Fideicomiso
Enviado por arelyrocham94 • 3 de Abril de 2015 • 2.042 Palabras (9 Páginas) • 203 Visitas
¿QUÉ ES EL FIDEICOMISO?
Cada vez se utiliza con más frecuencia el contrato de fideicomiso como una herramienta legal que permite realizar negocios en distintos giros, como por ejemplo garantizar la educación de los hijos, respaldar el pago de una deuda, administrar recursos que requieren conocimientos especializados (títulos de acciones, fondos de inversión). Mediante este contrato una persona entrega por un tiempo determinado, parte de su patrimonio (bienes y derechos) a una institución que los administra en favor de otra persona.
Así pues, el objeto del fideicomiso puede ser fijado libremente por las personas que intervienen en la celebración del contrato, siempre y cuando las actividades a realizar sean lícitas.
En el fideicomiso participan tres partes:
Fideicomitente: Es quien aporta los recursos (dinero, bienes muebles o inmuebles, derechos).
Fiduciario: Es quien administra los recursos (una institución crediticia como banco, casa de bolsa, u otras).
Fideicomisario: Es la persona física o moral que recibe los beneficios del contrato de fideicomiso.
La institución fiduciaria administra los bienes que aporta el fideicomitente y entrega al fideicomisario las ganancias generadas. En resumen, el fideicomitente define la finalidad del fideicomiso, el fiduciario se encarga de llevarla a cabo y el fideicomisario se beneficia de ésta.
¿QUÉ LEY MEXICANA REGULA EL CONTRATO DE FIDEICOMISO?
La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.[1]
¿CUÁLES SON SUS CARACTERÍSTICAS ESPECIALES?
• Es necesario que tanto el fideicomitente como el fiduciario estén libres de restricciones para contraer obligaciones.
• Se entregan uno o varios bienes conocidos como el patrimonio fideicomitido. Pueden ser de todo tipo, siempre y cuando sean lícitos.
• El patrimonio deja de ser del fideicomitente y se vuelve autónomo, es decir, no pertenece a nadie en específico.
• El patrimonio se destina a un fin específico.
• Esta figura tiene ciertas restricciones tales como:
• No puede tener un fin secreto o ilícito, producto del fraude.
• No es posible que los derechos personales del fideicomitente (aquellos que sólo él puede exigir, por ejemplo: el pago de una deuda) se conviertan en parte del fideicomiso.
• No puede cambiarse de fideicomisario en caso de que muera.
• No puede tener una duración mayor de 50 años. Existe una excepción, es cuando el fideicomisario es una persona moral de orden público (parque nacional, edificios históricos, escuelas públicas), una institución de beneficencia o un museo de ciencia o arte sin finalidad lucrativa, y se destinen los recursos para su mantenimiento.
La creación del fideicomiso con beneficios para el fiduciario; es decir, que el fiduciario sea a su vez fideicomisario. Esto sólo se puede hacer si la institución se otorga créditos para realizar actividades empresariales o pago de deudas.
¿CÓMO SE ADMINISTRA?
El fiduciario nombra a las personas responsables de la administración y debe garantizar que se cumpla en todo momento el fin para el que se creó el fideicomiso.
¿ES POSIBLE CAMBIAR EL FIDUCIARIO?
Sí. En los siguientes casos:
• Cuando éste no cumple con sus obligaciones, el fideicomitente o fideicomisario pueden solicitar a un Juez que lo remueva de su encargo.
• Por quiebra de la Institución crediticia.
• Disolución de la Institución crediticia.
¿CÓMO SE PUEDE TERMINAR?
• Cuando se cumple el fin para el cual se creó.
• Por no ser posible realizar el fin.
• Por cumplirse alguna de las condiciones de terminación que estableció el fideicomitente desde el inicio.
• Por acuerdo escrito entre las partes.
• Por revocación que haga el fideicomitente.
• Cuando se vence el plazo acordado de duración.
• Por el no pago oportuno a la institución crediticia.
¿CUÁLES SON LAS MODALIDADES QUE PUEDE TENER ESTA FIGURA? X.- ESPECIES DE FIDEICOMISO.
Realmente debemos hablar de que el contrato de fideicomiso es uno solo, la clasificación de sus especies es en función de los fines que el fideicomitente persiga, y de las instrucciones que gire al fiduciario podemos encontrar diversas especies de fideicomiso, podemos hablar de:
1.- FIDEICOMISO DE GARANTIA.- La reforma de mayo del 2000 que reforma la sección primera y adiciona la sección II del capítulo V título II de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito ha reglamentado al detalle este tipo de fideicomiso destacando entre otras cosas lo siguiente:
Finalidad del fideicomiso de Garantía .- transmitir la propiedad al fiduciario de ciertos bienes con el fin de garantizar al fideicomisario el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago. Artículo 395 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
El fideicomitente deberá además tener la legitimación para transmitir los bienes y derechos.
Bienes Objeto del fideicomiso de Garantía.- Derechos, muebles e inmuebles.
Derechos del fideicomitente sobre los muebles objeto del fideicomiso.
1.- Usar los bienes fideicomitidos.
2.- Combinarlos o mezclarlos siempre que sea para incrementar su valor y dicha adición forme parte de la garantía.
3.- Percibir los frutos y productos.
4.- Enajenar los bienes sin responsabilidad para el fiduciario, en este caso cesa la obligación del fiduciario, cesa el fideicomiso sobre dichos fines y nace con relación al precio que haya de recibir el fideicomitente.
Obligaciones del fideicomitente (deudor)
1.- Asegurar los bienes designando beneficiario al fiduciario. En caso de siniestro el importe del seguro lo destinará el fiduciario al pago de la deuda que garantizan los bienes.
2.- El riesgo es de quien posea (el fideicomitente).
si los bienes disminuyeran su valor el deudor fideicomitente deberá aportar más en cantidad suficiente para garantizar su adeudo.
3.- conservar los bienes cuando obren en su poder corren a su cargo los gastos de conservación, reparación, administración y recolección de los bienes.
FORMA DEL FIDEICOMISO DE GARANTÍA.
a).- Muebles.
Por escrito y cuando los bienes valgan una cantidad igual o superior a 250,000 UDIS ($750,000 aprox.) aparte deberán las partes ratificar su firma ante fedatario.
b).- Inmuebles.
Siempre en escritura pública además deberán inscribir su constitución, modificación y extinción en el Registro Público de Comercio y en la sección de inmuebles.
SANCIONES
En este tipo de fideicomiso la reforma especialmente castiga la mala fe o el
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