CONCEPTO DE REGISTRO DE COMPRAS, VENTAS Y LIBRO DIARIO
Enviado por amosl • 27 de Marzo de 2014 • 1.396 Palabras (6 Páginas) • 15.142 Visitas
“Año De La Integración Nacional Y El Reconocimiento De Nuestra Diversidad”
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONIA PERUANA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y DE NEGOCIOS
Escuela Profesional De Contabilidad
CATEDRA : CONTABILIDAD II
CATEDRATICO : CPC. PASQUEL ARBILDO, MIGUEL
ESTUDIANTES : SIQUIHUA MEDINA, NILDA
NIVEL : I
CICLO / SEMESTRE : II / II _ 2012
FECHA DE ENTREGA : MIERCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2012
REQUENA LORETO
PERU
REGISTRO DE COMPRAS
1. DEFINICIÓN El Registro de Compras es un libro auxiliar obligatorio de foliación simple o doble en el se anotan las compras de bienes y servicios que constituyen la actividad principal del negocio y las otra conexas que también son objeto de aplicación del impuesto general a las ventas.
Se deberá emplear el Formato 8.1: “Registro de Compras”, el mismo que tendrá los siguientes datos de cabecera:
- Denominación del Libro
- Periodo y/o ejercicio
- N° de RUC
- Apellidos y Nombres y/o Razón Social
El plazo de atraso en la llevanza de este registro es de diez (10) días hábiles contados desde el primer día hábil del mes siguiente a aquel en que se recepciona el comprobante el de pago respectivo.
2. OBLIGADOS A LLEVARLO Están obligados a llevar el Registro de Compras, en principio los contribuyentes del IGV. Sin embargo, y adicionalmente a esto, cabe recordar que también están obligados a llevar este registro los sujetos acogidos al Régimen General del Impuesto a la Renta, independientemente del nivel de ingresos que obtengan, así como aquellos sujetos acogidos al Régimen Especial de este impuesto.
INFORMACIÓN DEL REGISTRO DE COMPRAS:
La información mínima que debe contener el Registro de compras es la siguiente:
Fecha de emisión del comprobante de pago extendido por el proveedor o la fecha de pago que grave la importación de bienes o utilización de servicios.
Tipo de documento, de acuerdo a la codificación que ha sido aprobado por SUNAT.
Serie del comprobante de pago
Número del comprobante de pago o número de orden del formulario donde conste el pago del Impuesto en la utilización de servicios prestados por no domiciliados, número de la Declaración Única de Importación, o en los casos en que no se emita tal documento, liquidación de cobranza u otros documentos emitidos por ADUANAS que acrediten el pago del Impuesto que grave la importación.
Número de RUC del proveedor, cuando corresponda,
Nombre, razón social o denominación del proveedor,
Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas únicamente a operaciones gravadas y/o de exportación
Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación destinadas a operaciones gravas y/o de exportación conjuntamente con operaciones no gravadas,
Base imponible de las adquisiciones gravadas que no dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación,
Valor de las adquisiciones no gravadas,
Monto del Impuesto Selectivo al consumo, en los casos respectivos
Monto del Impuesto General a las ventas e Impuesto de Promoción Municipal, según el tipo de bases imponibles antes indicadas.
Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible
Importe total de las adquisiciones según comprobante de pago
REGISTRO DE VENTAS
DEFINICIÓN: El Registro de Ventas e Ingresos es un libro auxiliar obligatorio de foliación doble, la legalización se realiza en la primera página en el que se anotan en orden cronológica y correlativa, todos los comprobantes de pago que emita una empresa en el desarrollo de sus operaciones. Se deberá llevar el Formato 14.1: “Registro de Ventas e Ingresos”, el mismo que tendrá los siguientes datos de cabecera:
- Denominación del Libro
- Periodo y/o ejercicio
- N° de RUC
- Apellidos y Nombres y/o Razón
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