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CASO EXPORTADORES - REORGANIZACION EMPRESARIAL.


Enviado por   •  7 de Mayo de 2016  •  Apuntes  •  2.101 Palabras (9 Páginas)  •  623 Visitas

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IVA EXPORTADOR

Profesor: Daniel Montecinos

Programa: Contador Público Auditor

Presentado por:

Francy Martínez

Carolina Mena

Santiago de Chile, Diciembre  de 2015

CASO EXPORTADORES  - REORGANIZACION EMPRESARIAL

Minera  Chile S.A  es una Sociedad anónima cerrada, constituida y domiciliada en Santiago de Chile,  según escritura pública de fecha  20 de enero del 2003, celebrada ante don Eduardo Avello Concha, Notario Público titular de la 27° Notaria de Santiago, Repertorio N° 3888-2003. Sus accionistas son International Minerals, Rut 58.111.111-1, constituida y existente conforme a las leyes de la República de Panamá, y Holdings Minerals Rut 59.222.222-2, constituida y existente conforme a las leyes de las Islas Vírgenes Británicas  (BVI), ambas representados por don Francisco Zañartu Irarrazábal Rut 8.000.000-1, de profesión abogado.

En dicha escritura quedo estipulado como objetos sociales a) La exploración, desarrollo y explotación de yacimientos mineros y la extracción, procesamiento y comercialización de minerales; b) la compra y arrendamiento de concesiones mineras, para exploración y/o explotación; c) participar en cualquier clase de sociedades o Joint Venture dedicados a la exploración, desarrollo, explotación y comercialización de cualquier tipo de depósitos de minerales y concesiones mineras y; d) todos los demás negocios que todos los accionistas acuerden.  Asimismo, se indicó que el capital de la sociedad es la suma de $100.000.000.- divididos en 100.000 acciones de la misma clase y serie, sin valor nominal, las que se encuentran totalmente suscritas y pagadas entre los accionistas, bajo la siguiente estructura; Holdings Minerals suscribe y paga en efectivo 40.000 acciones equivalentes a $40.000.000, que representan un 40% de participación en el capital social. Por su parte, International Minerals  suscribe y paga 60.000 acciones mediante el aporte de Pertenencia Minera “Minera Uno” Inscrita a fojas 111 vta. N° 11 del Registro de Propiedad del año 2003, del Conservador de Minas de Antofagasta, representado el 60% de participación en el capital social. El aporte de esta pertenencia se determina de común acuerdo por las partes en la suma de $60.000.000.

De esta manera  Minera Chile S.A. se hace partícipe del grupo empresarial “Paraísos Mineros”

La sociedad Minera Chile S.A., ha sido objeto de diversas modificaciones a sus estatutos, principalmente en lo que dice relación con aumentos de capital. Sin embargo, una de las modificaciones más relevante fue aquella efectuada el día 30 de Diciembre de 2009, ante la Notaría de don Patricio Zaldivar Mackena, Titular de la Décima Octava Notaría de Santiago, conforme a Repertorio N° 77777-9, en la que se redujo a escritura pública el extracto del Acta de Junta General  Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Minera Chile S.A., celebrada con fecha 15 de Diciembre de 2009. En dicha modificación se acordó transformar la sociedad de “Sociedad Anónima” a “Sociedad Contractual Minera”, la cual se rige por el Código de Minería. Además, se acordó cambiar la razón social de la sociedad de Sociedad Minera Chile S.A. a SCM Minera Chile.

Adicionalmente, se comunicó oportunamente al Servicio de Impuesto Internos de dicha modificación, cumplimiento con todos los requisitos legales y administrativos establecidos.

El proyecto que desarrolla la empresa minera, se encuentra a 105 kilómetros al sureste de Copiapó en la Región de Atacama y 800 kilómetros al norte de Santiago. Este, es un yacimiento de baja ley, el que actualmente se encuentra en proceso de exploración, del cual se pretende producir cátodos de cobre, concentrado de cobre y concentrado de molibdeno.

Si bien, la sociedad actualmente se encuentra en el proceso de exploración, proceso que es altamente costoso, ya que requiere  efectuar perforaciones para determinar el diámetro y profundidad del yacimiento, siendo necesario, incluso, la construcción de túneles para confirmar la continuidad del yacimiento. Además, esta actividad requiere de una cuantiosa inversión en bienes de capital, tales como maquinarias y equipos.

Sin embargo, el actual modelo de negocios que ha instaurado el directorio del grupo empresarial “Paraísos Mineros”, consiste en la creación de diversas sociedades, con el objeto que sean estas las encargadas de prestar todos lo servicios relacionados con el proceso de exploración a SCM Minera Chile, servicios tales como, proceso de sondajes, movimientos de tierra, etc. Esta figura, ha generado que  SCM Minera Chile haya acumulado una gran cantidad de remanente de IVA crédito fiscal, durante todo el proceso de  exploración que ha sido objeto.

El gran flujo financiero ha generado que durante todos estos años SCM Minera Chile, haya generado pérdida tributaria y registre actualmente en sus cuentas de  activos “IVA Crédito Fiscal” la cantidad de $5.00.000.000. Debido a lo incierto que es el proceso de exploración Minera, actividad que es altamente riesgosa ya que la probabilidad de tener éxito en una exploración minera es bastante remota, (se habla de una relación de un caso exitoso versus doscientos fracasos, algo así como un 0,5% de probabilidades de encontrar mineral), es que el Directorio tiene la intención de recuperar estos flujos financieros a través de un proceso de reorganización empresarial. Luego de diversas asesorías tributarias, se toma la decisión de realizar una fusión propia con SCM Explotadora Minera Chile, perteneciente al mismo grupo empresarial “Paraísos Mineros”.

Sobre SCM Explotadora Minera Chile,  se puede señalar que corresponde a una sociedad constituida y domiciliada en Chile, cuya actividad principal es la minería y actualmente se encuentra en proceso de explotación, por lo que cuenta con una importante inversión en activo fijo, la que representa alrededor del 50% de los activos y su capital corresponde a inversionistas extranjeros.  El material que logra extraer es destinado completamente a la exportación, siendo sus principales países compradores China y Ecuador,  por lo que solicita en forma mensual la devolución de IVA Exportadores, conforme al artículo 36 del D.L. 825, de 1974, que contiene la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, ya que cumple todas las disposiciones establecidas en el D.S. 348 de 1975, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

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