Ley del IVA Prestación de servicios
Enviado por GerardoMontes93 • 28 de Febrero de 2016 • Documentos de Investigación • 3.681 Palabras (15 Páginas) • 357 Visitas
Caso 1:
Determinación para saber si la operación en la que una persona residente en México enajena un bien ubicado en el extranjero, está gravada por la LIVA y por ende se deba a pagar el impuesto.
- Característica del bien enajenado (Tangible)
- País en el que se encuentra el bien a efectuar su envío al adquiriente. (Chile)
- Se cobraron efectivamente las contraprestaciones pactadas. (Sí)
Respuesta: No; ya que los bienes se encuentran fuera del territorio nacional, existe su debida enajenación, para efectos de la Ley del IVA no están gravados Artículo 9 de la Ley del IVA, dónde indica que no se pagará el impuesto Fracción IX.
Caso 2:
Determinación para saber si la operación en la que se enajena un bien ubicado en el extranjero a un establecimiento situado en México cuya intención es introducirlo a territorio nacional, está gravada la LIVA y por ende se deba pagar el impuesto
- Característica del bien enajenado. (Tangible)
- País en el que se encuentra el bien al efectuar su envío al adquiriente. (Colombia)
- Se cobraron efectivamente las contraprestaciones pactadas. (Sí)
Respuesta: No; ya que los bienes se encuentran fuera del territorio nacional, existe su debida enajenación, para efectos de la Ley del IVA no están gravados Artículo 9 de la Ley del IVA, dónde indica que no se pagará el impuesto Fracción IX.
Caso 3:
Determinación para saber si la operación en la que se enajena un bien ubicado en el extranjero a un establecimiento situado en México cuya intención es introducirlo a territorio nacional, está gravada la LIVA y por ende se deba pagar el impuesto
- Características del bien enajenado. (Tangible)
- País en el que se realiza la entrega del material del bien. (Holanda)
- Se requiere envío para que el enajenante entregue el bien al adquiriente. (No)
- Se efectuó ya la entrega material del bien. (Sí)
- Se cobraron efectivamente las contraprestaciones pactadas. (Sí)
Respuesta: Sí, Ya que este caso se fundamenta en el Artículo 10 de la Ley del IVA, enajenaciones en el territorio nacional y en el extranjero.
Caso 4:
Determinación para saber si la operación en la que se enajena un bien ubicado en el extranjero a un establecimiento situado en México cuya intención es introducirlo a territorio nacional, está gravada la LIVA y por ende se deba pagar el impuesto
- Características del bien enajenado. (Tangible)
- País en el que se realiza la entrega del material del bien. (México)
- Se requiere envío para que el enajenante entregue el bien al adquiriente. (No)
- Se efectuó ya la entrega material del bien. (Sí)
- Se cobraron efectivamente las contraprestaciones pactadas. (No)
Respuesta: No, porque no se cobraron la contraprestaciones pactadas y efectivamente hubo traslación del impuesto Art. 8,10, 11 de Ley del IVA.
Caso 5:
Determinación para saber si la operación en la que se enajena un bien ubicado en el extranjero a un establecimiento situado en México cuya intención es introducirlo a territorio nacional, está gravada la LIVA y por ende se deba pagar el impuesto
- Características del bien enajenado. (Tangible)
- País en el que se realiza la entrega del material del bien. (México)
- Se cobraron efectivamente las contraprestaciones pactadas. (No)
Respuesta: No hay enajenación porque no se cobraron efectivamente las contraprestaciones pactadas, por lo tanto no se traslada el impuesto. Art. 8 y 11 de la Ley del IVA.
Caso 6:
Determinación para saber si la operación en la que se enajena un bien ubicado en el extranjero a un establecimiento situado en México cuya intención es introducirlo a territorio nacional, está gravada la LIVA y por ende se deba pagar el impuesto
- Características del bien enajenado. (Tangible)
- País en el que se realiza la entrega del material del bien. (México)
- Se cobraron efectivamente las contraprestaciones pactadas. (Sí)
Respuesta. Sí porque hay enajenación de bienes, se hace en el territorio nacional y se cobraron efectivamente las contraprestaciones pactadas. Art. 11 de la Ley del IVA
Caso 7:
Determinación de la base sobre la que se calculará el IVA causado en la enajenación de bienes.
- Precio o contraprestación pactado en el bien 4,500.-
- Intereses 445.-
- Penas convencionales 82.-
- Fletes 220.-
- Impuesto al Valor Agregado 840.-
Respuesta: Sí, en este caso la base sería de 5,250.- Se fundamenta en el Art. 12 de la Ley del IVA, se considerará como valor el precio o la contraprestación pactados, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquiriente.
Caso 8:
Determinación de la base sobre la que se calculará el IVA por la enajenación de un camión usado, adquiriendo de una persona física que no traslada el IVA en forma expresa y por separado.
- Precio o contraprestación pactado en el bien 99,000.-
- Intereses 5,520.-
- Fletes 2,232.-
- Equipo adicional 11,250.-
- Costo de la adquisición del vehículo 77,000.-
Respuesta: No, se grava impuesto debido a que no traslada el IVA de forma expresa y por separado.
Caso 9:
Determinación de la base sobre la que se calculará el IVA por la enajenación de un automóvil usado, adquiriendo de una persona física que no traslada el IVA en forma expresa y por separado, cuando previo a su enajenación se realizaron reparaciones, mejoras al vehículo.
- Precio o contraprestación pactado en el bien 45,000.-
- Intereses 2,945.-
- Fletes 1,735.-
- Equipo adicional 3,500.-
- Costo de adquisición del vehículo 19,000.-
- Reparaciones 2,950.-
- Mejoras 5,700.-
Respuesta: La base en este caso sería de 195,002 pero este camión usado es una enajenación exenta de acuerdo al Art. 8 Fracción IV por lo tanto no se paga el IVA.
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