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Ley De Impuestos


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2014  •  2.111 Palabras (9 Páginas)  •  255 Visitas

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ANÁLISIS DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE LOS CONTRIBUYENTES

Son los deberes y obligaciones que deben cumplir los contribuyentes ya sean personas físicas o morales ante el Servicio de Administración Tributaria. Los contribuyentes tienen derecho a ser atendidos con respeto, teniendo una buena información y asistidos por el servicio, cumplir con sus obligaciones y mediante esto reciban en forma completa y oportuna las devoluciones previstas en las leyes tributarias.

El servicio de administración tributaria se encarga de dar la información necesaria al contribuyente desde el inicio de su fiscalización certificada. El contribuyente puede presentar sus antecedentes fiscales al SAT para que estos lo incorporen al procedimiento que se trate. Los contribuyentes deberán de asistir a sus declaraciones.

El SAT se encarga aparte de brindarle el servicio, a vigilar el cumplimiento, funcionamiento de los contribuyentes ya sean de personas físicas o morales.

INFRACCIONES Y DELITOS FISCALES

La infracción; es el género de ilícito (pena económica).

El delito; es una especie de ese género (pena corporal).

INFRACCIONES Código Fiscal de la Federación

• obligación con el pago del contribuyente, declaraciones, solicitudes, constancias, avisos, informes. (art 81)

• relacionadas con la contabilidad (art. 83)

• relacionadas con la facultad comprobatoria del fisco (art. 85)

• las de funcionarios o empleados públicos (art. 87)

• relacionados con el registro federal de contribuyentes (art. 79)

DELITOS Código Fiscal de la Federación.

• Encubrimiento (art 96)

• Tentativa (art 98)

• Contrabando (art 102)

• Defraudación fiscal (art 108)

• Cometidos por servidores públicos con motivo de visitas domiciliarias, embargos, revisión de mercancías ilegalmente (art 114)

• Robo o destrucción de mercancías en recintos fiscales (art. 115)

• Operaciones con dinero obtenido por actividades ilícitas (art. 115)

Los delitos y las infracciones son calificados cuando en su ejecución han existido agravantes, atenuantes, excluyentes.

Los agravantes: es la circunstancia que aumenta la punibilidad de los delitos o de la infracción.

Los atenuantes: es la circunstancia que disminuye tal punibilidad

Los excluyentes: es la que la elimina

INFRACCIONES

Articulo 85

Son infracciones relacionadas con el ejercicio de la facultad de comprobación las siguientes:

1.- oponerse a que se practique la visita en el domicilio fiscal NO suministrar los datos e informes que legalmente exijan las autoridades fiscales; ni proporcionar la contabilidad o parte de ella, el contenido de las cajas de valores y en general, los elementos que se requieran para comprobar el cumplimiento de obligaciones propias o de terceros.

2.- no conservar la contabilidad o parte de ella, asi como la correspondencia que los visitadores les dejen en depósito.

Articulo 86

A quien cometa las infracciones relacionadas con el ejercicio de las facultades de comprobación a que se refiere el articulo 85, se impondrán las siguientes multas:

1.- De $9,661.00 a $28,982.00, a la comprendida en la fracción I.

2.-De $843.00 a $34,880.00, a la establecida en la fracción II.

.3. De $1,832.00 a $45,808.00, a la establecida en la fracción III.

Articulo 88

Se sancionara con una multa de $73,830.00 a $98,440.00, a quien cometa las infracciones a las disposiciones fiscales.

Articulo 89

Son infracciones cuya responsabilidad recae sobre terceros, las siguientes:

1.- asesorar, aconsejar o prestar servicios pera omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución en contravención a las disposiciones fiscales.

2.- colaborar en la alteración o la inscripción de cuentas, asientos o datos falsos en la contabilidad o en los documentos que se expidan.

Artículo 90.

Se sancionara con una multa de $35,000.00 a $55,00.00, a quien cometa las infracciones fiscales a que se refiere el artículo 89.

DELITOS FISCALES

Articulo 97

Si un funcionario o empleado público comete o en cualquier forma participa en la comisión de un delito fiscal, la pena aplicable por el delito que resulte se aumentara de tres a seis años de prisión.

Articulo 105

Será sancionado con las mismas penas del contrabando, quien:

1.- enajene, comercie, adquiera o tenga en su poder por cualquier titulo mercancía extranjera que no sea para su uso personal, si la documentación que compruebe su legal estancia en el país en el país, o sin el permiso previo de la autoridad federal competente.

Articulo 106

Para los efectos del articulo anterior:

1.- son mercancías de uso personal:

a) alimentos, y bebidas para su consumo, ropa y otros objetos personales, excepto joyas.

b) cosméticos, productos sanitarios y de aseo.

c) artículos domésticos para su casa habitación.

Cuando los delitos a que se refiere este articulo sean calificados, la sanción correspondiente se aumentara de tres meses a tres años de prisión. Si la calificativa constituye otro delito, se aplicaran las reglas de la acomulacion.

Articulo 108

Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Entre los contribuyentes mexicanos son conocidas, por lo menos, por la alusión a que constantemente se hace de ellas, la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley Aduanera, etcétera; pero muy poco la del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Y no es que la mencionada Ley no afecte la economía de muchos, sino que el gravamen que la misma establece poco se considera, por tratarse de un impuesto trasladable, de los que en el comercio se llaman ocultos, porque no suele desglosarse en el costo, sino que para la mayor parte de la gente, ya forma parte del precio.

(IEPS), es un gravamen que se aplica al pago por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabacos y a partir de 2014, también a alimentos y bebidas con alta densidad calórica como refrescos y golosinas y a los insecticidas.

Al igual que el IVA, el IEPS es un impuesto indirecto, es decir que los contribuyentes del tributo no son quienes lo pagan, sino que lo trasladan o cobran a sus clientes, que terminan siendo el sujeto de la obligación tributaria. Los pagos

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