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El Área de Recursos Humanos


Enviado por   •  8 de Junio de 2014  •  Informe  •  515 Palabras (3 Páginas)  •  188 Visitas

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La convocatoria, selección, contratación del personal, así como la administración de estos procesos es de competencia del Área de Recursos Humanos.

Art. 5.- Son requisitos para postular al Banco:

a) Tener capacidad de contratación laboral de acuerdo a ley.

b) Cumplir con todos los requisitos que el Banco exija para el cargo a que se postula.

c) Aprobar las evaluaciones que el Banco tenga a bien disponer.

d) No estar reportado ante una central de riesgo.

Art. 6.- Los postulantes que reúnan los requisitos, y que sean finalmente seleccionados para ocupar una determinada vacante, deberán presentar toda la documentación que requiera el Banco, la misma que

deberá estar vigente, ser auténtica, contener información veraz y no presentar deterioro ni correcciones. Dichos documentos serán de entrega obligatoria por todo postulante sin excepción y necesariamente deberán figurar en el file o legajo personal respectivo.

Si en el transcurso del proceso de admisión o con posterioridad a dicho evento se comprobase la existencia de documentos fraudulentos o que contengan información falsa o inexacta, se considerará como falta grave, en cuyo caso la postulación del candidato será rechazada o se procederá al despido por falta grave, según sea el caso.

El postulante no podrá ingresar a la planilla del Banco, con lo cual no será considerado trabajador para todo efecto legal, ni tampoco iniciar sus labores hasta que no haya cumplido con entregar toda la documentación que se le ha solicitado.

Art. 7.- El Área de Recursos Humanos llevará un legajo personal de cada trabajador, de carácter confidencial, dentro del cual se incluirán todos los documentos relacionados con su permanencia dentro del Banco. También deberá constar la documentación que el trabajador solicite sea anexada en relación con estudios efectuados.

Art. 8.- No esta permitido el empleo de familiares directos para que laboren en la misma área o unidad, entendiéndose como familiar directo a las personas con las que existe un vínculo de consanguinidad, de adopción, de matrimonio o de unión de hecho. Los vínculos de “consanguinidad” y de “adopción” se refieren a los hermanos, padres, abuelos, hijos (inclusive hijastros) y nietos. El vínculo de “matrimonio” incluye al cónyuge, conviviente y a

los familiares políticos.

Si producto de un proceso de reclutamiento, entre los candidatos mejor calificados se presentasen familiares directos del personal del Banco, dichos candidatos podrán continuar en el proceso siempre que no exista una relación directa o indirecta entre ambos puestos y no tengan obligaciones compartidas o de supervisión entre ellos.

Art. 9.- Todo nuevo trabajador recibirá del Banco un documento de identificación (fotocheck),

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