Articulo Tributario
Enviado por Gilberhrey • 9 de Marzo de 2014 • 535 Palabras (3 Páginas) • 187 Visitas
TODO LISTO PARA EL PAGO DE IMPUESTOS
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), prescribió y habilitó a partir de la fecha y de manera gratuita en su portal web www.dian.gov.co, los formularios No. 140, 300, 310, 350, 360, 410, 430 y 490, para su diligenciamiento y presentación, bien sea de forma virtual o ante alguna de las entidades autorizadas para recaudar, en cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al año gravable 2014, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto Tributario.
La Entidad hace un llamado a los contribuyentes para que procuren mitigar los errores a la hora de diligenciar las declaraciones, revisando antes de ser presentadas, toda vez que el servicio virtual de corrección solo estará habilitado a partir del próximo 26 de febrero.
Los formularios que prescribe la mencionada resolución y que son de uso obligatorio, corresponden a los siguientes compromisos tributarios:
140 - Declaración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE, para el año gravable 2013 y fracción del año gravable 2014.
300 - Declaración del Impuesto sobre las Ventas - IVA correspondiente al año 2014.
310 - Declaración del Impuesto Nacional al Consumo correspondiente al año 2014.
315 - Declaración del Régimen Simplificado del Impuesto Nacional al Consumo, correspondiente al año gravable 2013.
350 - Declaración Mensual de Retenciones en la Fuente y Retenciones al Impuesto sobre las Ventas – IVA, correspondiente al año 2014.
360 - Declaración de Autorretenciones en la Fuente del CREE correspondiente al año 2014. Para esta obligación las tarifas que aplican entre el 1 y el 8 de enero son 0.3, 0.6 y 1.5 y del 9 de enero en adelante 0.4, 0.8 y 1.6.
410 - Declaración Semanal Gravamen a los Movimientos Financieros correspondiente al año 2014.
430 - Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM correspondiente al año gravable 2014. En el cual debe tenerse en cuenta el ajuste a los valores.
490 – Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales, el cual deberá utilizarse por todas las personas jurídicas que efectúen pagos por concepto de impuestos, retención y sanciones.
La DIAN también habilitó hasta agotar existencias algunos formatos prescritos e impresos para vigencias anteriores, como el Modelo 400 para Liquidar y Consignar el Aporte Especial de las Notarías para la Administración de Justicia y en el caso de los Movimientos Financieros, el utilizado para la presentación extemporánea y/o de corrección de esta declaración correspondiente al sexto (6) período del año gravable 2012 y anteriores, por lo que los contribuyentes deben asegurarse de los formatos para presentar su obligaciones y cuándo es de obligatorio cumplimiento el pago a través de los Sistemas
...