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Impuestos Estadales


Enviado por   •  26 de Junio de 2013  •  2.879 Palabras (12 Páginas)  •  642 Visitas

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IMPUESTOS ESTADALES

Estado y Hacienda Pública

EL ESTADO: Este concepto esta íntimamente ligado con el de soberanía y soberano, de

cómo se origina el poder y como este toma su forma, que es evidentemente a través del ESTADO.

La noción de estado aparece por primera vez en nuestro país en la constitución de los estados

unidos de Venezuela en el año 1864, como consecuencia de los hechos que desembocaron en el

triunfo de la revolución federal. Las constituciones anteriores solo hacían referencia a las

provincias, consideraban que el estado estaba conformado por provincias como en España que

hay provincias, comunidades autónomas etc, o en Colombia que hay Departamentos

Estado: se define como un ente social que se forma cuando, en un territorio determinado,

se organiza jurídicamente un pueblo que se somete a la autoridad de un gobierno. (capitant)

El estado es una organización social constituida en un territorio propio con fuerza para

mantenerse en el e imponer dentro de el un poder supremo de ordenación (a través de normas

jurídicas de carácter coactivo) y de imperio.

Es importante recordar que el estado es producto y necesidad de la estructura social y que

sus elementos son el territorio, la población (conjunto de personas que habitan en determinado

territorio), el pueblo (conjunto de personas que tiene el ejercicio y goce de sus derechos políticos

específicamente el de sufragar –Art 5 CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE

VENEZUELA-) y la nación (conjunto de personas que se caracterizan por nexos comunes raza,

religión costumbre y hasta pasado histórico).

Ahora es necesario que hacer notar el Artículo 159 de la CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA

BOLIVARIANA DE VENEZUELA que señala la definición de estado y su autonomía.

El estado hoy en día es activo dinámico actúa e interviene, a veces en demasía, en cuyo

caso también establece contribuciones, impuestos, tasas y organiza en general un sistema

tributario.

Funciones

Estas son muy amplias y diversas, que a través de muchas actividades logra sus fines:

Función legislativa, expresión del órgano y manifestación de soberanía que tiene la facultad de

hacer leyes. En Venezuela se ejercen a través de los entes legislativos Nacionales (Asamblea

Nacional) Estadales (Consejo legislativo Estadal) y municipales (Concejo Municipal).

Para mantener el orden jurídico fomenta el bienestar de los gobernados, atender los

servicios públicos, conducir los asuntos del país, Estado o Municipio y satisfacer en general las

necesidades de la colectividad, acá aparece la segunda importante función que es la ejecutiva o

Administrativa como dice Cabanellas el legislativo es voluntad y el ejecutivo es la acción.

Cuando el estado aplica la Norma jurídica, en relación a su interpretación y dirime

controversias, aparece la función Judicial o jurisdiccional algunos sobre todo ahora dicen que esta

no es mas que una desmembración del poder ejecutivo, formando un orden separado, lo cierto es

que conoce y decide aplicando las leyes aunque a veces se deje interferir por el mismo ejecutivo.

Ahora existen otras funciones de resguardo de los derechos y garantías constitucionales a

través del poder Moral y los derechos electorales y de sufragio a través del poder Electoral, se ha

ido mas allá de Aristóteles, Montesquieu, Jelinek entre otros.Estado federal:

Es la unión permanente de dos o mas estados, en las que cada uno de ellos conserva

solamente la autonomía interna y transfiere la independencia exterior a un ente central, por lo

tanto el estado federal constituye una sola persona desde el punto de vista internacional y como

tal actúa en el exterior pero a nivel nacional son independientes.

FEDERACIÓN: Es una forma de estado descentralizado, contraria a la de estado unitario

que reconoce la existencia de entidades política territoriales con potestades políticas autónomas

reflejadas básicamente en la elección de sus autoridades y en la existencia en ellas de potestades

públicas diversas (legislativas, tributarias, administrativas, financieras etc.)

Entonces un estado será Federal si es descentralizado político y territorialmente y será un

Estado Unitario si carece de entidades políticas autónomas e su territorio a niveles superiores a los

municipales.

El archí conocido autor de la teoría pura del derecho Hans Kelsen considera al estado

federal como una forma avanzada de descentralización, dice que todas las comunidades jurídicas,

municipios, cuerpos autónomos, estados miembros de federación, estados propiamente dichos y

hasta la comunidad jurídica internacional solo se distinguen en principio por el grado de

descentralización.

El estado federal tiene un territorio propio formado por el conjunto de territorio de los estados

miembros y con la población de los mismos. Así, la constitución establece la distribución de

competencias entre el estado federal y los estados miembros, así mismo enmarca la autonomía

que conservan las entidades menores.

DIFERENCIAS ENTRE ESTADO UNITARIO CENTRALIZADO, ESTADO UNITARIO DESCENTRALIZADO, LA

DESCENTRALIZACIÓN Y LOS ESTADOS SEMIFEDERALES.

El estado unitario Centralizado: Toda la actividad pública emana del centro y converge hacia él, se

basa en relaciones de supra y subordinación. PODER CENTRAL- tiene el poder creador de normas

aplicables para todo el territorio igual que la administración y la jurisdicción.

Estado unitario Descentralizado Ciertas entidades territoriales tienen una esfera de

competencias que le es propia y que ejercen a través de órganos propios y no a través de órganos

del poder central. Que por cierto se diferencia de la DESCONCENTRACIÓN en que esta es la mera

delegación a funcionarios o agentes del poder central de competencias que pertenecen a este, lo

que significa una ampliación de facultades de los órganos estadales encargados de la

administración local

La DESCENTRALIZACIÓN TERRITORIAL, puede tomas estas 2 formas:

Descentralización puramente administrativa: Que tiene como sujetos a los municipios, provincias

y las mancomunidades de ambos.

Descentralización regional: que se caracteriza no solo por su ámbito territorial sino porque cada

región posee su propio estatuto y extiende su competencia a la esfera legislativa y gubernamental

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