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CASO PRÁCTICO 2 - FUSIÓN


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2014  •  306 Palabras (2 Páginas)  •  512 Visitas

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Determinar la deuda aduanera que se generaría por la importación y

despacho a consumo de esta mercancía en España, sabiendo que sobre

la misma existe un arancel “ad valorem” del 15%, explicando

razonadamente el proceso y los pasos seguidos.

La deuda aduanera es la obligación que tiene una persona física o jurídica de pagar el

importe de los derechos de importación o de exportación, aplicables a las mercancías

sujetas a tales derechos, con arreglos a las disposiciones comunitarias vigentes.

En particular, la deuda aduanera de importación, que se aplica a las mercancías que

entran en el territorio aduanero comunitario. Los derechos de importación comprenden

los derechos de aduana y las exacciones de efecto equivalente aplicables a la

importación de mercancías y las exacciones agrícolas y otros gravámenes a la

importación, establecido por la PAC y otro regímenes específicos aplicables según el

tratado Constitutivo de la Unión Europea.

A ésto, hay que sumar el hecho imponible de los derechos a la importación, ósea la

entrada definitiva y temporal de las mercancías en el territorio aduanero.

Para calcular la deuda aduanera a esa base imponible hay que aplicarle el tipo de

gravamen vigente en cada momento según el TARIC.

Según el incoterm pactado (FAS OSAKA PORT TERMINAL XX, INCOTERMS

2010), la mercancía se entrega al costado del buque despachada de aduana de

exportación. La empresa importadora corre con el resto de los gastos, por lo tanto la

mercancía puesta en España, según los datos dados, es la suma de los tres conceptos

(valor máquina 20.000,00 EUR = 2.757.530,00 JPY + flete y seguro 300.000 JPY +

estiba 10.000), que daría un total de 3.067.530 yenes (22.248,39 EUR). Si a eso le sumo

el arancel ad valorem de 15%, la deuda sería 460129,5 JPY (3.337,26 EUR).

Al despacharse en España, la sociedad española tendrá que añadir el IVA del 21%, por

lo que el precio total a pagar será de (3527659.5 x 21/ 100 = 740808.495 JPY de IVA

/5.372,99 EUR/) 4268467,995 JPY (30.958,63 EUR).

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