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DESPRIPCION DE ANTECENTES DE LA SUCESION TESTAMENTEARIA


Enviado por   •  28 de Septiembre de 2016  •  Práctica o problema  •  1.474 Palabras (6 Páginas)  •  535 Visitas

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CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE COMO VENDEDORES LOS SEÑORES GUADED HADDAD JALILI y/o WADED HADAD JALILI, YAMILE HADDAD JALILI y/o JAMILE HADAD JALILI, GLORIA HADDAD JALILI y/o GLORIA HADAD JALILI, SALMA HADDAD JALILI y/o SALMA HADAD JALILI, CHAIDE HADDAD JALILI y/o CHAGIDE HADAD JALILI y/o CHAIDE MARIA HADDAD JALILI A TRAVEZ DE LA ALBACEA DE LA SUCESION MARIA NOEMÍ MAYRA ORDOÑEZ SALEME , A QUIENES EN LO SUCESIVO DE ESTE ACTO, SE LES DENOMINARÁ “LOS PROMITENTES VENDEDORES” Y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA FISICA DENOMIDA XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX Y/O XXXXXXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “LA PROMITENTE COMPRADORA; Y CUANDO SE REFIERAN A AMBOS SE LES DENOMINARA LAS PARTES:

MANIFESTANDO LAS PARTES”  QUE OCURREN AL PRESENTE ACTO JURÍDICO CON EL OBJETO DE CELEBRAR EL CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA RESPECTO DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD Y/O POSESION DEL INMUEBLE Y/O TERRENO UBICADO EN EL NUMERO OCHENTA Y SIETE (87) DE LA CALLE CÀDIZ, COLONIA ALÀMOS EN ESTA CIUDAD, MISMOS QUE SE DETALLARAN EN LOS CAPITULOS CORRESPONDIENTES POR LO CUAL SE SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

                                          ANTECEDENTES

DESPRIPCION DE ANTECENTES DE LA SUCESION TESTAMENTEARIA

DECLARACIONES

I.- Manifiestan “LOS PROMITENTES VENDEDORES” bajo protesta de decir verdad, a través de  MARIA NOEMI MAYRA ORDOÑEZ SALAME, albacea definitivo de la sucesión de LATIFE JALILI MATAR VIUDA DE KARAM, ser propietarios  del edificio y terreno ubicado en el número ochenta y siete (87) de la calle Cádiz Colonia Álamos, en esta Ciudad, mismo que tiene una superficie de 347.97 m² y una superficie de construcción de 1,028.13 m² con relación directa con la sentencia emitida en fecha veintidós de mayo de dos mil doce, dentro del expediente 57/2007 en el juzgado trigésimo de lo familiar en esta ciudad de México Distrito Federal, misma que se encuentra en trámite de ejecución.

II.- Sigue declarando el “EL PROMITENTE VENDEDOR” gozar de la capacidad jurídica para la celebración del presente contrato, ofreciendo en venta el inmueble materia del presente, y que la “PROMITENTE COMPRADORA” ha aceptado la oferta realizada por lo que está en posibilidad de formalizar dicha oferta a través de lo que se contiene en el presente.

III.- Manifiesta “LA PROMITENTE COMPRADORA” ser una persona física con capacidad suficiente para la realización del acto legal consignado en el presente documento, conocer el inmueble materia del presente contrato, así como estar de acuerdo en la oferta realizada por el “PROMITENTE VENDEDOR” por lo que manifiestan su conformidad con la formalización de dicha oferta.

IV.- Manifiestan “LAS PARTES” estar enteradas del estado en que se encuentra el inmueble y que es su voluntad comprar y vender AD CORPUS.

V.- Declaran “LAS PARTES”, realizar el presente contrato, sin presión alguna y con plena conciencia de su contenido y finalidad.

Expuesto lo anterior las partes otorgan lo que se contiene  en las siguientes:

                                        CLAUSULAS

PRIMERA.-

Con fundamento en los artículos 2243, 2244, 2245, 2246 y 2247 y demás relativos a disposiciones aplicables del Código Civil para el Distrito Federal, los señores         GUADED HADDAD JALILI y/o WADED HADAD JALILI, YAMILE HADDAD JALILI y/o JAMILE HADAD JALILI, GLORIA HADDAD JALILI y/o GLORIA HADAD JALILI, SALMA HADDAD JALILI y/o SALMA HADAD JALILI, CHAIDE HADDAD JALILI y/o CHAGIDE HADAD JALILI y/o CHAIDE MARIA HADDAD JALILI representados por MARIA NOEMI MAYRA ORDOÑEZ SALAME manifiestan, ser legítimos herederos del mismo conforme lo decretado en sentencia de fecha veintidós de mayo de dos mil doce dentro del expediente 57/2007 en el juzgado trigésimo de lo familiar de esta ciudad de México Distrito Federal, misma que ya ha causado estado y se encuentra en vía de ejecución.

LAS PARTES Se obligan a vender y transmitir la nuda propiedad del inmueble y/o terreno descrito con anterioridad a favor de la persona que determine “LA PROMITENTE COMPRADORA”, en consecuencia, se comprometen en el momento procesal oportuno a firmar ante Notario Público la escritura definitiva de compraventa, debiendo estar “el inmueble” libre de todo gravamen y limitación de dominio, así como al corriente en el pago de todas las contribuciones fiscales, con todo lo que de hecho y derecho le corresponda.

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