Informe pericial
Enviado por camilaandre • 23 de Mayo de 2013 • Ensayo • 1.968 Palabras (8 Páginas) • 1.179 Visitas
INFORME PERICIAL
Esta es la fase del proceso de peritaje, referida a la fase del informe siendo la última etapa de la investigación pericial que consiste en la redacción lateral del informe pericial conforme a la estructura establecida siendo un documento escrito. Es el documento escrito que incluye la expresión de la opinión del Perito sobre los asuntos sometidos a su conocimiento, el cual se elevado al juzgador para el esclarecimiento o dilucidación de algún hecho. El informe pericial debe destacarse por ser claro, conciso y objetivo. El informe pericial deviene en conclusiones, estableciendo mediante ellas la veracidad de los hechos, debiendo ser redactado con claridad, exactitud, concisión y precisiones derivadas de la investigación.
Informe pericial es un documento redactado por un profesional en la materia que responde a una expresión de un estudio realizado por el experto mediante las técnicas específicas relacionadas con el área específica de conocimiento de dicho profesional.
El informe pericial es acordado por el Juez en caso de que sean necesarios conocimientos científicos, técnicos o artísticos específicos que hayan de ser aportados por un experto para conocer o apreciar algún hecho o circunstancia determinante en el proceso.
Se trata de un elemento de prueba judicial, por lo que su objeto será establecer la verdad y solventar las cuestiones técnicas que no puedan ser resueltas de manera natural por una persona no profesional en el ámbito material de que se trate, ya sea medicina, ingeniería, etc.
En el informe pericial, el perito habrá de extraer unas conclusiones a través del estudio exacto y pormenorizado de los indicadores a analizar, basando dichas conclusiones en un razonamiento objetivo derivado del propio estudio.
Es importante en este punto determinar el contenido mínimo del informe pericial:
- Descripción de la persona o cosa objeto de dicho informe, indicando el estado en que se halla.
- Indicación de todas las operaciones que se han realizado y del resultado de las mismas.
- Conclusiones formuladas en base a los datos obtenidos y de acuerdo con los principios o reglas de su ciencia o arte.
PARTES QUE COMPRENDE EL INFORME PERICIAL
El Nuevo Código Procesal Civil, vigente desde el 01 de enero de 1933, ha introducido la obligatoriedad para el que ofrece la prueba, debe presentar el correspondiente cuestionario pericial, lo que modifico la estructura del informe Pericial que de manera tradicional se venia efectuando, asimismo el Nuevo Código Procesal Penal en el artículo 178º menciona taxativamente:
a. El nombre, apellido, domicilio y Documento Nacional de Identidad del perito, así como el número de su registro profesional en caso de colegiación obligatoria.
b. La descripción de la situación o estado de hechos, sea persona o cosa, sobre lo que se hizo el peritaje.
c. La exposición detallada de los que se ha comprobado en relación al encargo.
d. La motivación o fundamentación del examen técnico.
e. La indicación de los criterios científicos o técnicos, médicos y reglas de los que se sirvieron para hacer el examen.
f. Las conclusiones.
g. La fecha, sello
a) Antecedentes:
Antes no se exigía el cuestionario. El perito, al ordenarse en forma genérica efectuar el peritaje, tenia que involucrarse totalmente en el proceso y el resumen del mismo, plasmarlo llamándolo antecedentes. Ahora existe el cuestionario en conde, en forma precisa, el solicitante de la prueba o el fiscal en su caso, esta obligado a indicar los puntos a peritar. Sin embargo, el Nuevo Código Procesal Penal lo exige al disponer que el dictamen contendrá “la descripción de la situación o estado de hechos, sea personal o cosa, sobre la que se hizo el peritaje”. No se trata de hacer un resumen de todo el proceso, ni hacer un índice de todas las piezas procesales no tampoco copiar íntegramente algunas de ellas, sino, solamente aquello que tiene relación con el cuestionario a peritar.
No debe efectuarse jamás un resumen de todo el juicio o proceso en si, porque aparte de no ser nuestra tarea, abundaríamos en detalles que ya son del conocimiento del juez y que además haría nuestro dictamen un documento extenso y tedioso que no seria de utilidad al juzgador. Se trata de demostrar al juez y al fisca, que conocemos los hechos motivadamente el respectico cuestionario.
Por orden de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia
Nacional se ha procedido, en el Laboratorio Químico de la Comisaría General de Policía Científica, al análisis químico de diversas muestras de explosivo, de restos y/o vestigios de los focos de explosión y otras muestras relacionadas con el Sumario 20/2004.
El presente Informe se emite para dar cumplimiento a lo ordenado por la citada Sala, consistente en dar debida cuenta por parte del director científico y del resto de peritos actuantes de los resultados analíticos obtenidos
Objeto de la Pericia:
Actualmente podemos apreciar que el objeto de la pericia se ha ampliado a hechos o circunstancias que no necesariamente están vinculados con los delitos tradicionales como los homicidios, lesiones, robos, violaciones sexuales, etc., si no también como los ecológicos, corrupción, etc., en los que por ejemplo tiene que determinarse, el grado de contaminación la autenticidad de un audio, e incluso la pericia puede realizarse para esclarecer el caso del error de comprensión culturalmente condicionado previstos en el Art. 15º del código Penal, conforme lo señala el Art172º del nuevo Código Procesal Penal.
El objeto de la pericia es el estudio, examen y aplicación de un hecho, de un objeto, de un comportamiento, de una circunstancia o de un fenómeno. Es objeto de la prueba pericial establecer la causa de los hechos y los efectos del mismo, la forma y circunstancia como se cometió el hecho delictuoso.
Entre los objetivos esenciales de la Pericia encontramos los siguientes:
Describir, cuidadosamente, algún hecho o cosa en la cual este especializado.
Establecer en anexo causal o con causal, entre el daño (resultado) y la acción del profesional en su procedimiento (causa)
Evaluar el grado de perjuicio (labora, estético, etc.) que resulta del daño.
Lograr la convicción del juez en un juicio
Examinar cuestiones que merecen conocimientos especializados.
Comprobar a través de elementos científicos, artísticos o industriales cual es la relación existente entre los hechos controvertidos y el derecho de los justiciables a fin de permitir una correcta administración de justicia.
Ayudar y colaborar a los conocimientos del juez.
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