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Contratos De Intermediación Comercial


Enviado por   •  3 de Julio de 2013  •  1.411 Palabras (6 Páginas)  •  502 Visitas

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CONTRATOS DE INTERMEDIACIÓN COMERCIAL

· Contrato de comisión . Representación en el ámbito comercial

· Contrato de mediación o de corretaje

· Contrato de Agencia

· Contrato de concesión o distribución comercial

1.-CONTRATO DE COMISIÓN

Régimen legal y concepto

Regulado en el artículo 244 y siguientes del Código de Comercio. La comisión

es el mandato mercantil; el mandato , según el artículo 1.709 del Código Civil es un

contrato por el que se obliga una persona a prestar algún servicio o hacer alguna cosa

por cuenta o encargo de otra” Cuando una de las partes de ese contrato es un

empresario y su objeto un acto o una operación de comercio , estamos ante la

COMISIÓN.

Partes del contrato

Las dos partes del contrato son el comitente y el comisionista o persona

que recibe el encargo

El comisionista puede actuar frente a los terceros con quienes negocia o

contrata de dos formas:

A.) En nombre propio, sin manifestar quién es su representado de forma que

todas las relaciones jurídicas y consecuencias derivadas del negocio

recaen directamente sobre el comisionista; sin perjuicio de que éste en el

ámbito de las relaciones internas entre comitente y comisionista le de

traslado de las mismas al comitente.

B.) En nombre del comitente manifestando que actúa por cuenta del mismo,

declarando el nombre y apellidos o denominación social y el domicilio de su

comitente. el contrato produce efectos directamente entre el comitente y

las personas que negociaron o contrataron con el comisionista.

El Comisionista esta obligado a:

· Cumplir el encargo con diligencia siguiendo las indicaciones o instrucciones del

comitente.

· Cumplir personalmente, salvo autorización expresa del comitente, sin poder

delegar en otra persona con independencia de que pueda tener empleados

bajo su responsabilidad para llevarlo a cabo.

· Suministrar al comitente frecuentemente las noticias que interesen al buen

éxito de la negociación y comunicarle inmediatamente la celebración del

contrato.

· Rendir y liquidar las cuentas al comitente el encargo recibido una vez finalizado

éste.

· Prohibición de auto entrada. Cuando la comisión tenga por objeto celebrar

compras o ventas, el comisionista ,salvo autorización expresa de su comitente,

no podrá comprar para sí lo que el comitente quiera vender, ni vender de sus

bienes lo que el comitente quiera comprar.

El comisionista tiene derecho a:

· Retener los efectos ( ej. Mercancías) que el comitente le hubiera remitido en

consignación en tanto dicho comitente no le pague la comisión, anticipos y

gasto que el comisionista hubiera realizado para cumplir el encargo

· Preferencia o prelación frente a los demás acreedores del comitente, (salvo el

transportista) para que las cantidades que le adeuda el comitente le sean

abonadas por cuenta del producto de los mismos géneros.

El Comitente e stá obligado a:

· Aportar la oportuna provisión de fondos

· Pagar la retribución pactada al comisionista.

Normalmente el comisionista no asume el riesgo y ventura de las operaciones

en las que interviene ni responde frente al comitente de un posible

incumplimiento por parte de los terceros con quienes contrató salvo que

expresamente se pacte así en el contrato, en cuyo caso , además de la

comisión ordinaria recibirá otra denominada de garantía .

· Rembolsar al comisionista los gastos y desembolsos justificados.

· Asumir los efectos del contrato celebrado por el comisionista con terceros.

2.- CONTRATO DE MEDIACIÓN O DE CORRETAJE

Régimen legal y concepto

Se trata de un contrato mediante el cuál una persona se obliga a pagar a otra ,

denominada mediador o corredor, una remuneración a cambio de que ésta realice una

actividad encaminada a ponerla en relación con un tercero para celebrar con él un

determinado contrato.

Se trata de un contrato atípico; no contemplado ni por nuestro código civil ni mercantil,

aunque de forma analógica se le pueden aplicar normas reguladoras de la comisión

mercantil, siempre con carácter supletorio a la voluntad de las partes expresadas en

las cláusulas del contrato.

Derecho del mediador

El mediador o corredor sólo tiene derecho a percibir su retribución ,consistente en un

porcentaje denominado comisión ,cuando se celebra el contrato promovido por él entre

las personas que ha aproximado, con independencia de que con posterioridad dichas

partes cumplan o no lo contratado

Un ejemplo de corredores o mediadores serían los denominados agente de la

propiedad o los corredores de comercio.

3.-CONTRATO DE AGENCIA

Régimen legal , concepto y características

El contrato se encuentra regulado en nuestro derecho por la Ley 12/1992 de 27 de

mayo, fruto de la adaptación al Ordenamiento Español , de la Directiva 86/653/CEE,

de 18 de diciembre, relativa a la coordinación de las legislaciones de los estados

miembros sobre agentes comerciales independientes

Podemos definirlos como aquel contrato por el que una persona natural o jurídica,

denominada agente, se obliga frente a otra de manera continuada o estable,

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