Cuadro Sinoptico Recurso De Apelacion
Enviado por geiser70 • 29 de Noviembre de 2014 • 1.279 Palabras (6 Páginas) • 1.007 Visitas
TIPO CONCEPTO BASE LEGAL EFECTOS PROCEDIMIENTO
DE AUTOS
DE SENTENCIA
Es un recurso ordinario y devolutivo, que se interpone ante el órgano que dicta la resolución impugnada (a quo) para ser resuelto por un órgano superior (ad quem). En excepciones, también es un recurso en un sólo efecto, pues sólo presenta el efecto devolutivo, más no el suspensivo, ya que normalmente no produce la suspensión del curso del proceso. Podemos decir que además es un recurso recompositivo o perfeccionador, porque no tiene como objetivo el fondo del asunto sino el perfeccionamiento de la relación jurídico-procesal y equidad del juzgamiento, salvo en los casos donde se pone fin al proceso haciendo imposible su continuación.
Éste es un recurso de fondo, ya que tiene como función impugnar el pronunciamiento sobre la cuestión principal del juicio oral, contenido en la sentencia definitiva. También es un recurso devolutivo y en ambos efectos, ya que el conocimiento por el ad quem suspende los efectos de la decisión impugnada. Es también un recurso extraordinario, porque sólo puede interponerse por las
COPP artículos del
439 al 442
COPP artículos del
443 al 450
A menos de que se trate de recursos por el numeral 1 del artículo 439, o sea las que ponen fin al proceso, o de las que se interponen contra las decisiones del juez de ejecución (art. 439 numeral
6), donde ya no hay proceso, en los demás casos el recurso sólo tendrá efecto devolutivo, por lo cual sólo se remitirá a la Corte de Apelaciones copia de las actuaciones pertinentes o se formará un cuaderno especial, para no demorar el procedimiento.
1) Si la Corte de Apelaciones declara sin lugar los recursos de apelación presentados al amparo de los numerales del
1 al 3 del artículo 444 del COPP, entonces está convalidando totalmente el juzgamiento de la instancia
2) cuando la Corte de Apelaciones considere que no debe repetirse el juicio oral en primera instancia, dictará una decisión propia sobre el asunto, declarando con o sin lugar el recurso,
El recurso de apelación de autos se interpondrá por escrito debidamente fundado ante el tribunal que dictó la decisión, dentro del término de cinco días siguientes a la fecha de su notificación; y cuando el recurrente promueva prueba para acreditar el fundamento del recurso, deberá hacerlo en el escrito de interposición (art. 440).
El fundamento del recurso de apelación contra autos, no está tasado o preestablecido en el COPP, y por eso es un recurso ordinario, pero necesariamente este recurso debe ser fundado en los hechos y las razones de lógica y experiencia que sean procedentes, de conformidad con la naturaleza del asunto controvertido. En todo caso el recurso se presenta ante el tribunal a quo, dentro de los cinco días siguientes a su notificación (expresa o tácita), junto con la promoción de la prueba atinente. Una vez presentado el recurso, el juez emplazará a las otras partes para que lo contesten dentro de tres días y, en su caso, promuevan prueba y una vez vencido el término antes señalado, dentro del plazo de veinticuatro horas y sin más trámite, remitirá las actuaciones a la Corte de Apelaciones para que ésta decida si el recurso es admisible o no, y, en su caso, sobre el fondo del recurso (art. 442). Recibidas las actuaciones, la corte de apelaciones, dentro de los tres días siguientes a la fecha del recibo de las actuaciones, decidirá
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