Contrato De Arrendamiento
Enviado por gpe2111 • 17 de Abril de 2015 • 986 Palabras (4 Páginas) • 204 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACION que celebran JUAN PÉREZ en su carácter de arrendador, y JOSÉ LÓPEZ en su carácter de arrendatario, respecto del bien inmueble ubicado en la calle Roble No. 112 Col. Jardines , en esta ciudad de acuerdo a las siguientes:
DECLARACIONES
PRIMERA.- El arrendador manifiesta llamarse, JUAN PÉREZ, acreditando su personalidad con credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral con número de folio 123456789, y declara ser propietario del inmueble materia del presente contrato.
SEGUNDA.- El arrendatario manifiesta llamarse, JOSÉ LÓPEZ acreditándolo con credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral con número de folio 123123123.
CLÁUSULAS
ELEMENTO DE EXISTENCIA
PRIMERA.- Las partes convienen en que el arrendador concede al arrendatario el uso y goce del inmueble descrito en el proemio de este contrato, para casa habitación.
A) Tiempo. El arrendador se obliga a entregar la posesión del inmueble el 1o. de junio del 2014.
B) Modo. El arrendador entrega a la firma del presente instrumento las llaves y la posesión del bien inmueble materia del presente contrato.
ELEMENTO DE VALIDEZ
SEGUNDA.- El arrendador y el arrendatario convienen en que como prestación este último se obliga a pagar a aquella mensualmente la cantidad de $ 7,000.00 (SIETE MIL PESOS 00/100 M.N.), conforme a las siguientes estipulaciones:
A) Tiempo. La renta deberá cubrirse los primeros cinco días de cada mes.
B) Modo. El pago de la renta deberá efectuarse en dinero en efectivo.
C) Lugar. La renta deberá pagarse en el domicilio del arrendador, o bien depositándolo en la cuenta No. 17350589001 de BBVA BANCOMER.
ELEMENTO DE VALIDEZ
TERCERA.- El arrendador y el arrendatario convienen que el término del contrato es de un año contado a partir del 1o. de junio de 2014 , por lo que su vigencia durará hasta el 30 de Junio de 2015.
ELEMENTO DE EXISTENCIA
CUARTA.- Las partes convienen en que todas las mejoras útiles, aprovechables que hiciere el arrendatario, accederán al inmueble en beneficio del arrendador, gratuitamente.
ELEMENTO DE EXISTENCIA
QUINTA.- Las partes convienen en que todo el mes es forzoso, y que pagará íntegramente tanto el importe de la renta como mantenimientos corrientes aún cuando hiciere uso del inmueble un solo día.
ELEMENTO DE EXISTENCIA
SEXTA.- Las partes convienen en que el arrendatario no deberá dejar de pagar el importe de cualesquiera de las obligaciones que asume en este contrato arguyendo compensación por las cantidades por él erogadas para realizar reparaciones del inmueble, ni aunque la efectúe por orden de alguna autoridad, pues en este caso, antes de realizar la erogación deberá comunicar al arrendador inmediatamente y por escrito la circunstancia de que se trate. Si el arrendatario no cumpliere con esta obligación no tendrá acción en contra del arrendador para exigir reembolso de ninguna cantidad
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