubicación definitiva.
6. En octubre del año 2013, un grupo de 23 familias de la Comunidad llegó a Clonalia entrando de manera irregular en el país y sin hacer registro migratorio, iniciaron el procedimiento de petición de reconocimiento del estatus de refugiado por razones ambientales ante las autoridades de Clonalia, alegando la pérdida de sus tierras por la subida del nivel del mar. El Ministerio del Exterior de Clonalia inadmitió la petición por ausencia de solicitud válida ordenando que las autoridades migratorias iniciaran el proceso de deportación de las familias, en el marco del cual fue necesaria la detención de las mismas todo esto debido a que el Ministerio del Exterior de la Federación de Clonalia entiende que los temas de refugio por causas ambientales no deben ser confundidas con los temas estrictamente migratorios.
7. Después de recibir información acerca de la orden por la prensa, las familias se refugiaron en la Embajada de la República Marsili en Clonalia mientras que otras familias huyeron con rumbo desconocido.
8. Debido a la tensión política generada, Clonalia designó una Comisión de Expertos Nacionales (en adelante CEN) para estudiar si la situación de los territorios insulares afectados por la subida del nivel de mar podía suponer un riesgo para la vida que pudiese eventualmente justificar una concesión de asilo. El estudio pretendía orientar futuras decisiones políticas migratorias de Clonalia y no pudo ser completamente publicado por razones de seguridad nacional.
I. EXCEPCIONES PRELIMINARES:
A. Competencia de la Corte:
9. Clonalia. interpone excepción preliminar, de conformidad con el artículo 52 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, el Reglamento de la Corte), considerando que, en razón a la materia (ratione materiae), La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, la Corte o la Honorable Corte), no es competente para conocer acerca de la supuesta vulneración del derecho a un medio ambiente sano, consagrado en el artículo 11 del Protocolo de San Salvador (en adelante, PSS) de los miembros de la Comunidad Campesina de Candela, así como tampoco es competente para conocer acerca de las alegadas violaciones de los derechos humanos a la integridad física, propiedad privada y desarrollo progresivo de los miembros de la Comunidad, reconocidos en los artículos 5; 21 y 26 de la Convención Americana de Derechos Humanos (en adelante, CADH o la Convención)
10. En efecto, el artículo 62.3 de la CADH, señala que la Corte tiene competencia para conocer de cualquier caso relativo a la interpretación y aplicación de las disposiciones contenidas en su propio texto, que sean sometidas a su conocimiento(1).
Por su parte, el artículo 19.6 del PSS, ha establecido que en los casos que involucren la vulneración de los derechos reconocidos en el párrafo a) del artículo 8 (derecho de sindicación) y del artículo 13 (derecho a la
1. Siempre, agrega dicho artículo, que los Estados partes en el caso hayan reconocido
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