“La verdad os hará libres”
Enviado por Sebastian Morales Cuncanchun • 4 de Septiembre de 2016 • Documentos de Investigación • 2.043 Palabras (9 Páginas) • 265 Visitas
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“La verdad os hará libres”
Nombre de Trabajo:
Lex Mercatoria-Concepto-Origen-Fundamento y Ordenamiento jurídico
Presentado Por:
John Sebastián Morales Cuncanchun
Profesor:
Lucas Meneses Chaparro
Comercial General
Programa: Derecho
Aula 104
Bogotá D.C
2016
Tabla de Contenido
1. Introducción
2. Evaluación Histórica
2.1 Grecia
2.2 Edad Media
3. Derecho Internacional
4. Aplicación de Justicia
4.1 Del Sistema Estatal Privado
5. Referencias Bibliográficas
Introducción
La lex mercatoria se convirtió en una de las más importantes herramientas cuando el derecho civil no era suficiente para las demandas de comercio. Fue optimo durante la edad media para los comerciantes, con ellas eran capaces de regular sus relaciones mediante unas leyes y valores de principios.
Su parte administrativa se le conferían a tribunales mercantiles, cercanos a rutas y centros comerciales.
La única diferencia; es que el estado no poseía el poder no en este caso en particular, rara vez hacia su presencia en casos de alta gravedad o particularidad. Pero debido a no poseer un atención por parte de un organismo de control, ellos mismos deben cargar con sus propias responsabilidades.
Atribuyen su independencia ya que poseían procesos más rápidos y con una mayor eficacia en su realización de conflictos, para ahorrar dinero. Los jueces se elegían por sus registros de percepción de la experiencia sobre el comercio.
En estos aspectos los detallaremos con más profundización para su entendimiento hacia los estudiantes.
Evolución Histórica
Grecia
Por la especial situación geográfica de Atenas, el intercambio comercial provocó su excepcional desarrollo, tanto en lo económico, en lo social como en lo político. Ya se conocían los derechos que gravaban las mercancías y se les consideraban como medidas fiscales. También los extranjeros eran libres de ejercer el comercio en Atenas y el estado se abstenía, en principio, de injerirse en la formación de asociaciones y sociedades. Se unificaron los pesos y medidas y los procedimientos judiciales y aseguraban el curso del dinero mediante el concurso de banqueros, todo lo cual contribuye a acercar las ciudades y a formar una clase de mercaderes profesionales que adquieren mentalidad y costumbres cosmopolitas. (Cañizares, 1963, p.7)
Esto tiene con notable similitud al concepto de lex mercatoria de la época medieval, ya que muchas costumbres de esta civilización antiguas fueron acogidas por ellos como la hospitalidad, la medicina, y el derecho mercantil. Es bueno que hablemos del comercio que hubo en la parte terrenal pero es necesario saber las regulaciones de la parte marítima.
Había por así decirlo un tipo de “préstamo a la gruesa”, que te prestaban algo por una exportación sobre el mar, el subordinado tenía la obligación de llevar la cosa hasta el puerto, pero si se perdía, o por un naufragio, se le absolvía de esta responsabilidad de la deuda, esto se divide en avería común y grave se le conoce como lex rodhaia de jactu.
Fernando mora y José (1991, p.71)
Pero si en el caso del sometido se hiciera con la mercancía, o tuviera la intención de perder la cosa será juzgado con los tribunales de los mercaderes.
En la época de roma, esta estaba influenciada por la antigua Grecia, tomaron su escritura y su derecho griego adaptado al romano, pero “Los romanos fueron un pueblo labrador de la tierra, nacen al agro, para el agro” (Fernando Mora, 1991, p.71) .
Se aplico el ius civile, y era perfecto. En efecto aunque el ius civile no parezca desfavorable para el comercio, resulto ineficiente para las nuevas relaciones jurídicas, por el tráfico mercantil de la época, en el que intervino roma (Cano ,1997).
En roma se conocía el lex rodhaia de jactu. El autor Roberto Mantilla (1946) refiere que esta es aquella que da de reclamar al dueño un derecho mercantil el cumplimiento de obligaciones contraídas por la persona que se había encargado de de administrarla (institor) y, se refiere a la acción ejercitaría, como aquella que se daba contra el dueño de un buque, para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por su capitán.
Edad Media
En la edad media. Los diez siglos comprendidos entre el final del imperio Romano, con la deposición del emperador Rómulo Augustulo, por Odoacro en el 476, “hasta la caída de Constantinopla en poder Turco en 1453, estuvieron marcados por el feudalismo, base social, que se sustentaba en una relación de dependencia personal, denominada vasallaje, la cual surge entre las relaciones de subordinación entre un guerrero y un campesino débil, condiciones que se modificarían llevando a intricadas y complejas cadenas de vasallajes que abarcaban a todas las capas sociales, y se proyectaban a las descendencias. Aparte de esta figura el inicio de la edad media estuvo marcado por invasiones bárbaras, guerras y conflictos; y por supuesto por el dominio que ejercía la iglesia” (Brilla, 1998, P. 19).
Era la Iglesia quien llevaba las riendas de la economía, y hacia que el mayor valor terrenal fuera la tenencia de la tierra. Solo la tierra, creada por dios, era capaz de producir según los principios de la Iglesia en aquel tiempo; el afán de lucro estaba proscrito por la ley de dios, y por ende el comercio, que se consideraba desordenado y desmedido en sus alcances, además de no ser productivo.
El comercio resurgió a consecuencia de las cruzadas, que no solo se abrieron vías de comunicación con el Cercano Oriente, sino que provocaron un intercambio de los productos de los distintos países europeos. Este florecimiento del comercio ocurrió en condiciones políticas y jurídicas muy distintas a las que habían prevalecido en Roma.
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