CONTRATO DE PROMESA DE VENTA
Enviado por ELI199129 • 23 de Febrero de 2014 • 435 Palabras (2 Páginas) • 335 Visitas
CONTRATO DE PROMESA DE VENTA
Conste por medio del presente documento que en entre nosotros a saber CLAUDIA LUCIA OROZCO identificada con Cedula de ciudadanía N°. 22´104.650, de Sonsón domiciliada en el municipio de Sonsón quien actúa en representación propia y de acuerdo con el señor HECTOR DE JESUS OCAMPO BUSTAMANTE IDENTIFICADO CON Cedula de Ciudadanía N°70´059.001, quien también actúa como vendedor de dicho negocio.
El comprador ROBINSO CASTAÑO AGUDELO identificado con cedula de ciudadanía N°. 70´730.721 quien será el comprador, hemos convenido en celebrar un contrato de compraventa que se regirá por el art 1849 y ss del C. Civil, y demás normas aplicables a la materia y en especial por las siguientes clausulas.
La suscrita vendedora CLAUDIA LUCIA OROZCO y vendedor HECTOR DE JESUS OCAMPO BUSTAMANTE obrando por medio del presente documento.
Transfiere a número de venta real al suscrito comprador ROBINSON CASTAÑO AGUDELO, VENDEN EL DERECHO que tienen sobre LA TIENDA DE ABARROTES DENOMINADA ANTOJITOS, (no incluye local comercial) ubicado en el área urbana del municipio de Sonsón en la calle 6 nro. 5-07, dicha tienda tiene un valor aproximado de $12´000.000 (Doce millones de pesos) y está compuesta de abarrotes en general vitrinas, nevera, televisor, grabadora, y enfriador, estos se encuentran en óptimas condiciones.
Los vendedores hacen entrega real y material a partir del 1 del mes de noviembre del 2013. El precio de la venta es por la suma de $12´000.000 (Doce millones de pesos) pagaderos de la siguiente forma. A la firma del presente documentos los promitentes vendedores declaran tener recibida la suma de $ 4´000.000 (cuatro millones de pesos) los $8´.000.000 (ocho millones de pesos) restantes se pagaran cada mes a partir del 01 de diciembre del año 2013 hasta el 01 de abril del año 2017, de a $200.000 pesos mensuales, el comprador afirma que si está en condiciones de aumentar la suma pactada así lo ara. La vendedora ara entrega real y material de la tienda firmando el contrato a la fecha, esta tienda se encuentra libre de todo gravamena la fecha como son: embargos, pleitos pendientes, e impuestos, servicios públicos como son la luz, el agua, industria y comercio. Se fijara una multa de $5´.000.000 (cinco millones de pesos) para las personas que falten a este acuerdo. El caso de atraso del comprador se recogerá los electrodomésticos antes nombrados e iguales la mercancía que se trate de abarrotes. Para constancia de la ciudad de Sonsón, el día 01 de noviembre del año 2013.
CLAUDIA LUCIA OROZCO SANCHEZ
CC. 22´104.650
LA VENDEDORA
ROBINSO CASTAÑO AGUDELO
CC. 70´730.721
EL COMPRADOR
HECTOR DE JESUS OCAMPO BUSTAMANTE
CC. 70´059.001
EL VENDEDOR
...