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Dereecho Del Trabajador Guatwmalteco


Enviado por   •  7 de Marzo de 2014  •  1.664 Palabras (7 Páginas)  •  217 Visitas

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1. DERECHO DE ASOCIACIÓN PROFESIONAL

Es llamado también derecho de sindicalización-derecho en sentido subjetivo.

2. DEFINICION Y CONCEPTO DE SINDICATO

Es toda asociación permanente de trabajadores o de patronos o de personas de profesión u oficio independiente, constituidas exclusivamente para el estudio, mejoramiento y protección de sus respectivos intereses económicos y sociales comunes. Se pretende restringir las actividades a funciones de reivindicación económico-social, proscribiéndole que asuma su papel de agente de cambio de estructuras y de grupo de presión política provocando que el sindicato no cumpla la función respectiva.

2.1 Clasificación de Sindicato

Se clasifican en campesinos, urbanos y gremiales, de empresa o de oficio Independiente.

Sindicatos campesinos son los constituidos por trabajadores campesinos o patrones de empresas agrícolas o ganaderas, o personas de profesión u oficio independiente cuyas actividades se desarrollan en el campo agropecuario. Sindicatos urbanos son todos los no comprendidos o constituidos como trabajadores campesinos. Sindicatos gremiales son los formados por trabajadores de una misma profesión que prestan sus servicios en una misma empresa o en dos o más iguales. Sindicatos de Empresas son los formados por trabajadores de varias profesiones u oficios, que prestan sus servicios en una misma empresa o en dos o más iguales. En relación a los sindicatos de oficio independiente no se asegura si se refiere a sindicatos con antecedentes históricos en nuestra legislación o los de oficios varios .

2.2 Principios que Informan al Derecho Sindical Guatemalteco

Estos principios informan a nuestra legislación sindical entre ellos están:

2.2.1. De política Nacional para la Defensa y Desarrollo del Sindicalismo

En 1947 el Organismo Ejecutivo por medio del Ministerio de Trabajo y Previsión Social trazó y llevo a cabo una política nacional de defensa cumplido hasta 1954, ya que de esta fecha a la actualidad los gobiernos hacen lo contrario consintiendo una política de represión y de freno al sindicalismo que se refleja en una gama de actos hostiles.

2.2.2. Del Fomento de la Unidad de Clase Trabajadora

Se debe buscar la armonía y unidad de la clase trabajadora entre los distintos grupos sindicales, esta unidad se mantuvo hasta 1954 ya que la Confederación General Campesina y de Trabajadores controlaron a la totalidad de los trabajadores urbanos y campesinos organizados, y hasta la actualidad se sigue manteniendo igual.

2.2.3. De Libertad Sindical

La libertad se postula formalmente en la constitución y el código de trabajo, ratificado también en los convenios 87 y 98 de la OTI, garantizando la libertad individual y del grupo positivamente para formar o para ingresar a un sindicato, prohibiendo la sindicalización obligatoria así como la libertad para separarse de un sindicato o para disolverlo. Incluso se pueden fusionar dos o más sindicatos para formar una federación y estas formar una confederación para la conservación unitaria de la clase trabajadora.

2.2.4. Del Pluralismo Sindical

Pueden coexistir dos sindicatos en una misma empresa con ciertas limitaciones.

2.2.5. De la Democracia Sindical

Los sindicatos se deben regir por los principios democráticos del respeto a la voluntad de las mayorías del voto secreto y de un voto por persona. Se prohíbe conceder privilegios especiales a ciertos cargos directivos.

2.2.6. De Apoliticidad

Se prohíbe a los sindicatos y a sus directivos intervenir en política, salvo que sea política favorable al Gobierno que esta al mando.

2.2.7. De Autonomía Sindical

Se exige aprobación gubernativa de los estatutos y sus modificaciones, asi como de los pactos colectivos suscritos por los sindicatos.

3. PERSONALIDAD Y RECONOCIMIENTO

El estado al momento de reconocer a la asociación profesional le confiere vida y relevancia jurídica, los sindicatos ejercen derechos pero también contraen obligaciones, tienen limitaciones para adquirir bienes inmuebles destinados al servicio de sus oficinas y no pueden realizar actividades que generen capital, no cubren impuestos de ninguna clase. Para obtener reconocimiento deben presentar solicitud acompañando dos copias autenticas del acta constitutiva y de los estatutos. El funcionario estudia el expediente y rinde informe favorable al Ministerio de Trabajo dentro de los veinte días siguientes. Dentro de los sesenta días siguientes a la recepción de la solicitud el Ministerio emite el acuerdo en donde se autoriza o deniega la personalidad jurídica del sindicato y aprobación de los estatutos, luego se registra en el Registro Público de sindicatos en termino prudencial para autorizar un sindicato es de tres a cuatro meses, pero para frenar el sindicalismo a veces las autoridades se toman dos y tres años de trámite inventando trámites de otro tipo, atentando contra la legislación nacional y contra el convenio No. 87 de OIT constituyendo una negación de la libertad sindical.

4. ORGANOS

La asamblea general, el comité ejecutivo y el consejo consultivo son los órganos del sindicato. La asamblea general es e órgano que decide en el sindicato sus resoluciones se toman por mayoría absoluta . El comité ejecutivo es el encargado de ejecutar y cumplir los mandatos de la asamblea general, sus miembros no exceden de nueve ni menos de tres y son elegidos por la asamblea general, reuniendo

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