CASO PRÁCTICO EDITORIAL UNIVERSO – Resolución
Enviado por MayCampoverde • 6 de Junio de 2018 • Ensayo • 2.363 Palabras (10 Páginas) • 532 Visitas
CASO PRÁCTICO EDITORIAL UNIVERSO – Resolución
Identifica y explica brevemente:
Ítem 1. Al final de cada reunión, los ejecutivos de las empresas involucradas en la operación de compraventa firmaban un documento que plasmaba las obligaciones hasta entonces asumidas. Antes de la celebración del contrato, los negociadores españoles se percataron que había un importante conflicto de leyes (incidentes sobre esas obligaciones) entre España y Brasil y solicitaron la ayuda profesional de un asesor de empresas, que afirmó que ese conflicto normativo sería dirimido por los criterios contemplados por el reglamento Roma I. Con base en estas informaciones responde de forma fundamentada si esa orientación es correcta.
“El Reglamento (CE) N 593/2008 del Parlamento y del Consejo sobre ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I) supone la unificación de las normas de conflicto en materia contractual para toda la Unión Europea que la legislación nacional deberá aplicar en materia civil y mercantil cuando afectan a más de un país y que debe ser aplicable para todos aquellos acuerdos celebrados a partir del 17 de diciembre de 2009.”[1] En relación al Editorial Universo, el acuerdo es firmado el 25 de abril del 2011, por tanto este reglamento es aplicable y la asesoría es correcta con respecto a este documento.
Mediante el Art. 1 se puede aplicar las normas de conflicto a las obligaciones contractuales en materia civil y mercantil, en las situaciones que impliquen un conflicto de leyes ya que la regulación aplica a todos los contratos internacionales y desplaza a las normas nacionales en la materia y al tener presente el Art. 2 “La ley designada por el presente Reglamento se aplicará aunque no sea la de un Estado miembro”[2], la editorial española puede realizar la negociación con la editorial brasileña ya que con este principio se da solución al problema de dispersión en la normativa para determinar el Derecho aplicable a un contrato.
Para la libertad de elección, los contratantes deben escoger una ley estatal, constitucionalmente facultados para ello, “con el reconocimiento de la autonomía se intenta superar la concepción asumida según la cual se entendía que las reglas de conflicto eran imperativas y no podían derogarse por acuerdo entre las partes”[3] . En este caso la tendencia va dirigida a dejar en plena libertad a los contratantes, de manera que pueden escoger cualquier ley estatal, refiriéndose a las normas materiales vigentes en el respectivo Estado, excluyendo de éstas las normas de conflicto.
Es importante que la Ley aplicable a la falta de elección se determine de forma clara cómo se debe regir los contratos entre las partes y cuál es la legislación del país que se aplicará, y será con el que presente vínculos más estrechos para garantizar la certeza del resultado.
Ítem 2. ¿La Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías sería aplicable si, en vez de acciones, la operación realizada con la Editorial Paraná contemplara bonos y debentures?
La Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías de 1980, que es aplicable en España y 79 estados que la han adoptado, menciona que se aplicarán las normas contenidas en los artículos 1 y 2 si las partes son de estados diferentes y ambos son estados contratantes del convenio o si las normas de derecho internacional privado establecen la aplicación de la ley de un estado que forma parte de la Convención.
Según lo indicado no sería aplicable la operación de compra de bonos y debentures.
La Naturaleza jurídica de los bonos: El bono, es una de las formas de materializarse los títulos de deuda, de renta fija o variable emitidos en este caso por una empresa con el objetivo de obtener fondos directamente de los mercados financieros donde el emisor se compromete a devolver el capital principal junto con los intereses.
Naturaleza jurídica de los debentures: Estos títulos negociables son emitidos por sociedades que contraen un empréstito importante, su emisión constituye en la mayoría de los casos un recurso a largo plazo, que origina para la sociedad emisora la carga de pagar un interés fijo y de amortizar la deuda en los plazos convenidos.
La aplicación del Convenio de Viena de acuerdo a lo que establece el Art. 1 se aplicará a los contratos de compraventa de mercaderías entre partes que tengan sus establecimientos en Estados diferentes, sin embargo, la misma no es aplicable de acuerdo al Art. 2, literal d.
A pesar de la antigüedad de este cuerpo de reglas, el Estado brasileño solamente inició su proceso de adhesión en octubre de 2012 cuando el texto fue aprobado por el Congreso Nacional y entró en vigor el 1 de abril de 2014, siendo Brasil el 79º Estado parte de la Convención de Viena.
Ítem 3. ¿Qué recomendarías como magister a la sociedad Breton: comprar acciones de la empresa Editorial Paraná o crear una joint venture? Justifica tu razonamiento.
La opción recomendada a la sociedad Bretons, es realizar una joint venture.
Es viable para ambas empresas ya que cada una va a seguir operando su negocio de manera independiente, los beneficios o pérdidas en el respectivo momento se reportarán en la cuenta de resultados de cada uno. El objeto es variado, y se necesita un aporte económico que permita mejorar la optimización de los gastos de manera eficiente, esto forma parte de la estrategia colaborativa en el aspecto económico, compartir riesgos y costos.
La estrategia a perseguir para Editorial Universo, es generar una competencia más eficiente, abarcando nuevos mercados y logrando la expansión y consolidación y de esta manera aumentar la rentabilidad económica, incrementar el número de clientes y por ende generar mayores posibilidades de competencia, enfocados en la estrategia de aumentar las ventajas competitivas, como recurso empresarial compartiendo carga de trabajo manejando mayor y mejor información.
Al cumplir con los objetivos estratégicos planteados y que Editorial Paraná tenga mayor estabilidad, se podría pensar en la compra de acciones, con ello como inversionistas adquieren derechos económicos y corporativos.
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