Legislacion Aduanera
Enviado por deyvil • 5 de Julio de 2013 • 1.211 Palabras (5 Páginas) • 429 Visitas
BRASIL
Impuesto sobre el Valor Añadido
4.1. Denominación
Impuesto sobre Circulación de Mercancías y sobre Servicios de Transporte Intersestadual e Intermunicipal y de Comunicación (ICMS)
4.2. Regulación. La Constitución atribuye potestad legislativa a la Unión (federal) para crear una ley general sobre el ICMS, a través de Ley Complementaria (Ley Complementaria 87/1996, de 13 de septiembre)A partir de esa ley general, cada Estado (nivel regional) instituye el tributo por ley ordinaria.
4.3. Ámbito de aplicación
Estadual (regional, autonómico)
4.4. Naturaleza
Impuesto indirecto que recae sobre el valor agregado.
4.5. Hecho imponible
a) Operaciones relativas a la circulación de mercancías, incluido el suministro de alimentos, bebidas en los bares, restaurantes y establecimientos similares
b) Prestaciones de servicios de transporte interestadual (a nivel regional) e intermunicipal por cualquier vía, de personas, bienes, mercancías o valores.
c) Prestaciones onerosas de servicios de comunicación, por cualquier medio, incluido la generación, emisión, recepción, transmisión, retransmisión, repetición y ampliación de comunicación de cualquier naturaleza.
d) Suministros de mercancías con prestaciones de servicio que no sean de competencia tributaria local
e) Suministro de mercancías con prestaciones de servicios sujetos al Impuesto de Servicios (ISS)26, cuando la ley federal del IVA lo establezca de manera expresa.
f) La entrada de mercancías o bienes importados del exterior, por personas físicas o jurídicas, aunque no sea contribuyente habitual del impuesto, cualquiera que sea su finalidad.
g) El servicio prestado en el exterior o cuya prestación se haya iniciado en el exterior
h) La entrada, en el territorio del Estado destinatario, de petróleo, inclusive lubricantes y combustibles líquidos y gaseosos derivados del mismo, y de energía eléctrica, cuando su destino no sea la comercialización o industrialización, derivados de operaciones interestaduales(interregionales), adecuado el impuesto al Estado donde esté localizado el adquirente.
4.6. Devengo
a) La salida de mercaderías del establecimiento del contribuyente, aunque se dirijan a otro establecimiento del mismo titular.
b) El suministro de alimentación, bebidas y otras mercaderías por cualquier establecimiento;
c) La transmisión a terceros de mercaderías, depositada en un almacén general o en depósito cerrado, en el Estado del transmisor;
d) La transmisión de la propiedad de mercaderías, o titulo que la represente, cuando la mercadería no haya transitado por el establecimiento del transmisor;
e) El inicio de la prestación de servicios de transporte ínter estadual e intermunicipal, de cualquier naturaleza;
f) El acto final del transporte empezado en el extranjero;
g) Las prestaciones onerosas de servicios de comunicación hecha por cualquier medio, incluyendo la generación, la emisión, la recepción, la transmisión, la repetición y la ampliación de la comunicación por cualquier naturaleza;
h) El suministro de mercaderías con prestación de servicio que no sean de competencia tributaria local, o siéndolo cuando la ley federal del IVA lo establezca expresamente.
i) El despacho aduanero de las mercaderías o bienes importadas del extranjero;
j) La recepción, por el destinatario, del servicio prestado en el exterior.
k) La adquisición en subastas de mercaderías o bienes importadas del extranjero y aprehendidos o abandonados;
l) La entrada, en territorio de un Estado, de lubricantes y combustibles líquidos y gaseosos derivados de petróleo y energía eléctrica, de otro Estado, cuando no sean destinados a la comercialización o industrialización.
4.7. Sujetos pasivos
Toda persona natural o jurídica, que realice, habitualmente o su volumen indique, actividad comercial, operaciones de circulación de mercaderías o prestaciones de servicios de transporte inter estadual o intermunicipal y de comunicación, aunque las operaciones y las prestaciones se inicien en el extranjero.
Será también sujeto pasivo del impuesto, toda persona física o jurídica sin realizar habitualmente actividad comercial:
- Importe mercaderías o bienes del exterior, cualquiera que sea su finalidad.
- Sea destinatario de servicios prestados en el exterior o cuya prestación
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