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Legislacion Aduanera


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2011  •  1.909 Palabras (8 Páginas)  •  1.262 Visitas

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LEGISLACIÓN ADUANERA.

1.- ¿Cuál es el propósito de la ley Aduanera?

Regular la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen, el despacho aduanero y los hechos o actos que deriven de éste o de dicha entrada o salida de mercancías.

2.- ¿Qué diferencia hay entre Recinto Fiscal y Recinto Fiscalizado?

• Recinto Fiscal: lugar donde las autoridades de la aduana se dedican a custodiar, almacenar, cargar o descargar las mercancías del comercio exterior.

• Recinto Fiscalizado: consiste en examinar, una actividad para comprobar si cumple con las normativas vigentes en el sector privado.

3.- ¿Cuáles son los sujetos de la Ley Aduanera?

Propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, agentes aduanales o cualesquiera personas que tengan intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancías.

4.- ¿Qué se entiende por mercancías para efectos de la ley aduanera?

Los productos, artículos, efectos y cualesquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables o irreductibles a propiedad particular.

5.- ¿En qué fracción arancelaria se clasifica un ataúd que es introducido al país con un cadáver dentro?

Reglas complementarias:

9a. No se consideran como mercancías y en consecuencia, no se gravarán:

a) los ataúdes y las urnas que contengan cadáveres a sus restos.

6.- ¿En qué Caso está obligada una persona a declarar el dinero o valores que trae en ese momento cuando pretende ingresar o salir del país?

Toda persona que ingrese al territorio nacional o salga del mismo y lleve consigo cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, superiores al equivalente en la moneda o monedas de que se trate, a diez mil dólares de los Estados Unidos de América, estará obligada a declararla a las autoridades aduaneras, en las formas oficiales aprobadas por el Servicio de Administración Tributaria.

7.- ¿A qué requisitos debe sujetarse la entrada y salida de mercancías del territorio nacional con embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de sus equipajes?

Deberá efectuarse por lugar autorizado, en día y hora hábil. Quienes efectúen su transporte por cualquier medio, están obligados a presentar dichas mercancías ante las autoridades aduaneras junto con la documentación exigible.

8.- ¿Cuáles son los Conductos por los que pueden introducirse o extraerse mercancías al país?

Las mercancías podrán introducirse al territorio nacional o extraerse del mismo mediante el tráfico marítimo, terrestre, aéreo y fluvial, por otros medios de conducción y por la vía postal.

9.- ¿En qué casos causan abandono las mercancías que se encuentran en depósito ante la aduana?

I. Expresamente, cuando los interesados así lo manifiesten por escrito.

II. Tácitamente, cuando no sean retiradas dentro de los plazos que a continuación se indican:

a) Tres meses, tratándose de la exportación.

b) Tres días, tratándose de mercancías explosivas, inflamables, contaminantes, radiactivas o corrosivas, así como de mercancías perecederas o de fácil descomposición y de animales vivos.

Los plazos a que se refiere este inciso, serán de hasta 45 días, en aquellos casos en que se cuente con instalaciones para el mantenimiento y conservación de las mercancías que se trate.

c) Dos meses, en los demás casos.

10.- ¿Qué efectos tiene el abandono de mercancías?

Causaran abandono al favor del fisco.

11.- ¿Cuál es el plazo para considerar abandonado el equipo especial de las embarcaciones para facilitar las maniobras de carga y descarga de mercancías?

Causará abandono tres meses después del día siguiente a aquel en que dichas embarcaciones hayan salido del puerto.

12.- ¿Qué se entiende por despacho aduanero de mercancías?

Se entiende por despacho el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en el presente ordenamiento, deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los agentes o apoderados aduanales.

13.- ¿Cómo se llama el documento que están obligados a presentar quienes importen o exporten Mercancías?

Pedimento.

14.- Menciona dos documentos que deben acompañarse al que se refiere la pregunta anterior, tratándose de importación.

a) La factura comercial que reúna los requisitos y datos que mediante reglas establezca la Secretaría, cuando el valor en aduana de las mercancías se determine conforme al valor de transacción y el valor de dichas mercancías exceda de la cantidad que establezcan dichas reglas.

b) El conocimiento de embarque en tráfico marítimo o guía en tráfico aéreo.

15.- ¿En qué consiste la reexpedición de Mercancías?

La internación al resto del país de mercancías de procedencia extranjera importadas a la franja o región fronteriza.

16.- ¿A quienes se les considera representantes legales de los importadores y exportadores tratándose de notificaciones que deriven del despacho aduanero de mercancías?

Los agentes y apoderados aduanales serán representantes legales de los importadores y exportadores.

17.- ¿Cuál es la etapa siguiente a la elaboración del pedimento, pago de contribuciones y en su caso de las cuotas compensatorias?

Activar el mecanismo de selección automatizado que determinará si debe practicarse el reconocimiento aduanero.

18.- ¿Cuál es el propósito de la activación del mecanismo de selección automatizado?

Determinar si debe practicarse el reconocimiento aduanero.

19.- ¿En qué Consiste el reconocimiento aduanero de mercancías?

En presentar las mercancías en el recinto fiscal.

20.- ¿Cuale es la etapa siguiente al reconocimiento aduanero de mercancías?

Reactivar el mecanismo de selección automatizado.

En las aduanas que señale la Secretaría mediante reglas, tomando en cuenta su volumen de operaciones y cuando su infraestructura lo permita, independientemente del resultado que hubiera determinado el mecanismo de selección automatizado en la primera ocasión, el interesado deberá activarlo por segunda ocasión a efecto de determinar si las mercancías estarán sujetas a reconocimiento aduanero por parte de los dictaminadores

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