Iva Al Transporte Foráneo Terrestre
Enviado por kbjrqz • 18 de Febrero de 2015 • 1.583 Palabras (7 Páginas) • 343 Visitas
MARCO TEORICO
Autobuses foráneos absorberán el IVA
A partir del 1 de enero aplica el IVA de 16 por ciento al costo de los boletos del transporte foráneo; algunas líneas decidieron no cargar el impuesto. Otras como ADO, sí lo harán.
México Si bien a partir de este año se cobrará el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en los boletos de autobuses foráneos, algunos grupos de autotransporte decidieron absorber el gravamen, para no afectar a sus clientes y flujo de pasajeros.
Desde el 1 de enero, el transporte terrestre foráneo incluirá 16 por ciento de IVA al costo de sus boletos, a excepción de los trenes y transporte en las zonas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas. La línea ETN/Turistar Lujo, perteneciente a Grupo IAMSA, continuará cobrando los mismos importes vigentes al 31 de diciembre de 2013, procediendo a realizar una baja en nuestros precios y agregando el IVA desglosado", destaca.
Asimismo, las líneas de transporte Autovías y La Línea, de Grupo Herradura-Occidente, anunciaron que en apoyo a la economía de sus usuarios, mantendrán sus precios en los boletos de autobús.
En tanto, Autotransportes Tufesa dio a conocer que en agradecimiento a la preferencia y a pesar de la situación económica, mantendrán sus tarifas y no aplicarán ningún aumento derivado del gravamen.
"Próximamente podrá identificar el desglose del IVA en su boleto de pasaje como dato informativo. Si en algún momento a lo largo del año nuestras tarifas sufren modificaciones, se lo estaremos comunicando de la manera más oportuna para invitar inconveniencias"
Otras líneas que decidieron no incrementar sus precios a causa del nuevo gravamen son Costa Line, Transportes y Autobuses del Pacífico (TAP), Estrella Roja, Sur de Jalisco, Caminante.
Sin embargo, habrá líneas que sí sumaran el 16 por ciento de IVA a sus boletos como ADO, OCC, ADO Platino, ADO GL, AU, Sur, Aexa, Transpaís, Senda, Sendor, Transportes del Norte, Coahuilenses, Único y Vista.
Si es foráneo, tendrá el impuesto
Solo quedará exento de IVA el transporte público urbano. Todo lo foráneo tendrá el impuesto correspondiente. Así está en la reforma:
c) LIMITAR LA EXENCIÓN EN MATERIA DE TRANSPORTE PÚBLICO TERRESTRE DE PERSONAS, ÚNICAMENTE AL SERVICIO DE TRANSPORTE PRESTADO EN ÁREAS URBANAS, SUBURBANAS O ZONAS METROPOLITANAS.
Como se señaló, el bajo potencial recaudatorio del IVA en México se explica fundamentalmente por la aplicación de diversos regímenes especiales como lo son la exención o la tasa del 0% a un amplio número de bienes y servicios. Si bien en la presente iniciativa se propone ampliar la base gravable del IVA, eliminando ciertos regímenes especiales, también se pretende que el conjunto de medidas propuestas doten de mayor progresividad al sistema impositivo.
Actualmente, la Ley del Impuesto al Valor Agregado exenta del pago de este impuesto a la prestación del servicio de transporte público terrestre de personas; ello abarca a los servicios de autotransporte terrestre de pasajeros foráneo, urbano y suburbano.
MARCO CONCEPTUAL
• REFORMA HACENDARIA: recién aprobada forma parte, junto con la de telecomunicaciones, la educativa, la electoral y la energética, del nuevo diseño institucional propuesto del Presidente Enrique Peña.
• REFORMA FISCAL: consta de un paquete de modificaciones a distintos ordenamientos sobre tributos cobrados por el Estado Mexicano y, especialmente, contiene la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio.
• IVA: Sigla de impuesto sobre el valor añadido o de impuesto sobre el valor agregado, impuesto que grava el valor añadido o agregado de un producto en las distintas fases de su producción.
• IVA AL TRANSPORTE FORANEO TERRESTE: Este impuesto gravará en el caso de los transportes foráneos de pasajeros, se aplica el IVA de 16 por ciento al transporte, como lo avalo la reforma hacendaria 2014.
• TRANSPORTE FORÁNEO: Normalmente son aquellos que viajan entre diferentes ciudades dentro de un estado o país. En el caso de los viajan entre diferentes países también son foráneos, pero para distinguirlos, también se les dice "internacionales".
Si bien en la iniciativa se propone ampliar la base gravable del IVA, eliminando ciertos regímenes especiales, también se pretende que el conjunto de medidas propuestas doten de mayor progresividad al sistema impositivo.
MARCO LEGAL
PAQUETE ECONOMICO 2014 8/09/2013
ACTUALIZACION 17/10/2013 APROBADO POR DIPUTADOS
ACTUALIZACION 31/10/2013 APROBADO POR SENADORES PASA AL EJECUTIVO.
Actualmente, la Ley del Impuesto al Valor Agregado exenta del pago de este impuesto a la prestación del servicio de transporte público terrestre de personas; ello abarca a los servicios de autotransporte terrestre de pasajeros foráneo, urbano y suburbano.
Con objeto de ampliar la base del IVA, se propone eliminar la exención al servicio de transporte público foráneo de pasajeros.
Por otro lado, el trasporte público terrestre de personas, prestado exclusivamente en áreas
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