LEGISLACION EMPRESARIAL
Enviado por maidealex • 7 de Abril de 2014 • 8.273 Palabras (34 Páginas) • 331 Visitas
UNIVERSIDAD DEL ZULIA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES
ESCUELA DE CONTADURÍA PÚBLICA
EXTENCIÓN SUR DEL LAGO
GIBRALTAR-ZULIA-2013
UNIVERSIDAD DEL ZULIA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES
ESCUELA DE CONTADURÍA PÚBLICA
EXTENCIÓN SUR DEL LAGO
PROFESOR: INTEGRANTES:
José Ramírez
Rivillas Maryelin C.I.V-21.134.743
Valecillos Juan C.I.V-21.134.743
Zambrano Yessika C.I.V-23.889.519
Urdaneta Damelis C.I.V-18.209.075
Pacheco Yesenia C.I.V- 23.560.584
Rivera Olymer C.I.V- 24.308.677
Rivera Joselin C.I.V- 24.308.678
Barroso Karelis C.I.V-20.940.293
SolarteMaidelysC.I.V-23.477.972
SECCIÓN: D-21
GIBRALTAR-ZULIA-2013
Contenido
Introducción
Contrato de Sociedades
Características Del Contrato De Sociedad
Clase De Sociedades
Sociedad anónima (S.A.)
Sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.):
Sociedad colectiva.
Sociedad comandita.
Compañía en Nombre Colectivo
Responsabilidad de los socios
Firma
Firma Individual
Firma colectiva
La Administración en Sociedades Colectiva
Sociedad Anónima
Constitución de Sociedades Anónimas.
Modalidades de S.A
Constitución Simultanea o Privada
Constitución por Suscripción Pública
Exclusión de los Socios S.A.
Objeto Social de las Compañías Anónimas
Capital Social
Capital Autorizado
Capital Suscrito
Capital Pagado
Acciones
Estructura Orgánica de las S.A.
Los Administradores de las S.A.
Los Comisarios.
Las Asambleas de Accionistas.
Convocatoria
Quórum
Tipos de Asamblea
Quórum para Asamblea Ordinaria. Y Extraordinaria
Acta de Asamblea de Accionistas
Conclusión
Anexos: A-B
INTRODUCCIÓN
El ser humano se ha caracterizado por ser eminentemente y social. De allí pues, que la sociedad surge debido a la necesidad del hombre de no estar aislado, por cuanto necesita de una estrecha relación y comunicación con los demás, con el fin de obtener el éxito en sus logros y objetivos trazados en la vida. Es por ello, que cuando se habla de sociedad, se relaciona lógicamente a un grupo social, es decir un grupo de personas.
Las sociedades Mercantiles, representan la forma de identificar a la asociación de personas que buscan obtener un beneficio en común sobre las inversiones realizadas. En este trabajo, no solo se busca analizar la estructura de una sociedad mercantil, sino entender principios y aspectos relevantes de la constitución de una sociedad anónima y una compañía en nombre colectivo.
Ahora bien, existen diversas clases de sociedades civiles y mercantiles. Sin embargo, el presente trabajo de investigación se refiere a las sociedades de carácter mercantil, que se encuentran contempladas en el Código de Comercio de Venezuela. Entre ellas, se encuentran las sociedades anónimas, compañías anónimas, compañías en comandita, sociedades de responsabilidad limitada, y compañías en nombre colectivo. También se explicara la responsabilidad de los socios, la administración, razón social, constitución de una sociedad anónima, exclusión de los socios, objeto social, capital los comisarios, asambleas y
Quórum.
CONTRATO DE SOCIEDAD
La Sociedad, en sentido técnico jurídico, es un ente creado por un acto voluntario colectivo de los interesados, con fines de un interés común y con el propósito de obtener ganancias o un fin lucrativo. Los socios se comprometen a poner un patrimonio en común integrado por dinero, bienes o industria, con la intención de participar en las ganancias. Por tanto, son características fundamentales y constitutivas de la sociedad la existencia de un patrimonio común y la participación de los socios en las ganancias. Se distingue de la asociación en que ésta no persigue fines lucrativos sino de orden moral o económico-social que no se reducen a la mera obtención y distribución de ganancias.
Se entiende como sociedad a un contrato que se realiza entre dos o más personas con el objetivo de realizar un negocio. A partir del contrato se origina una persona jurídica que es diferente a la de los socios que integran a la sociedad.
Según el código civil de Venezuela en su art. 1649 el contrato de sociedad es aquel por el cual dos o más personas convienen en contribuir cada uno con la propiedad o el uso de las cosas o con su propia industria a la realización de un fin económico común”.
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE SOCIEDAD
De las características del contrato de sociedad se pueden destacar las siguientes consensual, oneroso, conmutativo y aleatorio y de ejecución sucesiva.
Consensual: Al igual que cualquier contrato, el contrato de sociedad tiene como elemento básico la existencia de consentimiento por parte de los socios. Las personas contratantes deben poseer capacidad plena así como capacidad de obrar en el momento de perfeccionarse el contrato. Además, tal perfección sólo se producirá cuando se otorgue el consentimiento.
En la celebración del contrato de sociedad, las partes contratantes deben prestar su consentimiento. Si falta consentimiento, no hay contrato. Se trata de una nulidad absoluta. Porque se forma mediante el consentimiento de las partes, manifestado sobre bases fundamentales.
Oneroso: porque cada uno de los socios arriesga el aporte que se obliga a dar o hacer a favor de la sociedad, orientado por la idea de utilidad que pretende obtener de dicho aporte.
Conmutativo: porque todos los socios saben en virtud del contrato, el monto del aporte que se obligan a efectuar.
Aleatorio: porque si bien es cierto que se sabe cuánto aporta y se arriesga, no se puede prever con exactitud el resultado
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