IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA
Enviado por Arttemissa • 1 de Diciembre de 2012 • 3.172 Palabras (13 Páginas) • 521 Visitas
ÍNDICE
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA
I.-ANTECEDENTES HISTORICOS 3
II.- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 5
III.-OBJETIVO GENERAL. 5
IV.-MARCO TEORICO 5
o CALCULO DEL IETU 6
o TASA 8
o BASE 9
o INGRESOS PERCIBIDOS 9
o INGRESOS EXENTOS 9
o DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DEL IETU 10
o DISPOSICIONES GENERALES 11
o MODIFICACIONES AL IETU 13
o EJEMPLO DEL CÁLCULO DEL IETU 14
o BIBLIOGRAFÍA 15
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA
I.-ANTECEDENTES HISTORICOS
Durante décadas nuestro país a vivido un “espejismo” petrolero, es decir, se ha vivido bajo la ilusión de contar con una economía aparentemente sana, quizá sea por ello que nuestro sistema tributario hasta hoy día no ha puesto mano dura para mejorar los índices de recaudación y que por su parte el congreso en lugar de diseñar un mejor aparato legislativo solo se dedique a ver la manera de “repartirse” los excedentes petroleros.
La economía de México ocupó en el 2004 el décimo lugar mundial, conservando su sitio de 2003, pero para 2005 perdió dos sitios superado por India y Corea del Sur y ocupó el décimo segundo lugar. En 2006 pierde otros dos lugares y ocupó el lugar 14 superado por Corea del Sur y Rusia. Para el 2007 México se sostiene en el puesto catorce, pero resulta sorprendente, el retorno de Brasil, que ocupa ahora el décimo sitio, que tuvo México hasta el 2004. Para 2008, a pesar de la crisis México gana un sitio, colocándose en el sitio 13. El ascenso de Brasil es notable y ocupó el noveno lugar Mundial. En el 2009, a pesar de los terribles efectos de la crisis, México pierde solamente un sitio, ocupando el lugar 14. El ascenso de Brasil continúa y ahora ocupa el octavo lugar Mundial. Para 2010 Brasil se sostiene en el octavo sitio, creciendo de manera acelerada, mientras tanto México se recupera y gana un sitio regresando al sitio 13. En 2010, China se convierte en la segunda potencia mundial y desbanca a Japón que cae al tercer sitio, aún antes del sismo. Inglaterra, Francia, España, Italia y Canadá retroceden o se mantienen estancados por efecto de la crisis mundial. Para 2011, México ocupa el puesto 13, a reserva de que sean publicados los datos de Australia, que podría trasladarlo al lugar 14. Brasil continúa firme en el octavo puesto.
Ante tal situación no es difícil darse cuenta que la administración tributaria en nuestro país no es suficiente, además de que la legislación tributaria se cuenta con demasiado formalismo, es decir lejos de facilitar o simplificar el cumplimiento de las erogaciones lo vuelve engorroso y complicado.
También debemos considerar las demandas de la sociedad, conocidos por todos: seguridad, educación, empleo, desarrollo social y combate a la pobreza, las cuales deben atenderse nada más y nada menos que con gasto público.
Por tanto es necesario contar con una mejor legislación tributaria, que no simplemente eleve las tasa impositivas, sino que además cuente con reglas mas claras y sencillas para su mejor cumplimiento, con un sistema de administración mas eficiente que incremente el padrón de contribuyentes y no perjudique a los ya cautivos, que finalmente permita acrecentar en ingreso publico.
En un intento por revertir dicha situación en 2007 el Ejecutivo Federal presento una iniciativa de Ley, que en un principio se llamo Ley de la Contribución Empresarial a Tasa Única, en donde se proponía que dicha contribución sustituyera al impuesto del activo con la finalidad de no incrementar la carga tributaria.
De la misma manera propuso establecer un esquema de transición de un año, en la cual la tasa seria de 16% durante el ejercicio fiscal del 2008 para ubicarse en 19% en 2009.
Posteriormente al ser sancionada se publico con el nombre de Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única el 1° de octubre del 2007, con vigencia a partir del 1° de enero del 2008, connotando tener como finalidad elevar el índice recaudatorio, menor utilización de ingreso petrolero y ampliación de los sujetos del impuesto, al menos en teoría.
El IETU es un impuesto con características hibridas, ya que por un lado grava el ingreso con la base en el flujo de efectivo, es decir, una combinación entre el ISR y el IVA, dicho de manera técnica, es un impuesto de tipo directo y grava a nivel empresa con una tasa uniforme la retribución total a los factores de producción, permitiendo reducir la erogaciones para la formación bruta de capital y se determina con una base de efectivo, de modo que los ingresos se acumulan cuando se cobran y las deducciones tendrán lugar a l momento en que se pagan.
Sus inicios se remontan de hace diez años aproximadamente teniendo su origen en Europa del Este en donde se tuvo gran éxito, con aumentos del producto interno bruto. El primer país fue Estonia, su primer ministro Mart Laar, en los años de 1992 a 2002, introdujo un impuesto plano o como se conocía ¨flat tax¨, aun cuando los economistas de su país no se lo recomendaron, sin embargos los resultados fueron inmediatos y perduran hasta la fecha, países cercanos como Lituania y Latvia, en 1997 Rusia introdujo un impuesto de tasa plana de un 13 %. Bajo el mandato de Vladimir Putin, para personas físicas y morales. En el transcurso de los años los siguieron países como Serbia, Ucrania, Eslovaquia, Georgia y Rumania.
II.- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
El problema planteado dentro de la presente investigación va dirigido a todos los contribuyentes tanto personas físicas como morales, de tal manera que es pertinente tomar en cuenta los siguientes cuestionamientos:
• ¿Qué es el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU)?
• ¿Cuál es el propósito principal del IETU?
• ¿Dónde se aplica el IETU?
• ¿Cuáles son los beneficios del IETU?
III.-OBJETIVO GENERAL.
El objetivo principal es reunir información concreta sobre el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), dirigida a todo aquel interesado al que le pueda beneficiar de alguna manera.
IV.-MARCO TEORICO
El IETU o Impuesto Empresarial a Tasa Única, es aquel que grava la percepción efectiva de ingresos en operaciones de enajenación de bienes, prestación de servicios y otorgamiento en uso o goce temporal de bienes.
Este impuesto alcanza a toda personas físicas y moral residente en territorio nacional o bien, en el extranjero con establecimiento permanente en el país.
Destacamos que, el IETU gravará las siguientes actividades:
Prestación de servicios independientes
Enajenación
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