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Evidencias Unidad 2 Normatividad Laboral


Enviado por   •  26 de Julio de 2014  •  2.275 Palabras (10 Páginas)  •  1.700 Visitas

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CASO PRÁCTICO:

HECHOS:

1.- A) FECHA DE LA CONTRATACIÓN: El 17 de septiembre del 2003, inicie labores para la empresa demandada “CREDITAXO S.A. DE C. V.” y/o (Sin quedarme claro cuál es el nombre correcto, ya que la persona de recursos humanos que me contrato, nunca me preciso quién sería mi patrón); B) PUESTO PARA EL CUAL FUI CONTRATADO: siendo contratado para el puesto auxiliar de chofer; C) SUELDO Y PRESTACIONES OFRECIDAS POR LA PARTE PATRONAL: fui contratado con un sueldo inicial base mensual de $2,800.00 (DOS MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), más vales de despensa, a razón de $400.00 (CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M. N.) mensuales.

2.- CONDICIONES DE TRABAJO: Mi jornada laboral, desde el momento de mi contratación y hasta el momento en que fui despedido injustificadamente, era de las 7:00 hasta las 19:00 horas de lunes a viernes, sábados de 7:00 a 14:00 horas y los domingos de 9:00 a 21:00 horas. Además, cuando la empresa ordenada inventario, mi jornada se extendía por horario indeterminado, hasta que se terminaba el mismo.

Debo precisar que la empresa demandada, jamás me entregó copia de mi contrato de trabajo, en franca violación a lo dispuesto por los artículos 24 y 25 de la Ley Federal del Trabajo en Vigor.

3.- En mayo del año 2004 se me dio el cargo de supervisor de salas y madera; en diciembre del año 2004 se me aumenta el sueldo base a $1,900.00 (MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M. N.) más horas extras fijas, vales de despensa, premios de asistencia, premios de puntualidad y gratificaciones; prestaciones económicas que fueron aumentado cada año de acuerdo a el aumento a el salario mínimo. El sueldo base que recibí la última quincena que labore en la empresa fue de $2,192.00 (DOS MIL CIENTO NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 M. N.) más tiempo extra fijo, más premios de puntualidad y asistencia, más vales de despensa, mas gratificaciones, haciendo un total de $4,571.00.

4.-El día 11 de mayo del 2012, me presente a laborar a mi fuente de trabajo y realice mis funciones habituales, entonces, a la mitad de mi jornada se presentó mi jefe inmediato y me indico que tenía que presentarme a las oficinas ese mismo día, ya que querían aclarar algunos temas conmigo.

5.- El mismo día, 11 de mayo del 2012, me presente en las oficinas de la empresa demandada y me indicaron que habían algunos productos faltantes, que debía pagarlos de mi sueldo junto con el resto de mis compañeros; a lo que manifesté; “Que de ninguna manera pagaría algo que no había tomado; que si tenía pruebas de que yo había tomado algo, que lo hiciera valer ante la autoridad correspondiente”; mi jefe inmediato me dijo “Te lo estoy pidiendo por la buena, falta producto y todos deben cooperarse para que el patrón no lo note”; le volví a decir “Que por qué pagaría algo de lo cual no dispuse”; mi jefe entonces me amenazo: “Yo no voy a pagar el faltante, ni voy a perder mi trabajo; si no quieres, entonces, le voy a llamar al Sr. Juan Carlos Rodríguez García para que te meta a la cárcel”; yo le contesté que no debía nada y por lo mismo, no temía a sus amenazas.

La conducta descrita en el párrafo anterior se constituye claramente en HOSTIGAMIENTO LABORAL; ya que a pesar de no haber incurrido en falta alguna, con la conducta verbal de mi jefe inmediato, se me agredió, amenazó e intimido para perjudicarme personal, laboral y económicamente. Esta conducta es contraria a lo dispuesto por el artículo Tercero Bis. De la ley Federal del Trabajo en Vigor.

6.- el Mismo 11 de mayo del 2012, personal de la empresa me llevó a declarar ante el Ministerio Público y ahí me detuvieron; el 14 de mayo del 2012, me pusieron a disposición del juez tercero de primera instancia, por el supuesto delito de robo calificado en perjuicio de la empresa “CREDITAXO” S. A. de C. V.; dando formación a la causa penal 000/2012/V.

Pese a que siempre negué los hechos que se me imputaron y aunque la empresa jamás demostró mi supuesta responsabilidad penal; la juez tercera de primera instancia, el 20 de mayo del 2012, dictó auto de formal prisión contra la cual interpuse juicio de amparo ante el juzgado segundo de distrito, mismo que dio origen al expediente número 000/12.

El juez segundo de distrito, considero fundados los agravios formulados por mi parte y en su resolución constitucional, determinó dejar insubsistente el auto de formal prisión de fecha 20 de mayo del 2012; ordenando al inferior jerárquico, dictara nueva resolución.

El 23 de octubre del 2012, la juez tercera de primera instancia, dicta nueva resolución concediendo AUTO DE LIBERTAD POR FALTA DE ELEMENTOS PARA PROCESAR.

La mencionada resolución fue notificada a las partes, y el Ministerio Público adscrito al juzgado tercero de primera instancia, decidió apelar, dando formación al Toca penal 00/2013, radicado en la Primera Sala , del Tribunal Superior de Justicia en el Estado. Dicha instancia resolvió CONFIRMAR EL AUTO DE LIBERTAD el 26 de marzo del 2013.

LA RESOLUCIÓN ANTES CITADA, FUE NOTIFICADA A LAS PARTES EL 8 DE ABRIL DEL 2013.

6.- En términos de lo dispuesto por el artículo 43 fracción III de la ley Federal del Trabajo en Vigor, una vez que causo Estado la resolución emitida por la juez tercera de primera instancia (absolviéndome por falta de elementos para procesar), y confirmada por la primera sala del tribunal superior de justicia del Estado de Veracruz, me presenté a las instalaciones de la empresa demandada para reclamar el pago de las prestaciones que se mencionan en el capítulo correspondiente, y para mi sorpresa, la citada empresa me despidió y se negó a liquidarme conforme a derecho. Por lo mismo, procedo a precisar las circunstancias de tiempo, lugar y hechos del despido:

A) FECHA Y HORA DEL DESPIDO: El mismo lunes 8 de abril del 2013 (teniendo en mis manos el documento oficial que reconocía mi inocencia) aproximadamente como a las 17:00, B) LUGAR DEL DESPIDO: me presente en las instalaciones de la empresa CREDITAXO S. A. de C. V. ubicadas en __________; C) CIRCUNSTANCIAS DEL DESPIDO: Entonces mi jefe inmediato me dijo: claramente y sin duda alguna, que “Aunque se había demostrado mi inocencia, quedaba despedido y rescindido mi contrato” En ese mismo momento me llevó al departamento de personal para elaborar mi liquidación, negándome a verificar dicho trámite, ya que nunca cometí algún tipo de falta que motivara el despido y la liquidación que me ofrecía no estaba ajustada a derecho.

La empresa demanda, pese a que me acusó falsamente y me ocasionó un perjuicio económico y laboral, pretende liquidarme con menos dinero, OBLIGÁNDOME A RENUNCIAR A LOS DERECHOS Y PRERROGATIVAS PREVIAMENTE ADQUIRIDOS POR EL TRABAJADOR. Esta situación, es claramente violatoria de lo dispuesto por el numeral 5

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